domingo, 29 de marzo de 2009

RECHAZAR LA EVALUACION PARA LA INCORPORACION A LA LEY N' 29062 DE CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL


¿QUÉ HACER ANTE EL LLAMADO A LA INCORPORACION A LA NUEVA LEY Nº 29062 DE CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL?


Los maestros que tienen acciones de amparo presentadas, no pueden ni deben asistir por estar protegidos por la Ley, los colegas que aun no lo han hecho, pueden hacerlo si desean estar amparados legalmente, y los que dudan, simplemente no deben de presentarse al examen de incorporación.


¿QUÉ SUCEDERA CON QUIENES ASISTAN AL EXAMEN DE INCORPORACIÓN?


El solo hecho de asistir a dar examen, apruebe o desapruebe, admite automáticamente su incorporación a la nueva ley de carrera pública magisterial. No hay reconsideración.


¿QUÉ SIGNIFICA ESTAR EN LA NUEVA LEY Nº 29062 DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL?


Es haber perdido para siempre tu estabilidad laboral y otros derechos que garantiza actualmente la Ley del Profesorado Nº 24029.


¿ES CIERTO QUE CON LOS ASCENSOS ESTABLECIDOS EN LA NUEVA LEY Nº 29062, HABRÁ AUMENTOS DE SUELDOS EN LA PROPORCIÓN ANUNCIADA POR EL GOBIERNO?


No. El aumento anunciado es un caramelo dirigido a engañar incautos. Si con los ascensos establecidos en la Ley del Profesorado Nº 24029, nunca han cumplido, ¿Por qué tendríamos que creer ahora, en un simple ofrecimiento?, tanto mejor si conocemos lo mentiroso que es, este régimen.


¿CUÁL ES EL RIESGO DE QUIENES NO PRESENTARON SUS ACCIONES DE AMPARO, ANTE EL LLAMADO DE LA INCORPORACIÓN A LA NUEVA LEY?


En la hipótesis que no se presenten al primer examen de incorporación, le consideran desaprobado, quedándole sólo una oportunidad, para mantenerse estable, una inasistencia más habría quedado fuera de la carrera magisterial. Una acción de amparo, en tanto no se resuelva, te protege cuantas veces la convoquen.

CONARE SUTEP, ÚNICA ESPERANZA DEL MAGISTERIO NACIONAL.


La estrategia de la lucha legal, tanto de la demanda de inconstitucionalidad como la acción de amparo, es de exclusividad del CONARE SUTEP. El estado está jaqueado, no sabe como engañar al magisterio. Los del CNE (Consejo Nacional de Educación), aconsejan al gobierno que se apuren con la implementación de la NLCPM (Nueva Ley Nº 29062 de Carrera Pública Magisterial) y los sirvientes del CEN (Comité Ejecutivo Nacional) del SUTEP, siguen con la cháchara de la modificatoria de la ley, a través de la llamada reconversión laboral.


¡¡¡JUNTOS RECHACEMOS EL EXAMEN DE INCORPORACIÓN A LA NLCPM!!!¡¡¡RECHACEMOS LA MUNICIPALIZACIÓN = PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN!!!¡¡¡PREPAREMONOS PARA INICIAR LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA!!!


Marzo del 2009

Manifiesto del CONARE SUTE LIMA METROPOLITANA


SABADO 25 DE ABRIL DEL 2009

JURAMENTACION DEL COMITE REGIONAL METROPOLITANO DEL CONARE SUTE LIMA

Maestros ganarán hasta 4,066 soles

http://www.larepublica.pe/files/image/2009/marzo/info/29/RESO290309_24GR.jpg
Con Ley de Carrera Pública Magisterial del Ministerio de Educación. Nuevo régimen premiará la capacidad profesional de los docentes con salarios establecidos en cinco niveles magisteriales.Milagros Laura S.Una educación de calidad para nuestros niños, con maestros más preparados cada día.


Esa es la finalidad de la Carrera Pública Magisterial que ofrece a los maestros asignaciones de hasta 4 mil 66 soles, según el mérito de su capacidad intelectual y su desempeño. La escala de remuneraciones de esta ley varía según el nivel magisterial que integren los docentes.La Ley de Carrera Pública Magisterial busca integrar a los 20 mil mejores docentes con título pedagógico.


El ingreso, permanencia y ascenso se desarrollarán a través de procesos de evaluación que comprenden: estudios de especialización o de postgrado según corresponda, calidad de desempeño, así como criterios de reconocimiento de méritos y experiencias.


