jueves, 24 de diciembre de 2009
UN DEBATE NECESARIO Y D EFINITIVO CON PATRIA ROJA: ACERCA DE LA INSTITUCIONALIDAD Y LA UNIDAD SINDICAL.
De un tiempo a esta parte el discurso del CEN PATRIA ROJA viene promoviendo la defensa de la institucionalidad y la unidad sindical en el sindicato de los trabajadores de la educación. Analicemos aquí de donde viene este discurso y cual es su verdadera naturaleza ideológica y política.
Cuando el neoliberalismo empezó a reciclarse en los 80 bajo la égida de Ronald Reagan y Margaret Teachert, los científicos sociales a sueldo de la Casa Blanca empezaron a realizar formulaciones teóricas para justificar la viabilidad del modelo neoliberal en el planeta y no encontrar mayor oposición especialmente en los países exportadores de materias primas, como la OPEP. A esto se agregaron otras teorías como la Guerra Preventiva que Bush desarrollo para invadir Irak, ocuparla militarmente y asegurar el predominio de las corporaciones internacionales sobre los inmensos pozos petroleros de aquella región. De manera que los yanquis y sus aliados combinaron los instrumentos que da la economía para el control de los recursos petrolíferos con el ejercicio de la fuerza militar en vastas zonas del planeta, al cual fue añadido otro ingrediente, el factor ideológico - cultural que denominaron el terrorismo, sobre todo después de los atentados sobre las dos torres gemelas de Nueva York.
En esencia esta elaboración ideológica expreso un remozamiento del viejo capitalismo sobre el mundo con un claro propósito hegemónico; la conservación del viejo orden internacional y la reedición de la vieja asimetría entre países globalizantes y países globalizados que a inicios de los 90 dio lugar al Consenso de Washington y su oferta neoliberal: apertura de los mercados, flexibilización laboral, autoritarismo político, control mediático sobre la sociedad civil, etc. El trasfondo de este andamiaje económico, político e ideológico fue, sin duda, cambiar las relaciones económicas internacionales sin que cambien las reglas de juego impuestas desde el Imperio.
Surgieron a si conceptos como "gobernabilidad", "estabilidad política", "institucionalidad política" entre otros que rápidamente nuestras burguesías fueron asimilando como parte del proceso de recolonización ideológica jamás visto sino desde los años de la invasión española sobre nuestro continente. En el Perú fue Fujimori el que mejor aprendizaje tuvo de estas categorías seudo políticas. Cuando los trabajadores y el pueblo en general demandaban su retiro del poder fue este quien levanto las banderas de la defensa del orden y la institucionalidad proveniente del golpe del 05 de abril de 1992. Y cuando la corrupción galopante toco los intereses del Imperio con la ventas de armas a las FARC, los halcones yanquis decidieron su caída mediante el video Kouri -Montesinos que trajo abajo el régimen. En Bolivia Sánchez de Lozada protagonizo igual libreto y termino huyendo del poder ante la arremetida del pueblo boliviano.
De manera que estos conceptos de la seudopolítica no son sino una recreación teórica formuladas con un expreso propósito: DEFENDER EL ORDEN, PARA QUE NADA CAMBIE, todo ello bajo la égida del Imperio mas poderoso de la tierra.
Estos conceptos llegaron también a algunos sectores atrasados de la izquierda peruana, poco afectos al estudio de la realidad peruana y a la elaboración de nuevos paradigmas acorde con los nuevos tiempos. Si los caviares adoptaron estos conceptos como parte de su racionalidad política, no tendría porque sorprendernos mas aun si estos dependen en gran parte de fondos privados provenientes de las ONG vinculadas al Banco Mundial y la AID.
En el caso particular de Patria Roja, esta claro que la defensa de la institucionalidad esta estrechamente ligada a la preservación de sus intereses patrimoniales (Derrama Magisterial) tras ser arrojados por el fujimorismo de importantes universidades publicas, como San Marcos. La participación de Olmedo Auris y otros ex dirigentes magisteriales en el Acuerdo Nacional (Negación de la lucha de contrarios) nos dice que si la lucha de clases fue el método para entender la dinámica de la sociedad y su desarrollo histórico, hoy simple y llanamente no lo es. Patria Roja ha devenido entonces en un partido incorporado al stablisment, no pretende cambiarla porque para ello tendría que retornar a sus bases filosóficas e ideológicas.
No resulta extraño que ahora invoque defender la institucionalidad en el único sindicato que le brinda cobertura, el SUTEP, a la vez la organización mas golpeada por la ofensiva neoliberal. Si importantes sectores del magisterio han cuestionado el predominio de Patria Roja es porque su viraje denota un abandono, por no decir un abandono explicito al proyecto socialista y no tienen lugar ya en el campo popular. Vista así las cosas, el mensaje de "unidad sindical" es solo una frase, sin contenido y sin perspectiva de poder, caro anhelo de la clase trabajadora y del pueblo en general.
CUATRO RAZONES PARA VOTAR POR LA LISTA 1 DEL FARM c. EDGAR TELLO AL SUTE 14 SECTOR
c. EDGAR TELLO AL SUTE 14 SECTOR
ESTE 28 DE DICIEMBRE MARCA EL 1, GARANTIA DE RENOVACION Y LUCHA POR LOS INTERES DEL MAGISTERIO SANJUANINO.
El FARM es un Frente Único en el cual convergen maestros y maestras de diferentes orientaciones ideológicas, políticas y religiosas unidos bajo el legitimo interés de defender los derechos de los trabajadores de la educación. El FARM no es un partido ni se subordina a los intereses de organización política alguna. El FARM es un espacio de convergencia y de encuentro democrático de los maestros y maestras sanjuaninos. En el FARM mandan los principios fundacionales del sindicalismo clasista que dieron lugar a la creación del SUTEP en el histórico Congreso Nacional del Cuzco de 1972, es decir, los intereses de clase de los trabajadores de la educación y la perspectiva histórica descrita por los Amautas José Carlos Mariategui, José Antonio Encinas, Jorge Basadre y German Caro Ríos de un nuevo Estado y una nueva sociedad que coloque al trabajador como gestor de la transformación del país y de una nueva educación publica, científica y democrática al servicio de las nuevas generaciones del pueblo peruano.
SEGUNDO: POR MAYOR PRESUPUESTO PARA EL SECTOR EDUCACION: 6% DEL PBI.
