martes, 21 de mayo de 2013

DESESPERACIÓN EN EL GOBIERNO Y EL CEN SUTEP PATRIA ROJA POR PARO DEL MAGISTERIO NACIONAL DEL 30 DE MAYO.


30 DE MAYO PARO NACIONAL UNITARIO 

CONCENTRACIÓN PLAZA SAN MARTÍN HORA: 9.00 AM



Traición  es la palabra  que  mejor  identifica  a  Ollanta  Humala  y  al CEN SUTEP Patria Roja.  El primero  tiró  al  tacho  el  Programa  de la  "Gran  Transformación"  y  la  Revolución  Educativa.  El  segundo  ha  terminado  al  servicio  de  quien  le  asegura  control  absoluto  de la  Derrama Magisterial,  inundándose  de  vergonzoso  colaboracionismo.   Ollanta  Humala  es  hoy  un  eficiente  soldado  defensor  de los intereses  de los  grupos  de poder  que controlan  la economía  y   la política  en  el  Perú.  Patria  Roja,  no  se  queda  atrás. Aislado  y  duramente  repudiado  por  el  magisterio  peruano defiende  con  uñas  el  dinero  que  mes a mes esquilman  a los maestros. A  eso  se  dedica  su  ejército de asalariados.   En  suma,  ambas  fuerzas  coinciden  estratégicamente  en  la  defensa  de  sus  perversos  intereses.  Contra  la  traición  y  el colaboracionismo. . . 30  DE  MAYO  PARO NACIONAL.  


30 DE MAYO PARO NACIONAL DEL MAGISTERIO CONTRA LA APLICACIÓN DE LA LEY 29944 Y SU REGLAMENTO D.S. N° 004-2013ED



VIERNES 24 DE MAYO POLLADA DE AUTOSOSTENIMIENTO - 30 DE MAYO PARO NACIONAL UNITARIO




DECRETO PARO NACIONAL UNITARIO 30 DE MAYO 2013





Fuente: Magisterio Peruano

TACNA: CONSOLIDA POSICIONAMIENTO DE LA LINEA SINDICAL CLASISTA


TACNA: PARTICIPACIÓN MASIVA DE MAESTROS LEGITIMA EL TRIUNFO DE LA LINEA SINDICAL CLASISTA EN EL SUTEP REGIONAL DE TACNA




PRONUNCIAMIENTO: SOBRE PSEUDO SUPERVISION - EVALUACION A DOCENTES POR DIRECTORES Y SUB DIRECTORES DE LAS REDes EN I.Es. DE UGEL 05






PRONUNCIAMIENTO


Ante las denuncias recibidas por parte de docentes de diversas instituciones educativas pertenecientes a la UGEL 05, que señalan que:  un grupo o "MANCHA" de Directores y Subdirectores de las I.Es, estan haciendo un "BARRIDO" como parte de un plan de "SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DOCENTE"  planificado y ejecutado  por las REDes.

El Comité Ejecutivo del SUTE XV  se pronuncia en los términos siguientes:



PRIMERO:
Que, en vista de que Los Directores y Subdirectores han perdido LIDERAZGO Y AUTORIDAD MORAL en sus I.Es, por DE HABER DEMOSTRADO INCAPACIDAD E INCOMPETENCIA EN GESTION INSTITUCIONAL Y PEDAGOGICA (salvando honrosas excepciones). NO TIENEN ni la más mínima AUTORIDAD para desarrollar procesos de supervisión y evaluación en el marco de la "EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DOCENTE".Ellos lo saben, por eso NO SON CAPACES DE DAR CARA  A LOS MAESTROS DE SUS I.Es, sino que ahora  fungen de ERUDITOS y se van a presumir y e imponer a otras instituciones donde  no los conocen, entonces pasan como   AUTORIDADES "PIOLAS" ,  utilizando  la figura de SUPERVISIÓN para CHANTAJEAR a  INGENUOS maestros, causando miedo y sosobra por la amenaza que supuestamente representa. Para el colmo, utlizan instrumentos "no validados" producto de improvización. Y lo peor, no permiten OBSERVACIONES DE DOCENTES ni dejan copia de la ficha de evaluación.


