sábado, 21 de agosto de 2010

ASI SE ENRIQUECEN LOS DIRIGENTES NACIONALES DEL CEN DEL SUTEP‏ - FRAGMA


GRAN FORTUNA ECONOMICA RODEA A CARIDAD MONTES. (Que dicha tan grande, no?)

ALGUNAS PREGUNTAS QUE TODO MAESTRO DEBE INTERROGAR AL TRAIDOR CEN SUTEP - PATRIA ROJA –FRAGMA - MNI

1.- ¿COMO HACE DOÑA CARIDAD MONTES PARA ADQUIRIR UN PREDIO VALORIZADO EN $ 187,038.90 INSCRITO EN EL REGISTRO DE PREDIOS DE TACNA, PARTIDA Nº 11008834 ?.

2.- ¿ SERIA GENEROSA LA EX SECRETARIA GRAL DEL CEN SUTEP DE DECIRNOS QUE FORMULA MAGICA UTILIZO PARA ENGRANDECER SU FORTUNA PATRIMONIAL ?

3.- ¿ PODRIA DECIRNOS CUANDO SE LE APARECIO LA VIRGENCITA QUE TERMINO PREMIANDOLA TERRENALMENTE MIENTRAS LOS MAESTROS Y MAESTRAS DEL PERU SON POSTERGADOS ECONOMICAMENTE Y VITUPERADOS SOCIALMENTE POR EL REGIMEN MAS CORRUPTO DEL PERU ENCABEZADO POR GARCIA PEREZ ?

4.- ¿ TENDRA ALGO QUE VER LA DERRAMA MAGISTERIAL (BANCO DE PATRIA ROJA-FRAGMA) EN LA CONSECUCION DE TAN ANHELADO SUEÑO TERRENAL ?

5.- ¿PORQUE EL SILENCIO ESTRUENDOSO DE LOS USURPADORES DEL CEN SUTEP FRENTE A ESTE HECHO ? ¿ALGUIEN PODRIA DECIR QUE SE SACO LA TINKA Y QUE LA FORTUNA PATRIMONIAL DEL CAE CIELO ?

6.- ¿ Y LA MILITANCIA DE PATRIA ROJA ? LOS POBRECITOS QUE DE DIA Y DE NOCHE HACEN PEGATINAS EN LOS COLEGIOS DONDE PARALELIZAN SUS "DIRIGENTES", ¿QUE SILENCIO ES EL QUE ESCONDEN ?

7.- ¿TIENE QUE VER ESTE SONORO SILENCIO CON SUS "SALARIOS" EN LOS CENTROS DE RECREACION DE LA DERRAMA MAGISTERIAL (HUAYCHULO) Y OTROS DONDE HAN SIDO EMPLEADOS LOS PARTIDARIOS DE PATRIA ROJA-FRAGMA ?

8.- ¿CON TODO ESTO, PRETENDEN AHORA CAPTURAR AL COLEGIO DE PROFESORES CPPe Y CONVERTIRLO EN OTRA CAJA CHICA, COMO DECADAS ATRAS EN SAN MARCOS Y LA CANTUTA ?


UN MAESTRO CONCIENTE, QUE FRECUENTEMENTE ACUDE A PRESTAMOS EN LA DERRAMA MAGISTERIAL PARA CUBRIR SUS NECESIDADES BASICAS Y ENDEUDARSE HASTA LOS SUELOS, NO PUEDE DEJAR DE RESPONDER ESTAS PREGUNTAS. LOS HECHOS REVELAN QUE INTERESES ES EL QUE DEFIENDE PÀTRIA ROJA-FRAGMA EN EL MAGISTERIO PERUANO. COMO SE DICE EN CRIOLLO, NO ES EL AMOR AL CHANCHO, ES EL AMOR A LOS CHICHARRONES.


¡MIENTRAS LAS BASES SOBREVIVIMOS CON SUELDOS DE HAMBRE Y MISERIA, HIPOTECADO NUESTRO HABER CON TODOS LOS BANCOS, SUFRIENDO LA CRISIS ECONOMICA QUE GOLPEA A LA CLASE, LOS SEUDO DIRIGENTES DEL CEN DEL SUTEP VIVEN A CUERPO DE REY, SON LOS NUEVOS MILLONARIOS DEL PERU CON PROPIEDADES, COLEGIOS PRIVADOS, UNIVERSIDADES PRIVADAS, ETC.
AQUI EN TACNA CARIDAD MONTES DIRIGENTE DE PATRIA ROJA, QUE DECIA SER PROLETARIA, HACE TRANSACCIONES MILLONARIAS Y AL CONTADO ¿CON EL DINERO DE QUIENES? OBVIO DE POR MEDIO LA DERRAMA MAGISTERIAL Y EL APORTE DE TODFOS LOS INGENUOS PROFESORES QUE APORTAN MENSUALMENTE PARA QUE ESTOS ZANGANOS SE DEN LA VIDA DE RICOS A COSTA DE LOS POBRES.

Antes de García, con un sol podían comprarse 10 panes



El alza del pan a 0.25 es real y ya se siente en algunos distritos y el gobierno pretende negarlo.




(1) Nuestro pan de cada día subirá de precio desde el lunes. (2) El precio del pan subió quizá en la misma proporción que el peso del presidente García.


DETALLE

El ministro de Agricultura reconoció que el precio internacional de la harina de trigo ha venido en aumento este año. En enero la tonelada de trigo costaba $ 238, en marzo $ 244, y al 15 de agosto $ 270.


Diversas madres de familia consultadas por LA PRIMERA recordaron ayer que antes que Alan García asuma la presidencia por segunda vez el año 2006 con S/. 1 podían comprar 10 panes y no sólo 5 ó 7, como es ahora.

Asimismo, manifestaron su preocupación por un posible nuevo incremento del precio del pan, ya que Pío Pantoja, presidente de la Asociación de Panaderos (Aspan), anunció que ese incremento se hará efectivo en los próximos días, lo cual ya se siente en algunos distritos de Lima.

Este diario pudo comprobar que en el distrito de Breña, por ejemplo, varias panaderías colgaron carteles anunciando que a partir del lunes el precio del pan francés subirá a más de 15 céntimos. Mientras que otros panes especiales como el pan de yema y el ciabatta aumentarán de 20 céntimos a 25 céntimos, es decir, el aumento alcanzará hasta el 20% respecto a los precios actuales. La misma situación podría concretarse en otros distritos de la capital.

Este diario también habló con las amas de casa de los distritos de Pueblo Libre, Surquillo y Cercado de Lima. Ellas confirmaron que antes del segundo gobierno de García podían comprar 10 panes francés con un sol, luego subió a 5 panes por un sol.

“El incremento del precio del pan y otros productos en el segundo gobierno de García fue paulatino y no es raro que suba de nuevo”, dijo una madre de familia que pidió que no consignemos su nombre.

Lo niegan
Sin embargo, el ministro de Agricultura, Adolfo de Córdova, insistió ayer que no existe motivo alguno para justificar el referido aumento. “Quiero desvirtuar alguna subida de la harina de trigo y sus derivados. Las panaderías y las molineras no tendrían por qué subir el precio pues tienen el stock suficiente, no hay asidero para afectar el precio del pan”, dijo De Córdova.

El titular de la cartera de Agricultura indicó además que el año 2009 el saco de harina de trigo se cotizó a S/. 83, mientras que a la fecha se vende a S/. 78, lo que significa que existe un margen de utilidad que soportaría cualquier alza que pudiera haber en el mercado.