El FARM ha definido que el andamiaje legal promovido por el Estado en las ultimas décadas pretenden la privatización de la educación publica y la precarizacion de la fuerza laboral del magisterio, a través de la progresiva eliminación de la estabilidad laboral (Ley CPM), el congelamiento de las remuneraciones y pensiones, el desconocimiento de asignaciones y bonificaciones económicas sancionadas por la Ley Nro. 24029, L.P., etc.
Esta claro que la educación publica no es un tema prioritario para el Estado. En ese sentido, yéndose contra la corriente, el actual gobierno no ha logrado siquiera materializar la tan publicitada XII Política de Estado (Acceso Universal a una educación publica gratuita y de calidad) sancionada por el Acuerdo Nacional el 2002, de incrementar anualmente el 0.25% del Presupuesto del Sector Educación hasta alcanzar un monto global equivalente al 6% del PBI, pese al mediático crecimiento sostenido de la economía. Recientemente, se ha decidido, en cambio, incrementar el gasto armamentista y pasar por alto el cobro de la regalías mineras favoreciendo a las poderosas corporaciones petroleras, mineras, etc.
Estas decisiones políticas de Estado nos confirman que para la propuesta neoliberal, la educación no constituye un instrumento de progreso social, ni hablar de la salud y los seguros pensionarios de miles de ex docentes, lo cual lo agota como modelo de desarrollo en el país, con la consiguiente exclusión de grandes sectores de la población nacional, entre ellos el magisterio y sus familias. En el FARM tenemos claro que los responsables de la precarizacion de la educación publica y de la pauperización el magisterio lo son, sin duda, la derecha gobernante y sus partidos políticos, interesados por décadas en desaparecer nuestro sindicato. Señalamos igualmente como aliados de estos, a Patria Roja, seudo partido político de ”izquierda” participante y colaborador oficioso en la elaboración e implementación de la Ley CPM y responsable político del desmantelamiento e inmovilismo del SUTEP, convertido hoy en un cascaron sin organización, ni dirigentes, en miles de bases del país, por la burocratización del CEN y privilegiar su único interés: el férreo control de la DERRAMA MAGISTERIAL, EL BANCO DE PATRIA ROJA.
TERCERO: POR LA DEFENSA DE LA LEY DEL PROFESORADO. ABAJO LA LEY CPM. ANTIMAGISTERIAL Y PRECURSORA DE LA INESTABILIDAD LABORAL.
La Ley Nro. 29062, LCPM representa una punta de lanza contra los derechos laborales de magisterio peruano, esencialmente, la estabilidad laboral. En el fondo, constituye una negación de la Ley Nro. 24029 que, igualmente, consagra una carrera publica magisterial (ingreso, evaluación, ascenso de niveles, etc.), bonificaciones económicas (subsidios por preparación de clases, años de servicios, luto, etc.), incremento de remuneraciones en base al incremento del costo de vida, etc. Que los diferentes gobiernos han desconocido hasta el presente. Obviamente, esto jamás le ha convenido al Estado Neoliberal porque para la educación publica y las remuneraciones nunca ha habido caja. Al propugnar una remuneración diferenciada por niveles a los docentes incorporados a la Ley CPM lo que hace el Estado es negar un antiquísimo principio jurídico “A igual trabajo, igual remuneración” consagrando la desigualdad remunerativa de manera compulsiva cuya pretensión política de fondo apunta a generar desconcierto y división del magisterio. Demandamos la defensa de la Ley Nro. 24029, LP. en el contexto de un nuevo escenario de luchas que tiene su base en el reinicio de la Huelga Nacional Indefinida.
CUARTO: NUESTRAS DIFERENCIAS CON FUCMA – PATRIA ROJA.
Para el magisterio y los trabajadores en general esta claro que la democracia política, económica y social es una caro anhelo de los pueblos y naciones del mundo contra el modelo neoliberal explotador, hambreador y excluyente. La democracia no solo es garantía de participación democrática del pueblo sobre el Estado, es también acceso al desarrollo económico, laboral en beneficio de los mas débiles, los trabajadores. Durante años nuestro pueblo ha luchado contra dictaduras militares y seudo gobiernos civiles democráticos, recientemente Fujimori, quienes hicieron de la dictadura una forma de control político del Estado para enriquecerse en perjuicio de los intereses nacionales. El régimen de García Pérez sigue el mismo camino.
De manera que si algo provoca repudio generalizado es la conducta antidemocrática, el control férreo de las instituciones como propiedad privada, sin limites ni control alguno. He aquí algunas de nuestras diferencias:
1.- A TRAVES DEL CEN SUTEP, PATRIA ROJA HA CONVERTIDO A LA DERRAMA MAGISTERIAL EN LA FUENTE DE SU CUOTA DE PODER ECONOMICO, SIRVIENDOSE DE LOS MAGROS RECURSOS DEL MAGISTERIO PERUANO.
Por mas de 30 años Patria Roja controla el CEN SUTEP sin elecciones universales. Ningún maestro de base elige a los dirigentes del CEN SUTEP porque la democracia electoral solo existe en el discurso. Sin embargo, hablan de democracia hacia afuera, no hacia adentro. Quien a estas alturas niegue las elecciones universales y el control de las instituciones simplemente es porque se esta corrompiendo y pretende seguir viviendo de la gallina de los huevos de oro.
Que explica la conducta reaccionaria de Patria Roja en la elección del CEN y el férreo control partidario sobre la Derrama Magisterial ? Lea La Republica (pag. 31) del domingo 20.12.2009 y encontrara la respuesta. El CEN SUTEP dirigido por Patria Roja coloca 04 representantes en el Directorio de la Derrama Magisterial y 02 en el Consejo de Vigilancia, electos a espaldas del magisterio peruano. El Gerente General sigue siendo por elección a dedo el Prof. Salazar Pasache, ex – secretario general del SUTEP en los 80, cuyo nombre no aparece en la web de la Derrama Magisterial, menos cuanto ganan, por razones obvias. Nadie sabe en absoluto cuanto ganan estos seudo dirigentes. Eso es secreto que el propio Estado envidia.
Pero, si sabemos que PATRIA ROJA existe como organización partidaria languideciendo en el escenario político. Su ultima participación electoral (0.2 %) nos dice que el país, especialmente, los trabajadores los repudian porque representa solo sus intereses económicos, ajenos al pueblo peruano. Cuando decimos que la DERRAMA ES EL BANCO DE PATRIA ROJA, estos compañeros nos llaman “senderistas”, divisionistas, etc. sin prueba alguna porque no tienen argumento para negar lo innegable.