SEGUNDO:
Que, En el marco de la inconstitucional ley de reforma magisterial y su reglamento impuesto al magisterio, se establece que La evaluación de desempeño docente es realizada por un Comité de Evaluación y NO POR UN GRUPO DE INCAPACES, INMORALES SANCIONADOS  HASTA LA SACIEDAD. 

Además, se establece claramente que los criterios e indicadores para la evaluación de desempeño docente son determinados por MINEDU.
lèase los siguientes artículos del D.S. 004-2013-ED :   
Artículo 46.- Comités de evaluación de desempeño docente

46.1. La evaluación de desempeño docente es realizada por un Comité de Evaluación integrado por:

a) El Director de la institución educativa.

b) El Subdirector o Coordinador Académico del nivel.

c) Un profesor de la misma modalidad, forma, nivel o ciclo que el evaluado y de una escala magisterial superior. 


46.2. En el caso de los Comités de Evaluación de desempeño docente de instituciones educativas unidocentes, multigrado y profesor coordinador de PRONOEI, su conformación está a cargo de la UGEL y sus integrantes son:

a) El Director de Red o el representante de la UGEL, según corresponda, quien lo preside b) Dos profesores de la Red de la misma modalidad, forma, nivel o ciclo que el evaluado y de una escala magisterial igual o superior.

46.3 El Director y los demás integrantes de los Comités de Evaluación de Desempeño Docente son capacitados y certificados por el MINEDU en coordinación con los Gobiernos Regionales para el cumplimiento de su función. 


Artículo 47.- Criterios e indicadores para la evaluación de desempeño

47.1. El MINEDU determina los criterios e indicadores para la evaluación de desempeño en base a los cuatro dominios establecidos en el Marco del Buen Desempeño Docente, considerando las diferentes modalidades, formas, niveles y ciclos que integran el sistema educativo peruano. Este proceso es realizado en coordinación con las diversas Direcciones del MINEDU responsables de las mismas.

47.2 La evaluación de desempeño docente incluye necesariamente la evaluación de la práctica docente en el aula frente a los estudiantes.

47.3. El MINEDU aprueba, mediante norma específica, las estrategias, las técnicas e instrumentos de evaluación de desempeño, los cuales pueden ser aplicados por entidades especializadas para su posterior consolidación por parte de los miembros de los Comités de Evaluación. 
 

TERCERO:

Que, según DIRECTIVA Nº012-2013-D.UGEL.05/J.AGP/EEBR/SJL-EA, lasREDes oficialmente son órganos intermedios de coordinación, mas no de ejecución o de supervisión - evaluación. Por tanto, los actos   
realizados por  el grupo de Directores de las REDes que estan haciendo una "supervisión  - evaluación" ,SON DELITOS TIPIFICADOS por nuestro codigo penal:

art. 361.- Usurpacion de Funciones.
art. 376 .-  Abuso de Autoridad,
art. 427.- falsificacion de documentos.

Entonces, cabe la DENUNCIA y SANCION PENAL a estos funcionarios. 

 y sin perjuicio a lo señalado,  en concordancia a la ley 29944, su reglamento D.S. 004-2013-ED.  y Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; a éstos funcionarios se debe abrir un proceso administrativo  sumario para disponer su sancion ejemplar.