La Carrera Pública Magisterial está estructurada en cinco niveles, El quinto es el que integra a los maestros de más alto nivel, los que poseen estudios con grado de maestría y doctorado, con amplia experiencia, dominio de idiomas y uso de equipos tecnológicos para la educación, ellos pueden percibir hasta 4 mil 66 soles si realizan jornadas de 40 horas semanales. La asignación más baja, según la escala de remuneraciones del CPM (Carrera Pública Magisterial), es de 2 mil 73 soles, por 40 horas, implicando también a los profesores recién egresados, que demuestren a través de la evaluación un alto grado de preparación.


La diferencia entre lo que percibe un maestro del quinto nivel es casi 2 mil soles más de lo que gana el profesor del primer nivel. En la antigua Ley del Profesorado la diferencia de ambos niveles es de 150 soles (de 1,285 a 1,369 soles).


Igualmente los docentes del segundo nivel perciben entre 1,088 y 1,301 soles, pero en esta nueva Ley el promedio es de 1,423 a 2,372 soles y la asignación más alta para los docentes del tercer nivel es 2 mil 671 soles, mientras que el cuarto nivel alcanza los 3,070 soles, según la jornada laboral.


La CPM reconoce tres áreas de desempeño laboral: 1) Gestión Pedagógica, que comprende a los profesores que ejercen funciones de enseñanza en el aula, 2) Institucional, los profesores en ejercicio de dirección y subdirección, y 3) Investigación: profesores que realizan funciones de diseño y evaluación de proyectos de innovación, investigación educativa, experimentación de proyectos pedagógicos, científicos y tecnológicos.


Esta nueva ley establece un mecanismo de reconocimiento al esfuerzo de los docentes para una elevación de sueldos en función de sus méritos académicos.Chang: La nota mínima es 14


El ministro de Educación, José Chang, dijo que la Prueba Nacional Calificatoria evaluará habilidades comunicativas, lógico-matemáticas, conocimientos pedagógicos generales y específicos de forma, modalidad, nivel o ciclo.


La nota mínima de clasificación es 14. Aseguró que todo está financiado y que la semana que viene se dará a conocer la convocatoria para incorporar a los 20 mil maestros. Podrán postular los profesores de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa, Educación Básica Especial, Educación Técnico-Productiva, de UGEL y DREL.

jueves, 19 de marzo de 2009

lunes, 16 de marzo de 2009

EXITOSA I CONVENCION DEL CONARE SUTE LIMA METROPOLITANA








El evento programado desde las ocho de la mañana hasta las tres de la tarde, duro hasta las 6 de las tarde agotandose solamente los tres primeros puntos de cinco que tiene la agenda postergandose para el proximo sabado 21 de marzo a las 9.00 am en el local de la ex cooperativa sta elisa. debido a que el local estuvo alquilado a otra institucion. contando con la convocatoria esperada, mas de diez sectores de lima presentes, terminando con un pequeño acto cultural culminando de manera exitosa esta I CONVENCION ORDINARIA DEL CONARE SUTE LIMA METROPOLITANA
la agenda: es:
1. Informes
2. situacion nacional e Internacional
3. situacion magisterial
4. situacion organica del conare sute lima metropolitana
5. tareas.

¡¡¡VIVA LA DEFENSA DE LOS INTERESES DEL MAGISTERIO NACIONAL!!!
¡¡¡RECHAZAR LA EVALUACION PARA LA INCORPORACION DE LA LEY DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL!!!
¡¡¡RECHAZAR LA MUNICIPALIZACION DE LA EDUACION = PRIVATIZACION!!!
¡¡¡VIVA EL CONARE SUTEP!!!
¡¡¡POR ELECCIONES UNIVERSALES DIRECTAS Y SECRETAS EN EL SUTE REGIONAL LIMA METROPOLITANA!!!
UN MAESTRO UN VOTO
¡¡¡ INICIAR LA HUELGA NACIONAL 2009!!!




viernes, 13 de marzo de 2009

MUNICIPALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA

La municipalización de la Educación pública es el proceso donde el estado a través de los gobiernos de turno va renunciando a su responsabilidad en cumplir con el derecho del pueblo a una Educación pública y gratuita y transfiriendo la administración a los gobiernos locales o municipales.

Para asegurarse este proceso ---------------------------------- EL PLAN PILOTO DE LA GESTIÓN
Implementa ----------------------------------- EDUCATIVA


Este proceso de transferencia de la administración tiene como objetivo profundizar la aplicación de la política neoliberal en el sector educación apuntando en el aspectos político (en toma de decisiones) económico (gasto y financiamiento), social (elitización de la educación) finalmente en lo cultural (enseñanza de conocimientos de corte neoliberal)


En el Perú se ha dado un conjunto de reformas educativas que han sido un fracaso como esta última reforma educativa neoliberal que estamos viviendo.