Asimismo, intentó precisar que el Perú importa el 87% del trigo duro total que los peruanos necesitamos para abastecer las necesidades del mercado local. De ese total, el 39% proviene de Canadá, seguido de Estados Unidos y Argentina con 24% cada uno, mientras que Rusia sólo representa el 9% de nuestras importaciones de trigo.

Luego el ministro descartó que la sequía en Rusia, que disminuyó su producción de trigo, afecte a nuestro país pues los demás países de los cuales el Perú importa harina de trigo han registrado en los últimos meses un incremento de 4% en su producción, lo cual minimizaría cualquier impacto negativo.

“Las cifras nos permiten afirmar que este año no debería afectarse el precio de la harina de trigo en el país y, por lo tanto, de ninguno de los subproductos que utilizan esta materia prima. Si bien las regiones de Arequipa y Ayacucho cuentan con valles productores de trigo, la provisión del insumo es aún insuficiente, por ello sólo el 13% de la demanda local es abastecida por los productores nacionales”, dijo el ministro De Córdova tras señalar que si llega a producirse el referido incremento debe intervenir el Indecopi.

“Es especulación (el aumento del precio del pan), porque el margen de las regalías es amplio para las molineras”, sentenció el ministro. Pese a estas explicaciones, el ministro de Agricultura reconoció que el precio internacional de la harina de trigo ha venido en aumento este año. En enero la tonelada de trigo costaba $ 238, en marzo $ 244, y al 15 de agosto $ 270.

Fuente: La Primera

Empresa privada construirá terminal en bahía de Ancón que produciría contaminación sonora y ambiental en la zona, advierte estudio de ONG Mundo Azul.


Pobladores preocupados por proyecto portuario


Proyecto portuario: causará grave contaminación ambiental y daños a la salud.



DETALLE

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, emisiones de material particulado son responsables de la muerte de 800,000 personas al año en el mundo.


Según un estudio realizado por la asociación peruana sin fines de lucro, Mundo Azul, el proyecto portuario de Ancón - promovido por la empresa Santa Sofía Puertos S.A. en la Bahía de Ancón- a ser implementado causará una alta y permanente contaminación sonora durante la fase de construcción y a lo largo del tiempo de operación del puerto. Los elevados niveles de ruidos, que sobrepasan lo permitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, no solo serán restringidos al área portuaria, sino serían perceptibles en todo el área de influencia directa del puerto hasta la playa Hermosa, área más alejada del proyecto, advierte el estudio.

Precisa que los niveles de ruido producidos por diferentes tipos de embarcaciones y camiones en diferentes distancias desde la fuente emisora. Según cálculos de Mundo Azul el proyecto portuario de Santa Sofía Puertos podría generar: Entre 498 y 1,688 toneladas de óxidos de azufre (SOx), equivalente a la contaminación generada durante un año por hasta 15 millones de carros; entre 169.3 y 585.1 toneladas de material particulado que es similar a la contaminación generada durante un año por hasta 68 millones de carros gasolineras.

Con respecto al incremento del cambio climático por parte de las embarcaciones y camiones relacionados al proyecto portuario se generaría una emisión anual entre 70,539 y 242,645 toneladas de CO2 (Equivalente a la contaminación generada durante 1.5 a 5.6 años por parte del conjunto de toda la población del distrito de Ancón)

La combustión de Hidrocarburos generaría también una serie de otras sustancias contaminantes como el monóxido de carbono y los clorofluorocarbonos (CFCs). Dichas sustancias son altamente tóxicas y altamente carcinógenos, advierte la ONG. Adicionalmente, aseguran, existen riesgos de salud por las emisiones de polvos y pesticidas que se generarían durante el transporte y almacenamiento de cereales en el área portuaria propuesta.

“Pedimos a la empresa Santa Sofía Puertos S.A.”, resumió Austermühle, “dejar de dar garantías falsas e imposibles de cumplir, así como demostrar a la sociedad peruana la forma en la cual pretende minimizar o evitar los impactos descubiertos por medio de nuestro estudio. Para esto la empresa debe comenzar de actuar con transparencia y honestidad en vez de dar garantías inventadas. Solo así se podría lograr una evaluación seria de la compatibilidad del proyecto portuario con el medio ambiente, con el interés nacional de desarrollo portuario y, más importante, con los intereses del pueblo de Ancón”, dice Stefan Austermühle, Director Ejecutivo de Mundo Azul.

Fuente: La Primera

Camisea: Cinco actos y un pacto secreto



(1) Presidente Alan García con Paolo Rocca, CEO Ternium-Techint, del monopolio exportador (Repsol, Techint), el 16 de Agosto de 2010.

(2) Foro de Soberanía Energética del cual Manuel Dammert forma parte pide que gas natural de los lotes 88 y 56 sean destinados al mercado interno.


Primer acto. DS 050-2010-EM. El gobierno, con el altavoz del coro mediático y la grita de un premier a puertas de renunciar, publica el 18 de agosto 2010 el DS 050-2010-EM, anunciando que el gas del lote 88 se destinará para abastecer el mercado nacional y el del lote 56 a la exportación. Entre los enredos, no pueden esconder la maniobra antinacional.

Este DS manda incluir en la actual renegociación con el Consorcio Exportador, el tema de abastecer el mercado interno con el lote 88 de Camisea, y anula el DS del gobierno de Toledo que permitió la adenda contractual para que se destine gas del lote 88 a la exportación. Pero el DS de Garcia es un saludo al vacío. No establece una renegociación con soberanía, sino en función del pacto secreto con el monopolio exportador.

No declara por norma válida que existe el evidente desabastecimiento, que es la causa reconocida y vigente de la ley, para que se destine al mercado nacional. No señala obligaciones respecto al gas como recurso nacional en el texto del DS, que es lo que tiene valor legal. Debería plantear que la política del Estado establece que el Gas de Camisea (lotes 88 y 56) debe ser destinado en forma inmediata y exclusivamente al mercado nacional, identificando en esta condición que el gas probado devuelto por la Shell y Mobil (lotes 88 y 56), que pertenece al Perú, tiene precio regulado, es más barato y hace posible su masificación e industrialización.

No se puede separar el necesario destino del gas al mercado nacional de los dos lotes, 88 y 56. Ambos fueron devueltos al Estado con reservas probadas de 8,8 TCF, son propiedad de los peruanos, y forman la reserva estratégica de la soberanía energética nacional. El lote 56 fue adjudicado en la maniobra ilegal de exportación impulsada por Kucsynki y demás lobbystas. Fue ilegalmente entregado al monopolio exportador, sin concurso, a dedo. No para exploración, sino para explotación, con reservas probadas. Tenía un irregular compromiso de venta de 4,2 TCF a México mientras en el lote 56 existían menos de 2 TCF. Con cláusulas de defraudación fiscal, lo que fue comprobado por la Contraloría General de la República en el Informe Especial 220 del 200, suplantaron el real costo de operación de los líquidos de Gas Natural, que es de 2.88 US$/BI, para establecer a su favor en el Contrato la falsa cifra de US$ 6.40 US$/BI, y así deducir a su favor ese monto, estableciendo un fraudulento valor a boca de pozo y luego, multiplicado según volúmenes, fijar el fraudulento valor de la producción fiscalizada, a la que aplican recién el porcentaje de la regalía. De esta forma el contrato hace una inmensa defraudación al fisco. De este modo, a partir de capturar el lote 56, sin hacer inversión alguna en exploración, secuestraron parte del lote 88, inmovilizando el 47 % del total de nuestra reserva energética, y obteniendo inmensas ganancias saqueando las del Estado. Nada de esto quiere tratar el gobierno.