CUARTO:
 Que, en concordancia a la Ley Nro. 28044 - LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, los Directores y Subdirectores deberian estar cumpliendo su funcion. QUE COMO ES CONOCIDO POR TODOS LOS MAESTROS, PADRES Y ESTUDIANTES, estos NUNCA ESTAN EN DONDE DEBEN, EN SUS COLEGIOS,  sino en la calle  con el pretexto de "CAPACITACION EN UGEL", pero nunca aprenden algo bueno, solo han aprendido a TOMAR de los recursos financieros 10.00 nuevos soles por cada salida a la ugel (cuando la ley señala solo 2 soles)  . ¿sera que viajan en limosina?.

Aqui les recordamos sus funciones:  
Artículo 55°.- El Director

El director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo. Le corresponde:


a) Conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en el artículo 68º de la presente ley.

b) Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las relaciones humanas armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre los miembros de la comunidad educativa.

c) Promover una práctica de evaluación y autoevaluación de su gestión y dar cuenta de ella ante la comunidad educativa y sus autoridades superiores.

d) Recibir una formación especializada para el ejercicio del cargo, así como una remuneración correspondiente a su responsabilidad.

e) Estar comprendido en la carrera pública docente cuando presta servicio en las instituciones del Estado.


QUINTO:

En estas circunstancias,  EXIGIMOS  a la Direccion de la UGEL 05 actuar en el marco del estado de derecho, respetando las leyes y sus procedimientos, INVESTIGAR Y  SANCIONAR  a las personas ivolucradas en la presente denuncia pública.

Asimimo, alertamos al magisterio  de la UGEL 05  NO DEJARSE SORPRENDER POR LA MAFIA QUE ANDA EN GRUPO Y CAMUFLADO COMO COMITE DE EVALUACION Y SUPERVISION.

Si el grupo de directores se aparece por el colegio , inmediatamente  solicitar  presenciapolicial para hacer la constatación respectiva (medio probatorio) , hacer un acta de rechazo donde firmen todos los docentes,  tomar imágenes con el celular. (especialmente las comelonas que realizan antes y despues del faenón con la plata saqueada a los recursos financieros de los colegios)

A los maestros que fueron SORPRENDIDOS por éstos directores, recabar  o exigir una copia de la ficha de evaluación donde consten los nombres de los directores supervisores(son medios probatorios para la denuncia penal)  y enviarnos una copia a sutexvsjl@hotmail.com

Finalmente, LOS UNICOS que tienen por funcion el  "MONITOREO  Y ACOMPAÑAMIENTO" son el Director y Subdirector de  la institución a la que pertenece el maestro, en todo caso un especialista designado por resolución de UGEL.


San Juan de lurigancho, mayo del  2013.

Comite Ejecutivo SUTE XV


¡NO AL ABUSO DE AUTORIDAD!
¡NO A LA USURPACION DE FUNCIONES!

¡ POR LA DEFENSA DE LA DIGNIDAD DE LA PROFESION DOCENTE!
¡ABAJO LA MAFIA DE DIRECTORES CORRUPTOS!
¡ABAJO  LA CUPULA DE DIRECTORES INCAPACES  E INCOMPETENTES!

Fuente: SUTE XV SECTOR

sábado, 18 de mayo de 2013

30 DE MAYO PARO NACIONAL




                                                  

POR LA DEROGATORIA DE LA LEY 29944 Y SU REGLAMENTO D.S Nº 004-2013 ED

RECHAZO A LA HUMILLACIÓN DE LOS MAESTROS CON EL DENOMINADO BARRIDO
SOLO SE BARRE LA BASURA, LOS  MAESTROS TENEMOS DIGNIDAD Y EXIGIMOS RESPETO

CONTRA EL CESE DE LA PERSECUCIÓN POLÍTICA CONTRA LOS MAESTROS Y DIRIGENTES MAGISTERIALES, ESTUDIANTILES Y POPULARES
(PUNO, TACNA, APURIMAC, PIURA, LAMBAYEQUE, UCAYALI, ANCASH Y OTRAS REGIONES)