ANTECEDENTES LEGALES E HISTORICOS DE MUNICIPALIZACIÓN

1) Art. 255 const. 1979 Las municipalidades tienen a su cargo, cooperar con la educación primaria y vigilancia de su normal funcionamiento. Lo mismo establece en el art. 24 y 30.

2) algunas personas sin información dicen que la municipalización educativa es una experiencia nueva y esto no es correcto:
-1823 a 1850 el estado abandona la enseñanza entregándolo a los municipios por casi tres décadas, donde tuvo consecuencias contra el pueblo es decir se elitiso es decir la educación fue un privilegio para las clases mas pudientes, y por las lucha constantes del pueblo paso nuevamente a manos del estado.
- En 1990 en el gobierno de Fujimori también dio marco legal para municipalizar la educación con los famoso DL. 26011, 26012, 26013 donde se creaba los CEGECOM (centro de gestión comunal) lo mismo que es hoy el CEM (consejo educativo municipal) que fueron rechazados con grandes luchas por el magisterio nacional.

MUNICIPALIZACIÓN CON EL GOBIERNO DE ALAN GARCÍA
García continuando con la aplicación de la política neoliberal en educación impone hoy la municipalización con sus famoso plan piloto de municipalización teniendo el marco legal.

Constitución de 1993 neoliberal: -Art.16 - Del sistema y régimen educativo descentralizado
-Art.194- Autonomía, política económica y administrativas

Ley Orgánica de municipalidades: -ART.82.- Impulsar el órgano participativo local en Educación
-promover el desarrollo humano sostenible
-diseñar ejecutar y evaluar el proyecto educativo
-promover la diversificación curricular
-monitorear la gestión pedagógica y administrativa de las instituciones
-construir, equipar y mantener la infraestructura
Ley de educación 28044 -
D.S. nº 078-2006 autorizan la participación de las municipalidades a llevar acabo el plan piloto de municipalización
De la gestión educativa de niveles educativos de inicial y primaria.

EXPERIENCIAS DE MUNICIPALIZACIÓN EN AMERICA DEL SUR

Sin ir muy lejos en chile se ha municipalizado la educación donde se tiene consecuencias contra el derecho del pueblo a la educación pública y gratuita:
-privatización de las escuelas parvularias escuela básica y liceos
-drástica reducción del presupuesto nacional
-aumento de las desigualdades sociales
-perdida de la dignidad profesional del profesorado
-Desarrollo y fomento de antivalores
-Desaparición de os programas y proyectos de investigación experimentación educacional
-las leyes de traspaso del sector fiscal a los municipios se formulo en su etapa transitoria, posteriormente se entrego a sostenedores particulares.
-Destrucción del aparato fiscal del ministerio de educación
-Privatización del sistema de educación superior universitaria y no universitaria
Hoy en chile hay escuelas municipalizadas, escuelas privadas subvencionadas y escuelas privadas, esta desigualdad genero en Chile una gran protesta de más de un millón de personas conocido como la marcha de los pingüinos pedían la derogatoria de la LOCE ( ley orgánica constitucional de educación) en Chile, idéntica a la ley en nuestro país la ley de educación 28044 siendo estas protestas hoy en México, Argentina , Paraguay y otros

Finalmente teniendo este análisis en nuestro país el magisterio hoy enfrenta con luchas la aplicación del plan piloto, en los sectores, distritos y distritos de provincias del interior del país por la defensa a la educación pública y gratuita que es derecho inalienable de nuestro pueblo.

BREVE COMPARACIÓN DE HECHOS ANÁLOGOS DEL CAMINO BUROCRÁTICO DEL NEOLIBERALISMO EN EDUCACIÓN, TANTO EN CHILE COMO EN EL PERÚ, COMO RECETA DE LAS AGENCIAS DEL IMPERIALISMO CHILE Y PERU EN EDUCACIÓN CHILE: 1. Esta la Ley Orgánica Constitucional de Educación (LOCE) 2. Hay Unidades de Subvención Escolar USE 3. Hay Administración delegada (o sea, los municipios delegan a señores de “confianza la dirección y conducción de centros educativos. 4. Hay 5 millones de de pobres extremos 5. Piden volver a la escuela pública, lo prueban las luchas estudiantiles 6. Las editoriales educativas lo controla el OPUS DEI 7. La evaluación a profesores es punitiva, no es formativa 8. Existe el Consejo Superior de la Educación 9. Se aplica la ley del mercado, la famosa “Ley de Flexibilización laboral”, bajo esto ya no hay nombramientos ni estabilidad laboral. 10. La Educación ya no es un derecho sino un servicio. 11. La reforma no lo hicieron los maestros. 12. El Ministerio de Educación ya no tiene establecimientos educativos, por ejemplo existe la SOFOSA,. SNA PERU:

1. La Nueva Ley de Educación 28044


2. Se implementan la Unidades de Costeo


3. Lo que son los cargos de confianza. Así mismo, los municipios designarán cargos de confianza y de dirección donde están con encargatura. De esta manera se genera el clientelaje político.