El premier declara frases a viva voz, sin valor legal, y cuando está a puertas de renunciar para ser candidato. La renegociación contractual requiere acuerdos de ambas partes, y el Estado solo puede afirmar la soberanía con actos legales del propio Estado sobre el recurso, en este caso, declarando el desabastecimiento evidente y señalando el obligado destino al mercado nacional del gas que nos pertenece a los peruanos.

El monopolio ya dijo que tiene para varios meses largos, y que sólo acepta el tema de las regalías, en relación a lo cual tiene acuerdo secreto para dar adicionales US$ 900 millones y entregar al fisco un total de US$ 2,000 millones en los 15 Años. Protege sus inmensas utilidades y tiene pacto secreto para que le autoricen exportar donde está mejor el precio de venta, que es Chile-Argentina (en México a US$ 4 Millón BTU, en Chile a US$ 10 el Millón BTU y en Argentina a US$ 14 el Millón BTU). Ganará en esos 15 años entre US$ 14,000 y 21,000 millones, habiendo recuperado ya en seis años LA PRIMERA inversión de US$ 3,000 millones (que financiamos los peruanos) al obtener US$ 6,000 mil de utilidades, gracias especialmente al faenón con los líquidos de Camisea.

Segundo Acto. Tratativas previas de Alan García con Rocca (Kuscinsky). Dos días antes, el 16 de agosto, casi a escondidas, con tímida nota en la agencia estatal de noticias Andina, el Presidente García recibió en Palacio de Gobierno varios socios de Camisea, encabezados por el CEO (jefe) de Ternium-Techint, Paolo Rocca. Este tiene en el Directorio de Ternium a Pedro Pablo Kuscinsky, con el cual hicieron en el gobierno de Toledo el lobbysmo y las ilegalidades para exportar el gas de Camisea.

Nuevamente en Palacio, la prensa Argentina (en silencio la peruana) informa que Rocca le trajo la confirmación del financiamiento de US$ 800 millones para el ducto que el 2012 se culminará, respecto al cual La Convención (provincia cusqueña) y las fuerzas patrióticas exigimos no pase sino bordee la Reserva de Megantoni, y que Techint hace cuestión de Estado para que lo atraviese en un túnel, que el MEM luego llamara “respeto a la intangibilidad superficial”.

Tercer acto. Viceministro Cámac adelanta parte del pacto secreto. El 17 de agosto, en Cusco, el viceministro de energía y Minas, Daniel Cámac, adelanta el contenido del DS 053-2010-EM, y habla eufórico en un foro regional que “la independencia energética del lote 88 será una realidad”. Precisa su fórmula acordada en secreto con el monopolio exportador. Es decir, que se trata de incluir como adenda en el contrato la oferta que hace años anuncia Pluspetrol.

Esta consiste en que dicha empresa no podrá utilizar por 5 años las reservas probadas. Engaña, pues las tiene inmovilizadas desde la firma del contrato al ser la sagrada “cuota de exportación”. Dice Cámac que hasta el 2015, podrá descubrir más reservas probadas en el lote 56, las que sustituirán progresivamente las inmovilizadas del lote 88, para lo cual en los próximos dos años invertirá en exploración US$ 175 millones.

Ello es una nueva promesa falsa, pues desde que la Shell devolvió al Perú los lotes 88 y 56 las reservas probadas siguen siendo 8,8 TCF, no habiendo el monopolio exportador invertido realmente en explorar. Es decir, Cámac da al monopolio las palabras tranquilizadoras: la crisis de desabastecimiento y la exportación siguen, el asunto pasará al próximo gobierno, el resto son frases y ruido.

Cuarto Acto. Premier, antes de renunciar, suscribe ofertas parciales sin tocar el fondo; y anuncia “la gran solución” de “57-58-Candamo”, en el pacto secreto para mantener la exportación del 88 y 56. El premier suscribe el 19 agosto el convenio general para la reclamada construcción de la planta de fraccionamiento en La Convención, cuyos estudios tienen plazos medianos y su construcción más largos.

Así deja en el aire que esta necesaria planta no puede existir si no existe realmente el gasoducto macrosur, el que también requiere que las reservas probadas de los lotes 88 y 56 estén disponibles para el mercado interno. En el mismo acto, el Ministro de energía y Minas afirma enfáticamente que no existe desabastecimiento de gas, haciendo evidente el vacío del DS recién dado, y quien realmente dicta las normas. Precisa que se respetará la “intangibilidad superficial” de la reserva Megantoni, repitiendo el repudiado anuncio del túnel de Techint. Y duado con Gonzales, Presidente del Gobierno Regional de Cusco, “anuncian” la “solución final”, que es uno de los grandes engaña muchachos del pacto secreto.

Esta “solución final” es parte del pacto secreto. Anuncian que el gasoducto macrosur se construirá como un proyecto distinto a los lotes 88 y 56 de Camisea. Este otro proyecto se abastecerá con los lotes 57 (Repsol) y 58 (Petrobrás). Se olvidan que el lote 57 se ha puesto en subasta para el 2012 y para otras áreas del país, y que el 58 no confirma reservas todavía. Además que tienen un precio tres veces superior a los lotes 88 y 56. Esconden que pagan una minúscula regalía al fisco. Para endulzar, dicen que si hay reservas probadas y para ello echan mano del Candamo.

El inaudito Gonzales, ahora depredador ambiental, anuncia la explotación de la reserva estratégica mundial de Biodiversidad del Candamo, en el Parque Nacional Bahuaja Sonene, donde existen más de 2 TCF probados, y que fue el manjar que León Alegría quería entregar a Discover en el escándalo de los Petroaudios. Dejan a la Convención, el Cusco, al gasoducto y al macrosur sin gas barato, y depredan el bosque amazónico.

Esta es la “gran solución”, 56-57-Candamo, parte del pacto secreto para que el Perú no reclame la soberanía sobre nuestra reserva estratégica, y garantizarle al monopolio la exportación del gas de los lotes 88 y 56. Saben que a los precios de los lotes 57 y 58, es inviable la petroquímica y la masificación del gas en el Sur, pues no pueden reemplazar el gas barato y accesible de los lotes 56 y 88, secuestrados como cuota de exportación.

Existe un inaplicado DS, “reservando 1 TCF”, pero el gasoducto macrosur requiere por lo menos 5 TCF. En su euforia de palabras, sin sustento técnico ni compromisos reales de inversión, el premier, el Ministro de energía y Minas y Gonzales, anuncian que ¡¡en noviembre-diciembre ya llegan los tubos a Cusco, para iniciar el gasoducto en nero 2011!!.

Quinto Acto. Ya estamos en el sexto embarque semanal de exportación del gas, con buques-carretillas deambulando por los mares y sin contratos de venta a firme. El pacto secreto de Repsol con el gobierno excluye tratar las condiciones antinacionales e irregulares en que Repsol y Perú LNG hacen la exportación del gas de los lotes 88 y 56.

Los buques metaneros de Repsol, iniciaron la exportación el 22 de junio 2010 y ya están en el sexto embarque de exportación, con frecuencia casi semanal. Deambulan como carretillas de heladero buscando a quien venderle el gas, lo que es causal de nulidad, pues el gas se vende por contratos a firme en periodos largos, lo que hace obligado separar cuotas de gas para exportación por ese periodo contractual, tanto en la extracción, en el transporte, en las plantas de fraccionamiento y de licuefacción.