En el sector es harto conocido que conocidos dirigentes del FUCMA PATRIA ROJA tienen poderosas razones económicas para desatar su furia contra nosotros. La. c. Noemí Laynes (I.E. Toribio Seminario), conocida públicamente por agredir a un miembro del Comité Electoral y el hermano (COLOCA EL NOMBRE) del candidato del FUCMA PATRIA ROJA Amado Oliva tienen y han tenido relación laboral con la Derrama Magisterial. Se acuerdan de Esteban Suárez? Ex dirigente combativo del sector. Ahora sabemos que combatía para ganarse un puesto en la asesoria jurídica de esta institución y ganar una suma mensual considerable, pagado por los maestros. Esos son hechos concretos que nadie ignora. Lo decimos claramente son asalariados de la Derrama Magisterial.
2.-PATRIA ROJA HA ABDICADO PARA SEGUIR LUCHANDO POR LOS INTERESES CONCRETOS DEL MAGISTERIO PERUANO Y ES RESPONSABLE DE LA DESORGANIZACIÓN Y EL DEBILITAMIENTO DEL SUTEP A NIVEL NACIONAL.
Quienes colocan su interés en la gallina de los huevos de oro, jamás combatirán por los intereses concretos de los trabajadores. La realidad nos dice que allí donde Patria Roja ejerce influencia, los sindicatos han comenzado a desaparecer y los maestros los repudian por su probado oportunismo y conducta rompehuelgista en los últimos años. Se desviven en cambio por el control burocrático de los sectores. Allí donde han perdido elecciones universales, no dudan en montar sindicatos paralelos y pisoteando la voluntad electoral del magisterio son “reconocidos” por el SUTE LIMA, caso los sectores (SUTE IV SECTOR- Miraflores, Surquillo, San Borja y Surco; SUTE XII SECTOR, Comas y Carabaillo; SUTE XV SECTOR San Juan de Lurigancho; SUTE XVI SECTOR, Puente Piedra, Ancon y Santa Rosa, SUTE XIII SECTOR, Villa María y Villa el Salvador). Es decir controlan sectores no para dirigir la lucha del magisterio, sino para seguir controlando su participación en el Directorio de la Derrama Magisterial como lo demuestra la ultima publicación en el diario La Republica. (20.12.2009) Esa es la caricatura de democracia del sector político mas atrasado y corrupto enquistado por décadas en nuestro otrora glorioso SUTEP
Su abdicación a dirigir la lucha del magisterio es totalmente innegable y condenado por las bases en todo el país. La ultima Huelga Nacional del 2007 fue, sin duda, producto de las bases provincianas, tanto que García Pérez y los medios de comunicación a su servicio veían al CONARE SUTEP como el verdadero peligro para los fines de la aplicación de la nueva Ley de Carrera Magisterial y utilizaron su inmenso poder mediático para levantar el cuco del senderismo en la persona del c. Robert Huaynalaya, incluso destituyéndolo del servicio docente, porque mas domesticable era tener como “representante oficial” del magisterio a Luis Muñoz, fracasado Secretario General del CEN SUTEP, además “reconocido” por el gobierno, como si la legalidad del reconocimiento oficial sirviera realmente al magisterio peruano.
Este inmoral discurso, comparable solo con las practicas del fuji- montesinismo es el que ahora reproduce Patria Roja en sus volantes sin prueba alguna a falta de argumentos para enlodar a quienes desde el FARM hemos mantenido nuestra consecuencia, luchando por los intereses concretos del magisterio, incluso contra el propio COMITÉ ELECTORAL SECTORAL a quienes mediante un volante suscrito por el FUCMA (AMADO OLIVA) califica como pertenecientes a Sendero Luminoso.
Como se sabe la Huelga Nacional del 2007 definió dos campos en nuestra organización sindical, dos líneas de acción sindical. Por un lado, quienes asumían en el terreno de los hechos la lucha por la defensa de los sagrados intereses del magisterio peruano y, de otro lado, quienes convertidos en burócratas tuvieron que plegarse a la huelga y levantarla porque tenían la llamada “representación legal” que no le sirve de nada al magisterio. Saque Usted compañero sus propias conclusiones.
Durante años los miembros del CEN SUTEP han participado en diferentes comisiones (ACUERDO NACIONAL- Olmedo Auris Melgar, CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN- Cesar Barrera Bazan, PACTO SOCIAL DE COMPROMISOS RECIPROCOS – Luis Muñoz, Caridad Montes, PROYECTO EDUACTIVO NACIONAL-PEN, LEY 29062 DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN 28044, POLITICAS DE RACIONALIZACION DEL GASTO dizque para la mejora de la calidad suscrito por Luis Muñoz Caridad Montes, entre otras)
NO A LA CONVIVENCIA CON EL GOBIERNO APRA- CEN SUTEP (PATRIA ROJA)
ABAJO LA RECONVERSIÓN LABORAL PASAR DE MAESTROS A PERSONAL DE SERVICIO PROPUESTA DEL CEN DEL SUTEP
POR LA DEROGATORIA DE LA LEY 28044, 29062 DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL Y 28988 QUE DECLARA LA EDUCACIÓN SERVICIO PUBLICO
POR EL DESCONGELAMIENTO DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029
NOMBRAMIENTO DE CONTRATADOS DE ACUERDO A LA LEY DEL PROFESORADO 24029
VIVA EL PROCESO DE REORIENTACION Y RECONSTITUCIÓN DEL SUTE 14
ESTE 28 DE DICIEMBRE VOTA POR EL FARM Y MARCA EL N° 1
C. EDGAR TELLO MONTES SECRETARIO GENERAL SUTE 14
Fuente: farmsutepconosur
martes, 1 de diciembre de 2009
Formato de Demanda: Bonificación Especial 30% por preparación de clases y evaluación
ESTA BONIFICACION DEL 30% CORRESPONDE A PROFESORES NOMBRADOS (DOCENTES Y JERARQUICOS), CONTRATADOS, CESANTES Y JUBILADOS Y AUXILIARES DE EDUCACION:
RECOMENDACIONES PARA ADJUNTAR REQUISITOS:
A. PERSONAL NOMBRADO: ACTIVO, CESANTE Y AUXILIARES DE EDUCACION
- DNI
- RESOLUCION DE NOMBRAMIENTO
- TALON DE PAGO DE FEBRERO DE 1991 O EL PRIMER TALÓN DEL PRIMER MES DE TRABAJO DESPUES DE 1991 (ESTA BONIFICACION LA RECORTARON A PARTIR DE FEBRERO DE 1991, NO ANTES CON DS 051-91-PCM)
ULTIMO TALON DE PAGO A LA FECHA.