JUNIN: Paro Nacional Unitario del SUTE es el 30 de mayo




11 de Mayo del 2013 
PRIMICIA – Huancayo.- No hay nada que hacer… o están con las bases del SUTE o con el gobierno. Al parecer los eternos divisionistas y colaboracionistas de todos los gobiernos conocidos como los “utushcuros”, ya se quedaron solos, pues los máximos dirigentes del denominado “grupo de huaynalayas” y del CONARE SUTEP emitieron un llamado conjunto al paro nacional de 24 horas del 30 de mayo, en torno al SUTE. 
ACUERDO DE ASAMBLEA 

En declaraciones a PRIMICIA, Zenón Pantoja Fernández presidente del Comité de Lucha Nacional y del Comité Nacional de Reorientación y Reconstitución clasista del SUTEP manifestó, “nuestro sindicato tuvo la segunda Asamblea Nacional el 27 de abril en Ica, donde se acordó realizar un paro nacional de 48 horas, pero también se tomó el acuerdo donde me facultaron iniciar las conversaciones con los dirigentes del CONARE SUTEP representado por su presidente (e) Miguel Gaviria Marín quien reemplaza a Efraín Condori, hoy privado de su libertad” dijo. 

Pantoja, precisa, bajo este marco y acuerdo de la Asamblea Nacional, tuvimos una reunión en Lima con dirigentes de Ucayali, Tacna, Ayacucho, entre otras regiones con quienes coincidimos en una sola plataforma de lucha para el paro nacional de 24 horas del 30 de mayo, el cual servirá para preparar la huelga nacional indefinida; este paro será unitario, se realizará de manera conjunta con los otros sindicatos magisteriales y nos permitirá tomarlo como un termómetro de la representatividad de las dirigencias en cada una de sus regiones. Después se concretara una asamblea evaluativa de la medida de lucha, agregó el dirigente.

ONPE DESENMASCARA A FALSO DECANO DE PATRIA ROJA = MAS CORRUPCION




Falso Colegio de Profesores del Perú (CPPe) de MANUEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ de la agrupación política Patria Roja, no tendrá apoyo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE); por NO PRESENTAR PARTIDA REGISTRAL. EL FALSO DECANO MANUEL RÓDRÍGUEZ, tiene que responder a la justicia por tomar el nombre del Colegio de Profesores del Perú sorprendiendo a Registros Públicos y por apropiarse de una importante cantidad de dinero del CPPe.

Liberan a dirigente del Conare Sutep Efrain Condori por falta de pruebas.





Liberan a dirigente del Conare Sutep Efrain Condori por falta de pruebas. Su encarcelamiento fue para reprimir protesta de maestros en contra de lanueva Ley de rEforma Magisterial.


El dirigente del Conare Sutep Efraín Condori fue liberado tras ser intervenido por el presunto delito de apología al terrorismo por sus vínculos con el Movadef.

Condori estuvo recluido en el penal de Lurigancho cerca de dos meses, pero obtuvo su libertad condicional con comparecencia restringida en Lima.

Fue acusado de atacar a varios profesores y acusado de causar daños en la sede principal del Ministerio de Educación el año pasado, en protesta contra la Ley Magisterial.

En su momento, el procurador antiterrorismo Julio Galindo solicitó una investigación preliminar en contra de dicho docente por el delito de terrorismo, al haberse identificado como un seguidor del Movadef.

Fuente: La República

¡PROFESOR EFRAÍN CONDORI RAMOS, LIBERTAD!


¡PROFESOR EFRAÍN CONDORI RAMOS, LIBERTAD!