Lo que ocurre es que el gobierno oculta la crisis de Repsol, al afectarse su perspectiva de venta a USA, y la crisis del Contrato con el Estado mexicano y su Comisión Federal de Electricidad. No existe contrato real de abastecimiento que reemplace al de la Comisión Federal de Electricidad de México cuyo contrato de 4,2 TCF por 15 años, está en el aire pues la planta de regasificación de Manzanillo recién podrá recibir gas desde el 2012 y a plenitud desde el 2015. No existe información oficial del Estado mexicano, para que el Perú conozca lo que esta pasando al respecto. Este deambular como carretillero por los mares sin contrato de abastecimiento de largo plazo, es grave irregularidad y causal de nulidad del contrato de exportación, que tuvo como sustento dicho acuerdo de venta.

Existen otras gravísimas irregularidades en la ejecución del contrato de exportación. No paga impuesto a la renta, aporta regalías minúsculas y compra el gas en boca de pozo privilegiando su exportación y desabasteciendo el mercado nacional. Se oculta la información respecto a lo que llevan los buques metaneros. El primer embarque del 22 de Junio transportaba 121,475 metros cúbicos, estando vacío un volumen de uno de sus cuatro tanques pues la capacidad total es de 173,400. El segundo embarque sube a 170,948 así como el cuarto a 170,941. El tercero baja a 149,976. Los embarques quinto y sexto del 09 de agosto y 17 de agosto, suben a 163,169 y 163,214. Estas variaciones deberían ser explicadas, pues podrían esconder defraudaciones fiscales con embarques no declarados de otros líquidos asociados al gas.

Esta claro lo que busca Repsol-Hunt-Techint. Pero no es lo que necesita y quiere el Perú. Los buques-metaneros-carretilleros han deambulado en los sucesivos seis embarques a Ensenada-México, a Bilbao-España a Cartagena-España, a Bilbao-España, a Saint John-Canadá y Altamira-México. Este deambular por los océanos es una irracionalidad empresarial, en el circuito licuefacción-regasificación que tiene organizado Repsol desde Trinidad y Tobago para USA, Canadá y España, y que ha instalado desde Camisea-Perú para Chile y Argentina.

Repsol esta haciendo tiempo para adormecer al Perú y sus ciudadanos, que luchamos por recupera el gas de Camisea como fuente para el desarrollo, con su gasificación e industrialización, y cuando se cubra el mercado nacional recién se podrá exportar los excedentes.

Repsol tiene un pacto secreto, en el que confía, por lo que afianza el lobbysmo con poderosos grupos de poder económico y político, que viven de subastar el Perú y su futuro. Ya el Primer Ministro y el Presidente de Perupetro, encargado nada menos que de la “renegociación”, han declarado que lo mejor para el gas es venderlo al país que ofrezca el mejor precio. Es decir exportarlo a Chile y Argentina.

El gobierno retrocede, ofrece y da medidas parciales, pero activa para no solucionar el fondeo del asunto que es el reclamo patriótico de la soberanía sobre el gas de los lotes 56 y 88 que son nuestra reserva estratégica nacional, garantía de su masificación e industrialización. Ya existe una contundente mayoría patriótica que reclama la recuperación del gas de los lotes 88 y 56 para el mercado nacional. Una Renegociación con soberanía. ¡¡Es la hora de la ciudadanía, es la hora del Perú!!.

Manuel Dammert Ego Aguirre
(Foro Soberanía Energética)
Fuente: La Primera

domingo, 8 de agosto de 2010

ASEGURA TU NOMBRAMIENTO... :PATRIA ROJA=FRAGMA: IMPLEMENTADORES DE LA LEY 29062 - LCPM



OTRA PRUEBA QUE DESENMASCARA EL LENGUAJE DE DOBLE CAÑON DE LA COSTRA MAFIOSA ENQUISTADA EN EL CEN SUTEP:

PATRIA ROJA UTILIZA EL LOCAL SINDICAL DE CAMANA PARA LLEVAR A CABO PREPARACION DESDE EL 09 DE AGOSTO PARA EL EXAMEN DE NOMBRAMIENTO A LA LEY 29062, JUNTO AL "CENTRO DE INVESTIGACION PEDAGÓGICA ANTONIO ENCINAS".

NO LUCHAN POR EL DESCONGELAMIENTO DE LA LEY 24029; DESVERGONZADAMENTE SE DEDICAN A LUCRAR CON EL TEMA DE LA INCORPORACION A LA LEY 29062, UTILIZANDO EL LOCAL SINDICAL.

AHORA SE PREPARAN PARA CAPTURAR EL COLEGIO DE PROFESORES DEL PERU (CPPe) UTILIZANDO SU OTRA CARETA EL FRAGMA.


________________________________________
From: andradetorres@hotmail.com
To: aadolfina@yahoo.es; ahua@yahoogrupos.com.mx;


PATRIA ROJA (MNI) UTILIZANDO EL LOCAL DEL SUTEP (CAMANA 550, COMO DICE EL AVISO) SIGUE APOYANDO LA POLÍTICA NEOLIBERAL DEL GOBIERNO Y, DE ESTA MANERA, DANDO VIGENCIA A LA NEFASTA LEY 29062.


EN LUGAR DE FAVORECER AL GOBIERNO LO QUE DEBEN HACER ES IMPLEMENTAR UNA GRAN HUELGA NACIONAL INDEFINIDA (SIGUIENDO EL EJEMPLO DE LOS PUEBLOS DE LA SELVA Y DEL SUR) PARA EXIGIR EL NOMBRAMIENTO DE NUEVOS MAESTROS RESPETANDO LA LEY DEL PROFESORADO 24029.


¡¡QUÉ FÁCIL !!


UTILIZAR A LOS MAESTROS DESEMPLEADOS QUE ASPIRAN A UN NOMBRAMIENTO PARA ACTUAR COMO ALIADOS DEL GOBIERNO Y ECHARLOS A LAS FAUCES DEL LOBO (O BÚFALOS).


Y PARA ESTO SE PRESTAN, SEGÚN DICEN, MAESTROS DE LA CANTUTA Y SAN MARCOS. HABRÍA QUE CONOCER QUIENES SON PARA QUE EL PUEBLO CONOZCA A LOS IMPLEMENTADORES DE LA LEY 29062.


LOS MAESTROS DESEMPLEADOS DEBEN ENTENDER QUE LA LEY 29062 NO LES GARANTIZA UN NOMBRAMIENTO PERMANENTE, SINO QUE ES UN CONTRATO QUE CADA TRES AÑOS (O QUIZÁS MENOS) VAN A TENER QUE REVALIDARLO. POR ESO ES IMPORTANTE QUE, SI ESTÁN ORGANIZADOS. ES PREFERIBLE LUCHAR POR UN NOMBRAMIENTO BAJO LOS ALCANCES DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029 AÚN VIGENTE. Y LA OBLIGACIÓN DEL CEN DEL SUTEP ES ORIENTAR HACIA ESO LAS LUCHAS Y NO HA FACILITARLE LAS COSAS AL GOBIERNO.


PERO COMO DESDE HACE MUCHO TIEMPO YA ABANDONARON LA LUCHA DE MASAS Y SE HAN CONVERTIDO EN SOSTENEDORES DE LA POLÍTICA EDUCATIVA GUBERNAMENTAL, ES HORA QUE EL CONARE DEL SUTEP ENCABECE LA LUCHA PARA QUE SE RESPETEN LOS DERECHOS CONSIGNADOS EN LA LEY DEL PROFESORADO 24029, SU MODIFICATORIA Y SU REGLAMENTO Y RECHAZAR DE PLANO LA LEY 29062.