B. PERSONAL CONTRATADO
- DNI
- RESOLUCION O RESOLUCIONES DE CONTRATO DE CADA AÑO
- EL PRIMER TALÓN Y EL ÚLTIMO TALON DE PAGO POR CADA RESOLUCION DE CONTRAT0 ANUAL, Y SI FUERA MENSUAL, JUNTAR TODAS LA RESOLUCIONES POR AÑO Y SOLO DOS TALONES (1º Y ÚLTIMO)
(EL TECHO PARA PROFESORES Y AUXILIARES CONTRATADOS ES ABRIL DEL 2008, DESPUES DE ESTE MES LOS TRASPASARON A LEY 29062 DE CPM).
PROFESORES QUE TRABAJARON CONTRATADOS ANTES DE SER NOMBRADOS TENER EN CUENTA REQUISITOS A Y B, PARA QUE RECONOZCAN SU BONIFICACION DESDE EL PRIMER MES DE TRABAJO.
DERESE: Maestros jubilados denuncian estafa
Señalan que Derrama de Retirados del Sector Educación les hizo el cuento de la casa propia a más de 30 mil maestros.
Programa habitacional no se concretó, pero directivos de Derese gastaron S/. 310 mil.
Ulises Cantoral Huamani, Luis Carrasco Arenas, Teodomiro Rojas Sosa y Francisco Valles, son un grupo de ex docentes, sexagenarios, que laboraron por años en el sector público y que, hasta hace unos años atrás, pertenecieron a la base en Lima de la Derrama de Retirados del Sector Educación (Derese), organización, aseguran, de la que fueron expulsados ilegalmente tras denunciar irregularidades en el manejo de fondos por parte de la administración.
MACRO REGIÓN SUR CONTRA EL FRAUDE EN EL PROCESO DE NOMBRAMIENTO
Fuerza en el SUR
Mientras se acaba la segunfa fase de la farsa, se van comprando y falsificando documentos para engordar los expedientes por parte de "algunos" clasificados, mientras docentes perjudicados se desnudan como señal de reclamo. Mientras tanto el presidente regional hará llegar un pedido formal de nulidad del examen a más tardar el lunes. Todo esto en PUNO.
Ante las irregularidades presentadas en el examen (y principalmente un día antes, ya saben por qué), en CUSCO la Dirección Regional de Educación de anunció que suspenderá la segunda etapa del proceso de nombramiento.
En AREQUIPA, la dirigencia del Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (SUTEP) presentó un recurso de nulidad al proceso de nombramiento de la Carrera Pública Magisterial, empañado por denuncias sobre presuntos vicios.
En AYACUCHO convocarán a los maestros de dicha región a acatar un paro de 48 horas para los días 30 de noviembre y 1º de diciembre.
Ya ven el SUR está fuerte, ¿por qué no el norte?
Fuente: http://examen-cpm.blogspot.com/
OTRO ESCANDALO APRISTA: MINEDU REDUCE PUNTAJE DE UN DIA A OTRO A MAESTROS CONCURSANTES.
El día viernes 20 de noviembre numerosos docentes de diferentes lugares del país han denunciado en RPP que el MINEDU les ha reducido en solo 24 horas los puntajes obtenidos en el examen del ultimo domingo 15 del mes en curso. Docentes que habían alcanzado superar los 14 puntos ahora denuncian que se les ha reducido 2 puntos en sus calificaciones, quedando fuera de carrera.
//DEFENDER LA VIGENCIA IRRESTRICTA DE LA LEY Nro. 24029, LEY DEL PROFESORADO.//
ACERCA DEL COMUNICADO DEL CEN SUTEP (HELI OCAÑA ALEJOS) "SOBRE NOMBRAMIENTO DOCENTE"
Cuando no se tiene claro la naturaleza del andamiaje legal construido por los grupos de poder a partir de la Constitución Política golpista de 1993 y los mecanismos de control autoritario diseñados para desmontar los derechos laborales de los trabajadores, espec. del magisterio peruano, es que se llegan a conclusiones realmente lamentables como el vertido en el comunicado que suscribe la dirigente HELI OCAÑA ALEJO, miembro del CEN SUTEP, a raíz del concurso de nombramiento e incorporación de maestros a la Carrera Publica Magisterial.
Dicen "Estamos por la inaplicabilidad de la ley", pero líneas abajo señala que pretenden se suspenda el requisito de colegiación, solicitan la publicación completa de las plazas, entre otras demandas. Es decir, están en contra de la ley en el terreno de la teoría, pero en el terreno de los hechos piden que en el proceso de incorporación se materialicen determinados reclamos para que los concursantes puedan participar en mejores condiciones, etc. En verdad, quien entiende a estos señores que usurpan el CEN del SUTEP ?.
Cuando el enemigo estructura una estrategia legal (Ley Gral. de Educación, Ley de CPM, etc) cuyos fines persiguen desmontar los derechos laborales adquiridos bajo el imperio de la Constitución Política de 1979 y la Ley Nro. 24029, Ley del Profesorado., tales como estabilidad laboral, asignaciones económicas, subsidios, etc. lo políticamente lógico y razonable es que quienes representan a los trabajadores formulen como respuesta una estrategia de lucha organizada en el frente de masas para contrarrestar los fines y alcances de este nefasto paquete legal. Esta contradicción es una evidencia concreta de ese fenómeno social que llamamos lucha de clases. O, son los intereses del poder estatal, o, simple y llanamente, los intereses del magisterio peruano.
Desafortunadamente, la lucha de clases no admite otro espacio intermedio, respecto del cual haya otro espacio de concertación o negociación. Antonio Gramsci, uno de los mas importantes teóricos y a la vez organizador de las milicias antifascistas en Italia de Mussolini, decía que los trabajadores no necesitan dirigentes, sino esencialmente conciencia política de clase, esto es, el convencimiento de la legitimidad de sus derechos y de la perspectiva histórica de la clase en la lucha por el poder.