El gobierno de derecha de Ollanta Humala, viene aplicando la persecución política a comunistas, dirigente populares consecuentes, y a todo el que discrepe con el orden establecido como parte de su plan político para aplastar toda oposición e imponer en lo económico su plan de nueva acumulación originaria (mayor explotación y opresión arrasando derechos fundamentales del pueblo reconocidos por el Estado), como es el caso de la Ley de Reforma Magisterial, (Ley 29944), Ley de expulsión de maestros (Ley 29988), Ley de SERVIR (en proceso de aprobación), Ley de Reforma del Poder Judicial, etc.
Como parte de ello, ha iniciado una persecución abierta contra el CONARE, deteniendo a nuestro dirigente con la tipificación de un delito común (criminalización de la protesta al equiparar “disturbios” como delito común), pretendiendo golpearlo moralmente lo han encerrado con el más siniestro propósito en el penal de El Lurigancho, también ha abierto procesos judiciales contra varios de nuestros dirigentes (Puno, Tacna, Lambayeque, Piura, Apurímac, Junín y Ancash), por el delito de terrorismo y, paralelamente, se ha ordenado “tomar las medidas preventivas” con ellos en sus centros de labores mientras dure la “investigación” (que van ampliando por sétima vez y sin prueba alguna, extendiéndose ya casi un año).
Así, los maestros, consecuentes con nuestra línea sindical de clase hemos enfrentado y seguimos batallando en todos los frentes, dentro de la lucha legal hemos iniciado y desarrollado acciones de amparo contra le Ley de Reforma Magisterial y la acción de inconstitucionalidad contra las normas referidas, demandas que están en proceso, pero que ya han sido admitidas por las instancias correspondientes. Y, en la situación concreta de nuestro dirigente, el profesor Efraín Condori Ramos, luego de más de dos meses de detención arbitraria, absolutamente irregular hemos logrado el cambio de orden de detención por comparecencia. Nuestro departamento legal nos ha comunicado con satisfacción que el Compañero Efraín Condori Ramos sale en libertad éste sábado 11 o, en el peor de los casos el lunes 13 de los corrientes.
Todo ello nos reafirma en nuestros principios de clase.
¡POR LA DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA
COMO DERECHO FUNDAMENTAL DEL PUEBLO!
¡POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS LABORALES
CONQUISTADOS EN LA LEY DEL PROFESORADO 24029!
¡NADA NOS HA CAIDO DEL CIELO, TODO LO HEMOS CONSEGUIDO CON LUCHA!
¡ABAJO LA NEFASTA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL Y NORMAS CONEXAS!

Fuente: CONARE SUTE LIMA

sábado, 11 de mayo de 2013

DERRAMA MAGISTERIAL COBRA LOS MAS ALTOS INTERESES DEL MERCADO SIN INVERTIR NI UN SOL DE CAPITAL COMPARE MAESTRO




30 DE MAYO PARO NACIONAL TODO EL MAGISTERIO DE PIE POR LA DEROGATORIA DE LA LEY 29944 DE REFORMA MAGISTERIAL Y CONTRA EL DESPIDO MASIVO, LA CONFISCACIÓN DE NUESTROS DERECHOS PATRIMONIALES (BONIFICACIONES), Y EXIGENCIA DE LA LIBERACIÓN DEL PROF. EFRAIN CONDORI RAMOS



CONCENTRACIÓN: PLAZA SAN MARTÍN
HORA: 9.00 AM 

Chile es el ejemplo de lo que privatizar la educación provoca. ¡Alerta, México, ALERTA PERÚ

Gobierno aprueba reglamento de la Ley de Reforma Magisterial (descargar reglamento)



El decreto supremo está refrendado por el presidente Ollanta Humala y la ministra de Educación, Patricia Salas.

El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la Ley 29944, conocida como Ley de Reforma Magisterial, la cual que permitirá extender la carrera magisterial de cinco a ocho niveles, así como ampliar el horizonte remunerativo de los maestros, basados en méritos.

Mediante un decreto supremo, se señaló que esta ley tiene como finalidad normar las relaciones entre el Estado y los maestros que trabajan en instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico-productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizada.

Asimismo, se resalta la necesidad de incentivar el desarrollo profesional y el buen desempeño laboral del profesor, como uno de los factores determinantes para lograr la calidad de la educación nacional.