Nota: Se adjunta comunicado


COMITÉ DE MAESTROS CONTRADOS Y SIN TRABAJO DEL PERU Y EL INST. DE INVEST. PED. “JOSE ANTONIO ENCINAS”

Brindan

PREPARACION PARA EL EXAMEN DE NOMBRAMIENTO.

GRATIS
TEMARIO:
RAZONAMIENTO LOGICO MATEMATICO.
COMPRENSION LECTORA Y APTITUD VEBAL.
CONOCIMIENTOS PEDAGOGICOS.
INICIO: LUNES 09 DE AGOSTO

De lunes a sábado de 5:00 a 8:00 p.m.
Lugar: Jr. Camaná 550 (CERCADO DE LIMA LOCAL DEL SUTEP)

DICTAN PROFESORES DE LA UNE CANTUTA-UNMSM

INGRESO LIBRE

Informes e Inscripciones

Email. Comitemaestrocontratados@gmail.com

SECTARISMO CORROE EN LA CALABAZA DE JULIO MENDOZA GARCIA, FANATICO DEFENSOR DE PATRIA ROJA=FRAGMA=MNI.


Decir que las ultimas conquistas del SUTEP se han efectuado bajo la "orientación del PCP (Patria Roja) " es reconocer de manera explicita que el sectarismo partidario es lo que manda en la calabaza llamada cerebro del ultra fanático Julio Mendoza. Reconocerlo, como así lo señalan, significa afirmar que nada aprendieron del Frente Único y que ser comunista ahora equivale a ser un guachimán, un inefable controlista del sindicato, al que se debe direccionar como si los maestros y maestras fueran ovejas. Nada más antidemocrático y anacrónico.

¿PORQUE NO MODIFICAN EL ESTATUTO SINDICAL ELABORADO PARA ASEGURAR SU CUOTA EN EL DIRECTORIO D E LA DERRAMA MAGISTERIAL, Y CONVOCAN A ELECCIONES UNIVERSALES DESDE EL CEN HASTA LAS INSTANCIAS DEPARTAMENTALES, COMO SI LO HACEMOS EN LAS BASES?

¿PORQUE REHUYEN POR D ECADAS LA LUCHA INTERNA ELECTORAL CON PARTICIPACION DE TRANSPARENCIA Y LA ONPE?

¿QUE LEGITIMIDAD TIENEN LOS MIEMBROS DEL CEN SUTEP DE CARA A LAS BASES?

¿PORQUE HAMMER VILLENA NO SALE DEL LOCAL DE CAMANA Y SE ENCARA CON LAS BASES, EN TEMAS COMO LA LEY DE CPM, AL QUE HAN COLABORADO EN SU FORMULACION CONTRARIA A LOS MAESTROS DEL PERU?

¿CUANTOS DE SUS MILITANTES LABORAN EN LA DERRAMA MAGISTERIAL, COMO MIEMBROS D EL DIRECTORIO, EMPLEADOS EN LOS CENTROS VACACIONALES, ETC. MEDRANDO DEL DINERO DE LOS MAESTROS?

¿CUANDO HAN DADO CUENTA DEL MANEJO ECONOMICO LOS MIEMBROS DEL CEN SUTEP, TRAS MAS D E 30 AÑOS D E ENQUISTARSE EN EL SINICATO?

¿Y LAS PROPIEDADES DE SALAZAR PASACHE EN PISCO? ¿CON DINERO DE QUIEN HIZO TANTA FORTUNA?

¿Y EL COLEGIO PRIVADO DE CARIDAD MONTES EN TACNA?

ES EL DINERO EL QUE MUEVE A ESTA ORGANIZACION MAFIOSA LLAMADA PATRIA ROJA=FRAGMA=MNI, AL QUE DEFIENDE JULIO MENDOZA.
EL SUTEP ES DE LOS MAESTROS DE BASE, EL SUTEP ES UN FRENTE ÚNICO Y NO DE LA MAFIA CORRUPTA Y TRAIDORA DE PATRIA ROJA=FRAGMA=MNI QUE AHORA PRETENDE CAPTURAR EL CPPe.
UN MAESTRO UN VOTO ELECCIONES UNIVERSALES DESDE LAS BASES HASTA EL CEN DEL SUTEP, DERRAMA MAGISTERIAL.

PATRIA ROJA=FRAGMA=MNI, A LA CAPTURA DEL CPPe.


Si la política es hoy una actividad nauseabunda y desacreditada en el Perú se debe precisamente al imperio del doble lenguaje, al divorcio entre la teoría y la practica, al desprecio por la tolerancia y la diversidad ideológica y política.

Llamar "senderistas", "anarcos" o "terrucos" a quienes discrepamos la línea oficial de Patria Roja y combatimos su prolongado historial de traiciones al magisterio, revela, entre muchas cosas, no tener nivel para el debate. Privilegiar los adjetivos sobre lo sustantivo en política es, sin duda, expresión de mediocridad e incapacidad para el debate, para la lucha de las ideas. Nunca hemos visto a sus líderes más conspicuos (Breña Pantoja, Alberto Moreno, etc.) promoviendo debate u creando opinión publica sobre un tema sustantivo de nuestra cruda realidad nacional.

Ciertamente Patria Roja tiene un lugar en la historia fundacional del SUTEP. Nadie duda eso. Juzgamos su conducta política, la acción concreta frente a los hechos concretos de la política peruana, en particular, sus devaneos o pactos silenciosos con los diferentes gobiernos, con Garcia en los dos mandatos y Fujimori en los años 90.

Haber abdicado de la lucha de clases, principio rector de los procesos histórico - sociales, para practicar el colaboracionismo con el Estado Patrón, acentuar la "paz laboral" adoptando el servil papel de rompehuelgas útil a los gobiernos, por ultimo, el reacomodo partidario con el explicito afán de conservar sus intereses económicos (Derrama Magisterial) es lo que ha llevado a Patria Roja al atolladero político (0.2% en las ultimas elecciones generales) del que no logran salir, precisamente por practicar el doble lenguaje (Luchar contra la Ley Carrera Publica Magisterial, mientras sus principales dirigentes han optado por renegar de la Ley del profesorado insertándose al mas brutal engendro legal del régimen aprista).

¿Se puede enarbolar la "unidad sindical" cuando se practica el doble cañón en el terreno de los hechos ? ¿Se puede hablar de democracia sindical allí donde las elecciones universales (Un maestro, un voto) no sirven o son solo letra muerta en la elección de los dirigentes del CEN ? Si hoy se tiene dirigentes medrosos y sin capacidad argumentativa en el CEN SUTEP se debe, precisamente, a que no son los mejores los llamados a dirigir el sindicato, sino los que forman parte del cogollo partidario. Esto ha sido fatal para Patria Roja porque ha terminado partidarizando el sindicato reproduciendo dirigentes mediocres a quienes los mueve el salario fácil proveniente de los descuentos del magisterio peruano, vía Derrama Magisterial. Es esto lo que explica porque Patria Roja defiende a brazo partido defiende su participación en el Directorio de esta empresa que por ser tal no pertenece a los maestros, sino a un reducido grupo de accionistas (Ver partida registral del SUNARP).