Que es lo que el magisterio tiene al frente en este periodo ? En las bases tenemos claro que frente a nosotros tenemos una solida estructura de poder político capitaneado por García Pérez, cabeza del Ejecutivo y mandamás del Congreso y de otras instituciones como las FF.AA., la PNP, el Ministerio Publico, el Tribunal Constitucional, los medios de comunicación, etc. Y harto dinero para pulverizar todo aquello que signifique derechos laborales.
Y los maestros y su organización sindical? He allí el problema. Si la conciencia política del magisterio nacional ha renunciado en los hechos a mantener los espacios, entiéndase derechos ganados durante décadas de lucha, es casi seguro que la clase en el poder no encontrara opositor alguno y terminara por afianzar su política anti magisterial y anti sindical.
CONTINUARA...
¡ALERTA PRIVATIZACION VIA MUNICIPALIZACION PRETENDE EXPANDIRSE A TODO EL PAIS y PASAR A LA ETAPA "EMPRESARIO ADOPTA UNA ESCUELA"!
SUTEP REGIONAL DE TACNA
¡ALERTA PRIVATIZACION VIA MUNICIPALIZACION PRETENDE EXPANDIRSE A TODO EL PAIS y PASAR A LA ETAPA "EMPRESARIO ADOPTA UNA ESCUELA"!
En las regiones donde se implementó el Plan piloto de municipalización el gobierno ha iniciado la transferencia de planillas sin presupuesto del personal docente, jerárquicos y administrativo a los municipios, atentando contra los derechos laborales de la ley del profesorado 24029, pasando estos profesores a tener la condición de trabajadores “municipales” dependientes de los alcaldes y sin sueldo seguro.
¡La situación es grave!
Este proceso será IRREVERSIBLE, por lo que debemos redoblar esfuerzos y persistir y conformar el Frente de Defensa de la Educación Pública con padres de familia y profesores del SUTEP. Debemos desenmascarar al gobierno y sus negras intenciones de PRIVATIZAR LA EDUCACION PUBLICA, arrancándole al pueblo un Derecho Fundamental.
En Tacna, no se implementó en ningún Distrito de la Región por la lucha de los padres de familia y pueblo en su conjunto convocados por la actual dirigencia del SUTEP REGIONAL. Sin embargo, debemos mantenernos organizados, alertas y vigilantes porque el 16 de octubre del 2009 en el debate organizado en la Pontificia Universidad Católica del Perú, el Ministerio de Educación anunció el final del Plan Piloto de Municipalización para ingresar a un proceso de EXPANSION que incorporará durante el presente año a 500 municipalidades más, de nuestro país.
En conclusión el gobierno está profundizando la aplicación del modelo imperialista neoliberal de PRIVATIZAR LA EDUCACION PUBLICA, deshacerse de ella, entregarla a los alcaldes, a los municipios que al no poder sostenerlas entregarán las IE en adopción a las empresas privadas este plan de adopción está aprobado por Resolución de Secretaría General Nº 0351-2006-ED publicado en el Diario El Peruano el 25 de mayo del 2006 para que los municipios en coordinación con las UGELs "Dinamicen y concreten la adopción de escuelas en su jurisdicción por las empresas privadas"
Así, este gobierno aprista anti popular y pro imperialista pretende arrancarle al pueblo el derecho fundamental a la Educación Pública. Los que antes aplaudían y aceptaban este Proceso de Municipalización, hoy se pronuncian en contra, porque los hechos han demostrado su esencia privatista y de recorte de derecho fundamental de la población peruana.Manuel Iguiñiz de Foro Educativo y ex vice ministro de educación consideró que es inviable el plan piloto de municipalización
Walter Zunini, Director Regional de Educación de Lambayeque, consideró que existe un desorden en la implementación del plan piloto "El gobierno central decidió que municipios inician el plan piloto sin previa evaluación de los aspectos positivos y negativos, además sin el análisis de cómo se ha llevado este proceso en los municipios, el gobierno ha pasado a la segunda fase buscando incorporar nuevas municipalidades" ¡Y ahora anuncia su próxima etapa de expansión!.
Ante la protesta y rechazo a este nefasto plan, el gobierno pretendiendo acallar y desmovilizar a los maestros el 17 de setiembre publicó en el Diario El Peruano el DS 201-2009-EF por el cual sólo financia o transfiere partidas a los municipios para el periodo de setiembre a diciembre del 2009. ¿Quién pagará el sueldo a estos profesores desde enero del 2010?Si aplican el plan de adopción de escuelas por el empresariado privado ¿También adoptarán los empresarios a los profesores de la Ley del Profesorado con 15, 20, 25 y hasta 30 años de servicio?.
Las bases clasistas del CONARE SUTEP debe redoblar su trabajo y con la lucha directa, y en los hechos hacer retroceder este negro plan de arrancarle al pueblo su derecho fundamental a la educación pública para mantener la opresión y explotación de nuestro pueblo.
miércoles, 18 de noviembre de 2009
Modelo de Demanda: Bonificación Especial 30% por preparación de clases y evaluación
RECOMENDACIONES PARA ADJUNTAR REQUISITOS:
A. PERSONAL NOMBRADO: ACTIVO, CESANTE Y AUXILIARES DE EDUCACION
- DNI
- RESOLUCION DE NOMBRAMIENTO
- TALON DE PAGO DE FEBRERO DE 1991 O EL PRIMER TALÓN DEL PRIMER MES DE TRABAJO DESPUES DE 1991 (ESTA BONIFICACION LA RECORTARON A PARTIR DE FEBRERO DE 1991, NO ANTES CON DS 051-91-PCM)
ULTIMO TALON DE PAGO A LA FECHA.
B. PERSONAL CONTRATADO
- DNI
- RESOLUCION O RESOLUCIONES DE CONTRATO DE CADA AÑO
- EL PRIMER TALÓN Y EL ÚLTIMO TALON DE PAGO POR CADA RESOLUCION DE CONTRAT0 ANUAL, Y SI FUERA MENSUAL, JUNTAR TODAS LA RESOLUCIONES POR AÑO Y SOLO DOS TALONES (1º Y ÚLTIMO)
(EL TECHO PARA PROFESORES Y AUXILIARES CONTRATADOS ES ABRIL DEL 2008, DESPUES DE ESTE MES LOS TRASPASARON A LEY 29062 DE CPM).
PROFESORES QUE TRABAJARON CONTRATADOS ANTES DE SER NOMBRADOS TENER EN CUENTA REQUISITOS A Y B, PARA QUE RECONOZCAN SU BONIFICACION DESDE EL PRIMER MES DE TRABAJO.