Hoy se publicó, en el diario oficial El Peruano, el decreto supremo del reglamento que contiene 214 artículos, doce disposiciones complementarias finales, diez disposiciones complementarias transitorias y una disposición complementaria derogatoria.

El mencionado decreto supremo está refrendado por el jefe de Estado, Ollanta Humala Tasso, y la ministra de Educación, Patricia Salas O’Brien.




Click en el enlace para descargar el Reglamento:

https://www.box.com/files/0/f/0/1/f_7892085244

Este documento desarrolla y reglamenta los 6 títulos de la nueva ley aprobada el 25 de noviembre del 2012.


Ahora, los profesores que vienen de los dos regímenes anteriores, que fueron la Ley del Profesorado (1984) y la Ley de la Carrera Pública Magisterial (2007), se unirán a este nuevo régimen. Que tiene en su estructura ocho escalas magisteriales y sus aumentos (ver infografía), las cuales tienen requisitos específicos vinculados a tiempo de permanencia, formación académica y competencias pedagógicas diferenciadas, tomando como base el Marco del Buen Desempeño Docente. 


"Los profesores de la Ley de Carrera Pública, como ya fueron evaluados, se están reubicando en un nivel mayor. En el caso de los docentes de la antigua Ley del Profesorado, al no haber sido evaluados aún, se encuentran ubicados en los niveles I, II o III de esta nueva ley. Ahora, a partir de la publicación del nuevo reglamento se hará una evaluación para que sean ubicados en los niveles superiores, hasta el sexto nivel", explicó Martín Vegas, viceministro de Educación.   

     

Pero ¿cómo podrán ascender los profesores en la Ley de Reforma Magisterial? Tal y como refiere el viceministro Vargas, los maestros ingresarán al nuevo régimen por sus conocimientos, a fin de ser reubicados en una de las escalas magisteriales. 



"El ingreso a la Ley de Reforma Magisterial se divide en dos etapas, una nacional, a cargo del Ministerio de Educación, y otra en la institución educativa. La primera consiste en una prueba clasificatoria en la que se califican las habilidades generales del maestro, conocimientos disciplinarios o de la especialidad, nociones pedagógicas y curriculares", comentó el viceministro.



La segunda etapa está a cargo de la institución educativa en la que trabaja el docente y en ella se evalúa la capacidad didáctica, formación profesional, méritos y experiencia profesional del profesor. El puntaje total del postulante para determinar su ubicación en el cuadro de méritos resulta de sumar los puntajes obtenidos en las dos etapas. El postulante es nombrado siempre que alcance plaza vacante y supere el puntaje mínimo establecido, en estricto orden de méritos.



"En octubre del 2013 se realizará la evaluación de reubicación; esta es voluntaria para los profesores que vienen de la Ley del Profesorado (de 1984) y que desean pasar a una escala más alta", dijo Vegas.



DESEMPEÑO DOCENTE



Luego, al estar ubicados en una escala magisterial, los profesores tendrán una evaluación de desempeño docente, que se realizará cada 3 años. Esto determinará los ascensos y la permanencia de los profesores en la carrera. 



"La evaluación del desempeño es más que un examen, ya que también se evalúa el trabajo del profesor en el aula; al aprobar estas evaluaciones el profesor se presenta al ascenso en la estructura de escalas magisteriales",  sostuvo el director de Trayectoria y Bienestar Docente del Ministerio de Educación, Manuel Paiba.



El funcionario indicó que este reglamento también permite identificar las necesidades de formación en el servicio del profesor para mejorar su práctica docente. Pero ahora, el maestro debe tener en cuenta que si desaprueba esta evaluación de desempeño en tres oportunidades, el Ministerio de Educación lo despedirá de su puesto laboral.