Reducida a su mínima expresión política por el desprecio proveniente de miles de maestros, preguntamos ¿que intereses es el que pretende acaparar Patria Roja en el Colegio de Profesores del Perú (CPPe)? Sus candidatos, gran parte de ellos ex directivos de la Derrama Magisterial y directores de las I.E., representan los intereses económicos, laborales y profesionales del magisterio peruano a su vez, , el sector mas vapuleado y agredido por el régimen aprista?

LA CORRUPCION HA HECHO MAS FRESCOS Y SINVERGUENZAS A LA MAFIA DE PATRIA ROJA =MNI=FRAGMA EN EL MAGISTERIO VEMAOS POR QUE:

- EXIGEN BALANCE DEL PROFESOR CARLOS GALLARDO QUE LO HA DADO EN SU MOMENTO PERO SIN EMBARGO NO RINDEN BALANCE DE LOS MANEJOS ECONOMICOS POR MAS DE 38 AÑOS EN EL SUTEP, NO RINDEN BALANCE POR MAS DE 25 AÑOS EN LA DERRAMA MAGISTERIAL.
- UN ESTUDIO HECHO EN EL 2007 REVELA QUE ES INCREIBLE QUE LA EMPRESA PRIVADA LLAMADA DERRAMA MAGISTERIAL SEA MANTENIDA CON LOS APORTES DE LOS MAESTROS Y DEL 100% DE APORTES LOS FUNCIONARIOS DE PATRIA ROJA SE GASTEN EL 40% EN GASTOS ADMINISTRATIVOS (FINACIAMIENTO DE SUS CAMPAÑAS ELECTORALES, ENRIQUECIMIENTO DE SUS FUNCIONARIOS ENTRE OTROS) ADJUNTAMOS RECORTE PERIODISTICO DIARIO EXPRESO DEL 31.01.2007.

- ES ALGO GRACIOSO ESCUCHAR EN LA COSTRA MAFIOSA, CORRUPTA Y TRAIDORA DE LOS PARTIDARIOS DE PATRIA ROJA=MNI=FRAGMA NO AL CONTINUISMO EN EL CPPe, UN MAESTRO UN VOTO. Y ESA FORMULA DEMOCRATICA QUE LOS MAESTROS DE BASE EXIGEN FUE IMPLEMENTADA JUSTAMENTE POR EL MAESTRO CARLOS GALLARDO ACTUAL DENANO DEL CPPe LO CORRECTO SERIA QUE PATRIA ROJA =FRAGMA=MNI TAMBIEN IMPLEMENTE ESTA FORMULA “NO AL CONTINUISMO, UN MAESTRO UN VOTO, ELECCIONES UNIVERSALES EN EL CEN DEL SUTEP Y LA DERRAMA MAGISTERIAL AHÍ PODRIAMOS ESCUCHAR SU COHERENCIA DE LO QUE PIDEN PARA EL CPPe APLICADA COMO EJEMPLO EN EL SUTEP Y LA DERRAMA MAGISTERIAL.






VIVA LA DEMOCRACIA MAGISTERIAL UN MAESTRO UN VOTO
ELECCIONES UNIVERSALES

POR DEMOCRACIA UN MAESTRO UN VOTO EN LAS INSTITUCIONES DEL MAGISTERIO (SUTEP, DERRAMA MAGISTERIAL)

POR TRANSPARENCIA Y DISTRIBUCION EQUITATIVA DE LAS BECAS DE ESTUDIO A CUBA PARA LOS TODOS MAESTROS Y SUS HIJOS. NO A LA DISTRIBUCION SECTARIA DE LAS BECAS DE ESTUDIO SOLO PARA LOS PARTIDARIOS DE PATRIA ROJA=MNI=FRAGMA








BALANCE Y CUENTAS CLARAS DE LOS MAS DE 38 AÑOS EN EL SUTEP Y MAS DE 25 AÑOS EN LA DERRAMA MAGISTERIAL, AHORA

NO AL CONTINUISMO DE PATRIA ROJA=MNI=FRAGMA EN EL SUTEP, DERRAMA MAGISTERIAL Y AHORA PRETENDE CAPTURAR EL CPPe.

ESTE 12 DE SETIEMBRE VOTEMOS POR EL CAMBIO, VOTEMOS CONTRA EL HEGEMONISMO DE PATRIA ROJA=FRAGMA EN EL CPPe

Alcances Inconstitucionales del D.S. 019-2010-ED


Imagen de un juicio de la Santa Inquisición

Con fecha 02.07.2010 el MINEDU ha publicado en el diario oficial El Peruano el D.S. Nº 019-2010-ED, dispositivo que establece las medidas administrativas aplicables al personal docente y administrativo del Sector Educación, cualquiera sea su régimen laboral o contractual que realice actos de proselitismo político y los constitutivos de terrorismo, colaboración con el terrorismo, afiliación a organizaciones terroristas, instigación, reclutamiento de personas, apología del terrorismo previstos en el Código Penal y normas conexas.

A continuación, un resumen de los alcances de la mencionada norma:


Art. 1 Por denuncia de la autoridad educativa o administrativa, el docente o administrativo que realice actos de proselitismo político y terrorismo, como los ilícitos conexos previstos en la norma, será denunciado ante la UGEL o DRE y el Ministerio Publico para los fines correspondientes. En el caso del docente, este será puesto a disposición de la UGEL no pudiendo por ningún motivo dictar clases ni permanecer en la I.E.

Art. 2 Estas conductas constituyen falta administrativa muy grave y conlleva la destitución del docente o administrativo, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal correspondiente.

Art. 3 Los condenados por la comisión de los delitos de terrorismo e ilícitos conexos no podrán ingresar ni reingresar al servicio, aun cuando hayan sido rehabilitados por la autoridad jurisdiccional correspondiente.

Art. 4 El archivamiento de la denuncia por parte del Ministerio Publico o la sentencia absolutoria consentida y/o ejecutoriada emitida por la autoridad judicial no modifican ni dejan sin efecto la sanción administrativa de destitución impuesta.

Art. 5 El docente comprendido en una investigación o proceso penal por delito de terrorismo e ilícitos conexos será puesto a disposición de la oficina de personal, no pudiendo por ningún motivo dictar clases, ni permanecer en la I.E.
Disposic. Transit. Los docentes que hayan sido condenados por terrorismo (num, 3, art. 1) serán reubicados para desempeñar labores administrativas fuera de las I.E.

Desde nuestra perspectiva el D.S. Nº 019-2010-ED es violatorio de un conjunto de principios constitucionales (Presunción de Inocencia, Debido Proceso, etc.) que regulan la potestad de sanción del Estado, cuya concurrencia es imprescindible en toda tramitación en los cuales se encuentre un ciudadano sometido a proceso, antes de imponerse una medida de sanción, sea en el Poder Judicial, como en la Administración Publica.

Asimismo, contraviene el Principio de autonomía y equilibrio de poderes que rigen todo Estado que se presuma democrático al recortar los alcances jurídicos de las sentencias absolutorias dictadas por el Poder Judicial que, de acuerdo con este decreto, por ningún motivo podrán modificar o dejar sin efecto la sanciones dictadas en el ámbito administrativo con lo cual se crea una innecesaria colisión entre las potestades constitucionales previstas para el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, respectivamente.




Finalmente, yéndose contra el legitimo derecho de las personas a reinsertarse en la sociedad y desarrollar su proyecto de vida impide el ingreso o reingreso a la función docente a los condenados por terrorismo e ilícitos conexos, desconociendo el derecho al trabajo, fuente legitima de subsistencia de toda persona, conexo al derecho a la vida, aparte de transgredir el derecho a la rehabilitación prevista en el art. 69 del Código Penal para aquel que haya cumplido la pena dictada por el órgano jurisdiccional competente, sentando un peligroso precedente contra los derechos fundamentales de la persona y la propia Constitución Política.