FORMATO DE DEMANDA:
SOLICITO: RECALCULO DE BONIFICACION POR 30% DE PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION
Sr. Lic.
DIRECTOR DE UGEL 04 - Comas - Puente Piedra
Yo, ________________________________________, peruano, identificado con DNI Nº ___________________con domicilio real en…………………………………….. del Distrito de Puente Piedra.
A Usted digo:
PETITORIO:
Que al amparo de artículo 107 de la Ley Nº 27444 , asimismo el art. 2 inc. 20 de la constitución del Estado que consagra el Derecho de Petición, solicito que la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% que actualmente percibo calculada sobre la base de la remuneración total permanente, me sea otorgado tomando como base de cálculo la remuneración total íntegra con retroactividad al mes de_________del año_________.
FUNDAMENTO DE HECHO:
1. El artículo 48 de la ley del Profesorado Nº 24029, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 25212 establece: “El profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total.
El personal Directivo y jerárquico, así como el personal docente de la Administración de la Educación, así como el personal docente de Educación Superior incluidos en la presente ley, perciben, además, una bonificación adicional por el desempeño del cargo y por la preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total”.
2. El artículo 210 del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado.
3. De las normas precitadas, de su análisis e interpretación jurídica se desprende que la bonificación especial por preparación de clases y evaluación que actualmente vengo percibiendo por DS Nº 051-91-PCM que calcula dicha bonificación sobre la Remuneración Total Permanente, no eran ni son de aplicación para el recurrente, porque lo que realmente corresponde es el cálculo de la bonificación en un monto del 30% de la remuneración total íntegra.
4. La Constitución Política del Perú en su artículo 138, segundo párrafo establece que en todo proceso al existir incompatibilidad entre la aplicación de una norma constitucional, como en este caso la Ley del Profesorado 24029 y su Modificatoria Ley 25212 y una norma legal como es el DS. Nº 051-91-PCM, debe preferirse la primera, debiendo preferirse la norma legal respecto de cualquier otra de rango inferior, por lo que las bonificaciones solicitadas deben calcularse conforme a lo dispuesto por la Ley del Profesorado Ley 24029, entonces tomando como base de cálculo la remuneración total íntegra.
5. La Constitución Política de 1979, al amparo de la cual se aprobaron las Leyes Nº 24029 y su modificatoria Nº 25212 no le otorgaba jerarquía de Ley ni mucho menos capacidad modificatoria sobre éstas a los Decretos Supremos Extraordinarios, expedidos con las facultades que señalaba el artículo 211.
6. Asimismo el carácter de extraordinario y transitorio del DS 051-91-PCM no resulta razonable con la prolongada vigencia que se le pretende atribuir, al persistir en la aplicación de la remuneración total permanente que suplanta a la remuneración total íntegra, lo que causa menoscabo en la remuneración del profesorado en general.
7. Debe considerarse la abundante y uniforme jurisprudencia emanada por el Tribunal Constitucional, que ampara favorablemente pretensiones basadas en los artículos 51 y 52 de la Ley 24029 y su Modificatoria Ley 25212, otorgándoles plena vigencia a dichos cuerpos legales, reconociendo como base de cálculo para el otorgamiento de los beneficios que contienen dichos artículos a la remuneración total íntegra.
8. por consiguiente es necesario que el pago tenga que hacerse conforme a ley y no en la forma como se viene haciendo, tanto más que de conformidad con el Art. 26 Inc. 2 de la constitución del Estado los derechos laborales son irrenunciables.
FUNDAMENTACION JURIDICA:
1. Artículo 48 de la Ley Nº 24029 Ley del Profesorado, Modificatoria Ley Nº 25212.
2. Artículo 210 del Decreto Supremo Nº 019-90-ED que es el Reglamento de la Ley del Profesorado.
3. Artículo 107 de la Ley Nº 27444 ley del Procedimiento Administrativo General.
4. Segundo párrafo del artículo 138 de la Constitución Política
5. Artículo 26 inciso 2 de la Constitución Política.
POR LO EXPUESTO:
Solicito a Ud. Se digne a acceder a mi solicitud, por ser de Ley
OTROSI DIGO:
Adjunto a la presente los siguientes documentos que sustentan mi petición:
1. Copia simple de mi DNI
2. Copia de la Resolución Directoral Nº _________________mediante la cual soy nombrado como docente a partir de _________________
3. Copia de mis boletas de pago en la que se demuestra que la bonificación por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% se viene otorgando incorrectamente.
__________________________________________________________
Comas, ___de _____________del 2009
SUTE XVI SECTOR(REPROGRAMACIÓN DE FECHA DEL II ENCUENTRO DEPORTIVO MAGISTERIAL;21 Y 28 DE NOVIEMBRE 2009)
SUTE XVI SECTOR
Ancon-Santa Rosa-Zapallal-Puente Piedra
BLOGSPOT:http://sute16sector.blogspot.com
RegistroMinisteriodeTrabajo :ROOSSP No.11336-09
PuentePiedra,13deNoviembre 2009.
COMPAÑERO(a)....................................................................................
Sec.General-Deleg.de Deporte del SUTE Base.
REF:II ENCUENTRO DEPORTIVO DE BASES CLASISTAS ,PROGRESISTAS Y DEMOCRÁTICAS “En defensa de la Educación Pública y Gratuita”
De nuestra especial consideración:
Nos es grato dirigirnos a Ud, y por su intermedio a su combativa Base,con la finalidad de expresarle el saludo clasista del COMITÉ EJECUTIVO DEL SUTE XVI SECTOR, Elegido en Elecciones Universales “un maestro un voto”el 03 de octubre del 2008,para manifestarle lo siguiente;
Que en reunión de Delegados de Deporte del SUTE XVI SECTOR, realizados el día Viernes 13 de Noviembre del presente se acordó lo siguiente:
1 -Reprogramar el II Encuentro Deportivo Magisterial año 2009,para las fecha
21 y 28 de Noviembre del presente de 12 del día a 6.30 pm en el Distrito de
Puente Piedra,por Motivos que los Maestros contratados participarán del
Llamado exámen de “Nombramiento”el domingo 15 de Noviembre,ya que
muchos de ellos son parte de los Equipos participantes.
2 -Ampliar como última fecha de Inscripción a los Equipos Deportivos partici
pantes en ambas disciplinas ,el día jueves 19 de Noviembre a las 7pm.