4. Hay 14 millones de pobres y 6 millones de extremos pobres.,


5. El pueblo y los maestros democráticos, progresistas, clasistas agrupados en el CONARE – SUTEP como frente único. Hoy lucha por defender la educación pública y gratuita.


6. El OPUS DEI juega su papel, por ejemplo en nombramientos, reasignaciones y contratos.


7. Se pretende imponer esta evaluación a través de la comisión nacional de evaluación, buscando el despido…


8. Con las mismas funciones y características existe el Consejo Nacional de la Educación del cual es parte Barrera Bazan, representando a los que usurpadores del CEN del SUTEP y otros traidores


9. La Ley inconstitucional de Carrera Pública Magisterial. 29062 donde el magisterio vía evaluaciones políticas y punitivas pierde el derecho al trabajo es decir su estabilidad laboral.


10. Lo mismo establece la ley 28044 (ART.-04)


11. Tampoco en el Perú se nos consultó.


12. El Ministerio de Educación con mil argucias quiere transferir las Instituciones Educativas a los Municipios, luego al sector privado, vemos como las oficinas se encuentran descentralizadas (por ejemplo al lado del museo de la nación hay una oficina) porque el terreno de San Borja se vendió.

ETAPAS DE LA MUNICIPALIZACIÓN EDUCATIVA :

1.- ETAPA DE INICIACIÓN: Elección de municipalidades de acuerdo a la ubicación geográfica, recursos financieros etc. 2007 - 2008

2.- ETAPA DE EXPANCIÓN: Aumento de municipalidades en la gestión educativa 2009-2010

3.-ETAPA DE GENERALIZACIÓN: Ampliación de todas los distritos y provincias del país el año
2011- 2015

ORGANIZACIÓN DE LA MUNICPALIZACIÓN

DIRECCIÓN: El alcalde distrital será la autoridad que aprobara los planes y el presupuesto para el funcionamiento de las escuelas públicas que han sido discutidas y decididas en la asamblea del CEM

CONSEJO EDUCATIVO MUNICIPAL- (CEM).
Lo preside el alcalde y es integrado por representantes de todos los CONEI de las IIEE

SECRETARÍA TÉCNICA: El CEM cuenta con una secretaría técnica, que se encarga de implementar todos los acuerdos.
FUNCIONES DE LA MUNICIPALIZACIÓN:
-Adecuar las políticas nacionales y regionales
-aplicar la normatividad vigente de la educación
-impulsar la cultura de la evaluación
-establecer alianzas con instituciones públicas y privadas nacionales y extranjeras para la capacitación docente
Y buscar financiamiento.
-evaluar conjuntamente con el CONEI al personal docente y administrativo para su ingreso, ascenso y permanencia en el servicio
-ejecutar la contratación del personal docente y administrativo
-conducir la diversificación curricular
-controlar la asistencia del personal de la II.EE. el cumplimiento de las horas efectivas y el avance del desarrollo curricular.
-autorizar pagos y descuentos de las planillas de docentes y administrativos
-conducir el proceso de selección de directores de las II.EE.

PRIVATIZACIÓN DE LAS ESCUELAS:
Tenemos la experiencia de Chile, por su similitud, este proceso de municipalización por la problemática
de los gobiernos locales fracasaran por no contar con presupuesto económico, entonces buscaran el apoyo de la empresas privadas a través de las adopciones
ADOPTA UNA ESCUELA: R.M. 0351-2006: El MED, las DRE y las UGEL, brindará las facilidades para asegurar un procedimiento ágil y dinámico que permita a las empresas, organizaciones, y personas naturales
La adopción de una escuela con el menor numero de trabas de orden administrativo.




RECHAZAR LA MUNICIPALIZACION DE LA EDUACION=PRIVATIZACION


NO A LA EVALUACION DE INCORPORACION A LA LEY 29062 CPM


INTENSIFICAR LA PRESENTACION DE LAS ACCIONES DE AMPARO


INICIAR LA HUELGA NACIONAL 2009