Los Antecedentes Historicos.




Tras la revolución burguesa de 1789, la idea de un Estado superpoderoso, dueño de una portentosa capacidad represiva sin limites y ajena control ciudadano, al que Engels denomino maquinaria de opresión social, pertenece al pasado. Siguiendo el pensamiento liberal, dos paradigmas emergieron de la Revolución Francesa: Primero, la idea de Persona, en negación a la idea de súbdito o siervo feudal sometido al Rey para constituirse en la base y fundamento de la actividad estatal; el centro de su mayor protección al dotarlo de ciudadanía (derechos y deberes).

De otro lado, la idea del Estado Democrático, en negación al Estado Monárquico Absolutista personalizado en la figura del Rey. En base a este concepto, el pueblo renuncia a parte de sus derechos para encargar (democracia representativa) el ejercicio del poder a un ente llamado Estado, responsable al final de asegurar el bienestar de los ciudadanos. En ningún caso este poder debía ser absoluto, ilimitado y ajeno al control de los ciudadanos.

Ciertamente, para sostener el orden político el Estado debe hacer uso legitimo de la coerción y de la fuerza con los cuales podrá evitarse el imperio del caos y el desorden social. Para ello el Estado hace uso de los instrumentos (la ley) y de los órganos estatales (Policía, Ministerio Publico, Poder Judicial, etc.) establecidos en la Constitución.

De manera que allí donde el orden político sea alterado por la conducta de una persona cuyo proceder la ley tipifica como infracción, sea penal o administrativa, este deberá ser sometido a proceso y con plena concurrencia de las garantías que rigen el debido proceso, ser sancionado, si hubiere razón jurídica para ello. Pero, si la conducta no constituye infracción, ni alcanza desvirtuar la Presunción de Inocencia, principio por el cual se presume inocente a toda persona hasta que haya sido declarado culpable, este deberá ser absuelto y recuperar a plenitud el ejercicio de sus derechos fundamentales.

¿QUE PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES VULNERA EL D.S. 019-2010-ED?

* La Presunción de Inocencia y el Debido Proceso.


La destitución del docente y/o servidor administrativo que realice actos de proselitismo político y delito de terrorismo, como los ilícitos conexos señalados en la acotada norma (art. 1) sin la tramitación del proceso administrativo disciplinario, o, contra aquel que se encuentre comprendido en una investigación o proceso penal (art. 5), representan un atropello violatorio de la Presunción de Inocencia y del Debido Proceso, principios consagrados en los arts. 2, num. 23, pgfo. “e” y el art. 139, num. 3 de la Carta Fundamental, y las cláusulas contenidas en el art. 8 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, tema desarrollado en sucesivas sentencias del Tribunal Constitucional peruano.

La Presunción de Inocencia establece como principio que todo ciudadano sometido a proceso no debe ser tratado como un reo, tampoco ser impedido de trabajar, ni ser limitado en el derecho a obtener los recursos útiles para su subsistencia, hasta que la autoridad competente establezca su responsabilidad, si lo hubiere. En tanto no se haya desvanecido esta coraza protectora el procesado podrá desarrollar sus actividades sin ningún recorte o limitación, salvo el que provenga de la autoridad competente.

La aplicación de la sanción (destitución) supone que producto del proceso administrativo disciplinario se haya determinado la existencia de indicios suficientes de responsabilidad en el procesado; esto es que la infracción, sin duda, se haya configurado y consiguientemente exista una relación de causa – efecto entre la conducta de este y la infracción prevista por la ley. Solo cuando se materialicen estos supuestos estamos en condiciones de asegurar el desvanecimiento de la presunción de inocencia en el procesado y, por tanto, la oportunidad procesal para aplicar la correspondiente sanción.

El decreto en mención vulnera este principio toda vez que sin previo proceso (ya que el acotado decreto no la señala de manera expresa) y sin la sustanciación de los actos procesales que la componen (Investigación preliminar, pliego de cargos, descargo, actuación de pruebas, informe oral, etc.) se impondrá la destitución al docente comprendido en actos de proselitismo político y terrorismo, prohibiéndosele dictar clases, como permanecer en la I.E., configurando una grave infracción al derecho al trabajo reconocido por la Constitución Política (art. 22) como un derecho y un deber, y, a su vez, un medio de realización de la persona.

De otro lado, viola igualmente el Debido Proceso, principio que garantiza el derecho del denunciado a acceder a un proceso que reúna los requisitos mínimos que lleve a la autoridad competente a pronunciarse de manera justa, equitativa e imparcial. Esto comprende que al ser sometido un docente o servidor a proceso administrativo tiene derecho a ser oído, conocer los motivos que originan la investigación, contar con abogado defensor, hacer uso de las pruebas para deslindar su responsabilidad, a impugnar las resoluciones administrativas que vulneren la ley, a exigir una resolución fundada en el derecho, entre otros aspectos. Todo indica que estas reglas sucumben en el acotado decreto, simplemente son relegadas para dar lugar a la imposición de la sanción (destitución) sin mas tramite que la denuncia interpuesta por la autoridad educativa o administrativa ante la UGEL o la DREE.

Sin embargo, es útil precisar que tanto la administración, como el Poder Judicial están obligados a la observancia del Debido Proceso. Como lo ha establecido el Tribunal Constitucional peruano, “el debido proceso esta concebido como el cumplimiento de todas las garantías, requisitos y normas de orden publico que deben observarse en las instancias procesales de todos los procedimientos incluidos los administrativos, a fin de que las personas estén en condiciones de defender adecuadamente sus derechos ante cualquier acto del Estado que pueda afectarlos. Vale decir que cualquier actuación u omisión de los órganos estatales dentro de un proceso, sea este administrativo sancionatorio, como en el caso de autos o jurisdiccional, debe respetar el debido proceso legal” (Exp. 2658-2002-AA/TC)

Estos principios, cuyos orígenes se remontan a la Revolución Francesa de 1,789 establecida, a su vez, en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (art. 9) se encuentran consagrados en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (art. 8, num. 2) como cláusulas de obligatorio cumplimiento por parte del Estado peruano, por haberse adherido y, consiguientemente, ser parte del derecho nacional interno. Su negación, sin duda, representa abuso de poder.

* El Derecho a la Rehabilitación y la Reinserción a la sociedad.
La rehabilitación representa un derecho cuya trascendencia jurídica ha sido expresamente reconocida por el Código Penal. El art. 69 del Código Penal establece la figura de la rehabilitación automática a favor del beneficiado al remarcar que esta debe aplicarse a “El que ha cumplido la pena o medida de seguridad que le fue impuesta, o que de otro modo ha extinguido su responsabilidad . . .”

Dentro de la lógica de promover el bienestar general de sus ciudadanos el Estado peruano esta en la obligación de rehabilitar socialmente a las personas sentenciadas para que puedan reintegrarse a la sociedad. Esto se logra a través de la implementación de programas educativos y asistencia psicológica y medica constante, así como actividades que contribuyen al enriquecimiento personal de los mismos.

Se ha dicho que siendo la educación una actividad vinculada a la formación de menores, los condenados por delitos de terrorismo no estarían habilitados para el desempeño docente. En el fondo esta apreciación representa un estigma social incompatible con el derecho que la Constitución Política ha resuelto cuando indica que en el Estado democrático “ . . .el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, la rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad” (art. 139, num. 22), principio concordante con la cláusula sancionada en el art. 10.3 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos reconocido por el Estado peruano que establece que: “. . . el régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados”.