3 -Convocar a la Reunión de Delegados,para la elaboración del FIXTURE el
díaJueves 19 de Noviembre del presente a horas 7pm. En el local de la A.V.
Jose Galvez 212 al costado del local de los Bomberos a una cuadra de la
Plaza de Armas de Puente Piedra.
En este sentido el Cómite Ejecutivo del Sector XVI expresa las Disculpas del caso a todas los Maestros(as) y Bases participantes por la Reprogramación de fechas del II ENCUENTRO DEPORTIVO,teniendo la única intensión qué los únicos beneficiados tienen que ser los trabajadores en la Educación., y a la vez de mejorar dicho evento.
El Cómite Ejecutivo del SUTE XVI SECTOR invita a todos los Trabajadores de la Educación a participar del II ENCUENTRO DEPORTIVO MAGISTERIAL,los días 21 y 28 de Noviembre,donde tendremos la participación de Artistas populares de nuestro pueblo.
¡POR DEROGATORIA DE LA ESTAFADORA LEY DE C.P.M.29062!
¡POR DERECHO AL TRABAJO Y DEFENSA DE LOS MAESTROS CONTRATADOS!
SEC.GENERAL SUB.SECRETARIO SEC. DE DEPORTE
Tolentino Macurí Walter Matias Portugués Cesar Estibur Ore Victor
I.E.5173G.M.LL. I.E.2068J.M.A. I.E.3710.SAG.CORAZ.
lunes, 2 de noviembre de 2009
domingo, 1 de noviembre de 2009
MAESTRO AREQUIPEÑO CONQUISTA EN PODER JUDICIAL RECONOCIMIENTO DE BONIFICACION ESPECIAL
MAESTRO AREQUIPEÑO CONQUISTA EN PODER JUDICIAL RECONOCIMIENTO DE BONIFICACION ESPECIAL POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION EQUIVALENTE AL 30% DE LA REMUNERACION TOTAL.
Hace poco, el prof. ROMULO PUMA CURSE tras dura batalla judicial ha logrado que el Juzgado Civil de Arequipa (Exp. 2009-01109-0-101-JR-CI-10) le reconozca el pago de esta bonificación sancionado en el art. 48 de la Ley del Profesorado, Ley Nro. 24029 ordenándose a la UGEL AREQUIPA SUR el pago en efectivo de este legitimo derecho.
Este es un logro cuyo merito pertenece, sin duda, al mencionado maestro. Resulta inmoral que ahora los usurpadores del CEN SUTEP pretenda montarse de esta conquista laboral.
Este derecho fue consagrado mediante la Ley del Profesorado desde su promulgación en 1984 y ahora pretenden aparecer como los gestores de esta bonificación. No hicieron nada durante decadas para materializar este derecho y ahora que un colega con sus propios medios y recursos ha logrado esta victoria, el oportunismo ramplón de los usurpadores del CEN SUTEP pretende adueñarse de este gran logro.
// PERSISTIR EN LA LUCHA POR LA DEROGATORIA DE LA NEFASTA LEY 2906S LPCM //
Fuente: http://farmsutepconosur.blogspot.com/
MODELO PARA SOLICITAR EL PAGO DEL 30% DE PREPARACION DE CLASES
ESPECIAL POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION
SEÑOR DIRECTOR DE LA UGEL 04 – COMAS - PUENTE PIEDRA
Norma Medaly LIVIA ROJAS, identificada con DNI Nº 06942736, Profesora de Aula (30 horas pedagógicas) de la I.E. No.3088 VISTA LEGRE del distrito de Puente Piedra, ante usted me presento y digo:
PRIMERO: Que la UGEL 04 viene otorgando la cantidad de S/. 18.94 por concepto de BONIFICACION ESPECIAL POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION en base al 30% de la Remuneración Total, monto que contraviene el mandato imperativo contenido en el Art. 48 de la Ley Nro. 24029, Ley del Profesorado concordante con el Art. 210 del Nro. D.S. Nro. 019-90-ED, cuyo texto se glosa a continuación:
Art. 48: “El Profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total”.
Art. 210: “El profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración Total.”
Tales disposiciones concuerdan además con los Art. 51, 52, 53 y 54 del Dec. Leg. Nro. 276.
Cabe precisar que las referidas disposiciones tienen vigor por tanto son normas aplicables al presente petitorio.
SEGUNDO: Siendo así, SOLICITO a vuestro Despacho se sirva disponer a quien corresponda se sirva otorgar el pago del 30% DE LA BONIFICACION ESPECIAL POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION de la Remuneración Total desde la fecha que me corresponde ejerciendo la docencia.
TERCERO: Que, recientemente el 7mo. Juzgado Civil de la Corte Superior de Arequipa, en vía del Proceso Contencioso Administrativo, ha dictado sentencia (Exp. 2009-01109-0-401-JR-CI-10) disponiendo que la UGEL de AREQUIPA SUR debe cumplir con el pago del 30% DE LA BONIFICACION ESPECIAL POR PREPARACION DE CLASES Y EVALUACION de la Remuneración Total (equivalente a S/. 240.00) a favor del docente ROMULO PUMA CURSE, docente de la I.E. “Juan Pablo Viscardo y Guzmán”, distrito de Jacobo Hunter, Arequipa, decisión que se sujeta a lo establecido en las normas precitadas.
POR TANTO:
A Usted pido se sirva dar cumplimiento a la Ley.
OTROSIDIGO: Que, se adjuntan a la presente solicitud los siguientes documentos con los cuales sustento la presente:
- COPIA DE RD Nº 03964-2009 –DE FECHA 14.08.09 EXPEDIDA POR LA UGEL AREQUIPA SUR.
- Copia RD de nombramiento
- Copia de DNI
- Copia de boleta de pago (cuando inicio a laborar)
- Copia de boleta de pago (la ultima)
Norma Medaly LIVIA ROJAS
Nota: pueden solicitar los maestros cesantes, contratados y auxiliares de educación solo adjuntar su RD de su caso y las boletas de pago desde cuando inicio a trabajar y la ultima en función a la fecha de presentación del escrito
domingo, 18 de octubre de 2009
¿Cómo cobrar S/. 300 nuevos soles al mes por preparación de clases?