"Cuando un docente desaprueba la evaluación de desempeño, el Ministerio de Educación lo capacita por 6 meses; posteriormente la entidad ministerial nuevamente lo evalúa, y si desaprueba por segunda vez lo seguirá capacitando. Si la desaprobación persiste, se le rescindirá el contrato, previo pago de las obligaciones de ley que la institución debe depositar", informó Paiba.



Además, la ley contempla el concurso para evaluación de ascenso que busca promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, evaluando la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos. También la evaluación para el acceso a cargos, como los de directores y jefes de Ugel.



"Entre los meses de julio y setiembre se evaluará a los docentes que deseen acceder a un cargo como director de colegio. Vamos a poner a concurso 15 mil plazas de directores de instituciones educativas; los profesores deberán demostrar capacidad para la gestión educativa", argumentó el viceministro. 



ALGUNAS CRÍTICAS



El educador Idel Vexler revisó en forma preliminar el reglamento e indicó que en este reglamento no se fijan las asignaciones y bonificaciones referidas a los cargos de director, subdirector, a los que trabajan en áreas rurales, y otros beneficios que en la antigua ley sí se encontraban establecidos.



"Hay que reconocer que ha habido un avance en relación con el anteproyecto de ley, al no establecer que para el sexto y sétimo nivel se requería la maestría y para el octavo el doctorado. Ahora se pide la maestría para el sétimo y el doctorado para el octavo. Creo que es un avance, aunque hubiera sido positivo que no se exija el doctorado en la escala magisterial. Pero hay que analizar bien el reglamento porque existen muchas aristas que se deben destacar o criticar", expresó Idel Vexler.  



Por su parte el secretario general del Sutep, Hamer Villena, criticó la nueva ley de reforma magisterial porque, explicó, reduce la participación gremial. “Con este nuevo reglamento no podemos evaluar a los contratados y ni participar en los procesos de nombramiento de docentes ni administrativos. Además no nos permite realizar evaluaciones de desempeño. No existe tolerancia en la tardanza y da facultades excesivas al director para que haga una labor de fiscalización”, precisó.



LOS PROFESORES QUE SUPEREN LOS 65 AÑOS DE EDAD SERÁN JUBILADOS 



Antes los profesores se jubilaban a los 70 años, ahora con el reglamento ocurrirá a los 65 años.



"En este mes de mayo todos los profesores que se encuentren en el tramo de los 65 y 70 años, serán jubilados. Ellos recibirán una compensación por tiempo de servicios", expresó el viceministro Martín Vegas.



La autoridad ministerial indicó que esta compensación se encuentra en ascenso en el nuevo reglamento. Ahora los maestros reciben por año de servicios un catorceavo de su remuneración anual por compensación de tiempo de servicios.



El reglamento dice en el artículo 114.- Retiro por límite de edad: "El profesor es retirado definitivamente al cumplir sesenta y cinco (65) años de edad. El retiro se efectúa de oficio debiendo la administración comunicar del hecho al profesor en un plazo no menor de quince (15) días calendario previos al retiro.


EN CIFRAS



15 mil plazas para directores habrá el 2013, la evaluación es para que demuestren su capacidad de gestión.



1,243 es el salario de un maestro al encontrarse en el I nivel de la escala, tras laborar 24 horas pedagógicas semanales.



2 veces se permitirá al docente desaprobar en la evaluación. A la tercera será despedido.



Más Datos



El congresista Daniel Mora cuestionó la ausencia de los montos de asignaciones basados en la jornada laboral de 40 horas pedagógicas para ser considerados en el presupuesto del próximo año, así como la falta de leyes que regulen los dos concursos excepcionales de acceso a la tercera, cuarta, quinta y sexta escala.



“En el reglamento no están contemplados estos montos, esto debe hacerse por el decreto supremo específico, norma que estamos preparando con los cálculos correspondientes para su efecto presupuestal”, dijo Salas, antes de informar que los citados concursos están siendo elaborados todavía.


Fuente:

La Republica
El Comercio