El precepto constitucional sobre la rehabilitación y la reinserción de los penados a la sociedad no admite interpretaciones dispares ni contradictorias, menos una apreciación opuesta al Principio de Jerarquía Normativa como se infiere en el art. 3 del acotado decreto. Una sociedad que postule la integración de sus miembros no admite razón jurídica alguna que recorte o limite el derecho a ser reinsertado en la sociedad mas aun si, a través del trabajo, estos vienen alcanzado su realización personal y familiar.

Por ultimo, resulta contradictorio que siendo la independencia y el equilibrio de poderes la formula sobre el cual descansa el accionar de los poderes públicos, se pretenda con este decreto restar la eficacia de las sentencias absolutorias dictadas por el Poder Judicial, las cuales no podrán modificar ni dejar sin efecto la sanción administrativa impuesta al docente o servidor administrativo comprendido en estos ilícitos (art. 4). Igual destino correrán las resoluciones fiscales que dispongan el archivamiento de las denuncias penales.

El aludido decreto no solo contraviene la potestad constitucional que se asigna al Poder Judicial de administrar justicia (art. 138 C.P. 1993). En verdad atenta contra el propio Estado de Derecho del país y los derechos fundamentales de la persona. ¿ Que valor podrán tener las sentencias absolutorias dictadas por el Poder Judicial cuando no puedan ser ejecutadas? ¿Qué seguridad jurídica tiene la sociedad si las instancias administrativas optaran por rehusar la ejecución de las sentencias absolutorias o resoluciones fiscales que archiven las denuncias interpuestas contra ciudadanos inocentes ? El D.S. Nº 019-2010-ED representa un serio y peligroso dardo inconstitucional lanzado desde Palacio de Gobierno y en el fondo revela que quien manda sobre el resto de los poderes públicos y la propia Constitución es, sin duda, el Ejecutivo.

Etiquetas: D.S. Nº 019-2010-ED

Fuente: Magisterio Peruano
Publicado en: SUTE 13 SECTOR

lunes, 2 de agosto de 2010

PATRIA ROJA, AHORA DE LA MANO DEL APRA, S E ALISTAN PARA CAPTURAR EL COLEGIO DE PROFESORES (CPPe).



Pésimo calculo demostró el régimen aprista cuando creo el Colegio de Profesores del Perú, pretendiendo así dividir al magisterio y cancelar la justa protesta de los maestros y maestras del Perú. No se dieron cuenta que pese a todo el magisterio peruano siguió y sigue enfilando sus luchas contra el mas prepotente y abusivo de los gobiernos que recordaran las futuras generaciones. Llamar al pueblo peruano "perros del hortelano", "andinos tristes", "comechados" “peruanos de segunda clase” etc. marcara la historia final de Alan Garcia, "aquel que nació pobre y morirá rico", como lo ha dicho Carlos Roca, al referirse al actual Presidente de la Republica.

No han sido suficientes la avalancha de leyes y decretos de este régimen para desmoralizar y aniquilar la justa lucha de los maestros peruanos. Ni la Leyes 28044, 29062, 28988, 29510 y el reciente D.S. 019-2010-ED han logrado quebrar la organización sindical, tampoco el Colegio de Profesores del Perú. Ahora la bala esta puesta sobre el CPPe, ciertamente con su aliado Patria Roja.

FRAGMA: AL SERVICIO DEL REGIMEN APRISTA, "POR LA CAPTURA DE LOS RECURSOS DEL CPPe".



Nadie mejor que el magisterio conoce que es Patria Roja, que intereses defiende y que persigue en esta etapa del régimen aprista. Sin representación en las bases magisteriales, a los cuales ha conducido al inmovilismo traidor, al renunciar a la lucha contra la diaria prepotencia aprista. Dedicados al cien por ciento a medrar de los recursos de miles de maestros mediante la DERRAMA MAGISTERIAL. FRAGMA (PATRIA ROJA) se ha propuesto ahora capturar el Colegio de Profesores del Perú.

Conviene saber quien es quien en la Lista del FRAGMA encabezada por Manuel Rodríguez Rodríguez (Director), a quien nadie conoce como luchador que apueste por los intereses del magisterio peruano.

MARIO GALVEZ GALINDO, conocido ex directivo asalariado de la Derrama Magisterial, ahora Director d e la I.E. 6066 en el distrito de Villa El Salvador.

JULIA ENRIQUEZ LIZARRAGA, miembro del CEN SUTEP, colocada a dedo sin elecciones universales, Directora de la I.E. Nº 6094 SANTA ROSA en el distrito d e Chorrillos.

Desde los puestos que ocupan, ¿que labor sindical desarrollan? ¿Son fieles implementadotes de las directivas de las Ugeles? ¿Los mueve la defensa de los intereses del magisterio peruano? Apuestan los del FRAGMA a luchar contra el vendaval de leyes y decretos abusivos y prepotentes dictados por el régimen en los últimos años ?

QUIENES ABANDONARON LA LUCHA SINDICAL, QUE AUTORIDAD MORAL TIENEN AHORA PARA DIRIGIR EL CPPe.?



El CPPe no puede ser solo una entidad gremial avocada solo a formular aportes y propuestas orientados a mejorar la calidad educativa, ciertamente la escuela publica. La existencia de la escuela publica tiene sentido al lado del magisterio. Sin maestros no hay escuela pública. Estos, son al final de cuentas, juntos a los educandos, la razón de ser de la existencia de la escuela publica peruana.

El descontento de los maestros frente a la política salarial, las constantes leyes y decretos que vienen recortando la actividad sindical, como los derechos laborales del magisterio; la hostilizacion permanente a través de los medios son temas que el CPP no puede ignorar, ni ser diametralmente ajeno. Se impone en esas circunstancias luchar contra el modelo neoliberal, base política y jurídica, sobre el cual se ha erigido el Estado Patrón y abusivo que representa Garcia Pérez.

LOS HECHOS REVELAN QUE FRENTE A ESE PATRON ABUSIVO ENCABEZADO POR GARCIA PEREZ, PATRIA ROJA - FRAGMA HA ABDICADO TOTALMENTE. A que obedece la modificatoria de la fecha de elecciones (11 de Julio, 22 de Agosto y ahora 12 de Setiembre) en el CPPe. Sin duda, la pretensión del régimen aprista ha sido dar tiempo para colocar a PATRIA ROJA - FRAGMA en mejores condiciones para encarar las elecciones conocido el repudio de los maestros colegiados a su largo historial de traiciones y componendas con los diferentes regimenes d e turno, precisamente para conservar la Derrama Magisterial.

Colocar al FRAGMA en la conducción del CPPe reproducirá el ya prolongado control de Patria Roja sobre la Derrama Magisterial. El CPPe pasara, sin duda, a convertirse en otra de las cajas chicas de Patria Roja, tras ser desalojados del control económico - financiero que alcanzaban en las universidades públicas, en otras décadas SanMarcos, La Cantuta,etc.).



FUERA PATRIA ROJA - FRAGMA DEL CPPe.

RECHAZAR EL PROXIMO 12 DE SETIEMBRE EL CONTROL DE PATRIA ROJA SOBRE EL CPPe.



NO A LA DICTADURA MAGISTERIAL DE PATRIA ROJA-FRAGMA EN EL CPPe.

VIVA LA DEMOCRACIA MAGISTERIAL UN MAESTRO UN VOTO