Estimados colegas, vean y escuchen atentamente los videos, los cuales nos dan las pautas necesarias para hacer realidad el cobro por bonificación de preparación de clases, previsto en la Ley del Profesorado. Dicho pago debe corresponder a un tercio del sueldo total, es decir, unos 300 nuevos soles por mes. Además, si logramos lo que ya logró un maestro de Arequipa, el Estado debería pagarnos las bonificaciones de los meses y años atrasados.
Fuente: Conare Sute Lima
viernes, 16 de octubre de 2009
GRAN FORUM MAGISTERIAL: LEGISLACION EDUACTIVA
SUTE XVI SECTOR
LUGAR:AV.JOSE GALVEZ 212 AL COSTADO DEL LOCAL DE LOS BOMBEROS,A UNA CUADRA DE LA PLAZA DE ARMAS DE PUENTE PIEDRA.
CUMPLIMIENTO DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029-25212
-ASIGNACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS:20,25,30 AÑOS DE SERVICIOS(profesores y profesoras)
-SUBSIDIO POR LUTO Y SEPELIO
-BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE CLASES EQUIVALENTE AL 30% DE LA REMUNERACIÓN TOTAL
SENTENCIAS QUE ACTUALMENTE MUCHOS MAESTROS SOBRE TODO DE PROVINCIAS OBTIENEN DEMANDAS A SU FAVOR ,ORGANIZADOS POR EL CONARE SUTEP
!ABAJO LA MUNICIPALIZACIÓN PRIVATIZADORA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA Y GRATUITA!
!POR DEROGATORIA DE LA ESTAFADORA LEY DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL Y LA ILEGAL DIRECTIVA DE RACIONALIZACIÓN N0.101!
II ENCUENTRO DEPORTIVO DE BASES CLASISTAS Y PROGRESISTAS 2009 DEL SUTE SECTOR XVI Y SECTORES DE LIMA
"POR UNA LÍNEA SINDICAL CLASISTA"
SUTE XVI SECTOR
Maestros y maestras VISITEN NUESTRO BLOGSPOT:
http://sute16sector.blogspot.com
Nuevo correo electronico:
conaresute16sector@hotmail.com
!abajo la municipalización privatizadora de la Educación Pública y Gratuita!
!Por derogatoria de la estafadora ley de Carrera Pública Magisterial y la Ilegal Directiva de Racionalización No.101!
!en defensa de los Derechos de los Maestros contratados y Desempleados!
!en defensa de los Derechos Fundamentales del Pueblo!
!en defensa de nuestro sindicato el Glorioso SUTEP!
!Por el II ENCUENTRO DEPORTIVO DE BASES CLASISTAS Y PROGRESISTAS 2009 DEL SUTE SECTOR XVI Y SECTORES DE LIMA EN PUENTE PIEDRA EN EL MES DE NOVIEMBRE!
domingo, 11 de octubre de 2009
ACUERDOS DE LA CONVENCIÓN SECTORIAL EXTRAORDINARIA
CONARE SUTE XII SECTOR
( COMAS – CARABAYLLO – STA. ROSA DE QUIVES )
¡Por la Reorientación y Reconstitución Clasista del SUTEP, desde las Bases hasta el CEN!
Local : Av. El Maestro Nº 121-2do piso (Frente a la I.E. “E.E.U.U.”)
Teléfono : 99078-3540.
Correo electrónico : SUTECONARE _XII_SECTOR@HOTMAIL.COM
Nos dirigimos a los maestros clasistas, democráticos y progresistas del SUTE XII SECTOR para hacerles llegar nuestro saludo de clase y hacer de su conocimiento que frente al fraude en las elecciones del XII sector (Lucio Castro, Maruja Leyzaquía, Franklin Miranda, Máximo León, secuestraron y quemaron ánforas luego se autodeclararon triunfadores de las elecciones) ocurrido el pasado viernes 25 de setiembre, la CONVENCIÓN SECTORIAL EXTRAORDINARIA DEL SUTE XII SECTOR realizada el día Viernes 02 de octubre desde las 6:00 pm. en el local del Vaso de Leche, con la participación orgánica y mayoritaria de los Secretarios Generales y Delegados debidamente acreditados de las Bases de Comas, Carabayllo y Sta. Rosa de Quives; donde la agenda se desarrolló en el marco de un debate democrático y alturado, los secretarios generales y delegados expresaron sus posiciones y sustentaron los acuerdos orgánicos y pronunciamientos de sus bases. De acuerdo a los Estatutos del SUTEP, la CONVENCIÓN SECTORIAL es la máxima instancia de decisión de un sector por lo que sus acuerdos adquieren carácter resolutivo y eleccionario.
ACUERDOS DE LA CONVENCIÓN SECTORIAL EXTRAORDINARIA
DEL SUTE XII SECTOR
1. RECHAZAR EL PROCESO ELECTORAL POR SER FRAUDULENTO, POR LO QUE SE ACUERDA LA NULIDAD DE LAS ELECCIONES REALIZADAS EL DÍA 25 DE SETIEMBRE.
3. VIGENCIA DEL COMITÉ EJECUTIVO SECTORIAL Y DE LA SECRETARIA GENERAL PROF. MAGALY PACO MANZANO HASTA LA REALIZACIÓN DE UN NUEVO PROCESO ELECTORAL.
4. CONFOPRMACIÓN DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LLEVAR A CABO NUEVAS ELECCIONES UNIVERSALES.
5. HACER DEL CONOCIMIENTO DE LAS INSTANCIAS DEL SUTEP Y DE LA UGEL 04 LOS ACUERDOS DE LA CONVENCIÓN, EXIGIR A LA UGEL SE ABSTENGA DE EMITIR RECONOCIMIENTO ALGUNO A LOS USURPADORES.
6. MOVILIZACIÓN DE LOS MAESTROS DEL SUTE XII SECTOR EN DEFENSA DE LA DIGNIDAD DEL MAGISTERIO Y EN RECHAZO AL SEUDO COMITÉ EJECUTIVO SECTORIAL IMPUESTO
Así mismo, en la Convención Sectorial Extraordinaria se conformó el COMITÉ ELECTORAL, que realizará un NUEVO PROCESO DE ELECCIONES UNIVERSALES limpias y transparentes.
Comité Electoral
Presidente : Prof. Pedro José Fernández G. - Base 3061 “Jorge Chávez”
Secretario : Prof. Luis Francisco Medrano Huamán - Base “Túpac Amaru”
Tesorero : Prof. Noe Celio Manuel – Base “San Felipe”
Vocal 1 : Prof. Lily Pérez Juzcamaita – Base 2022
Vocal 2 : Prof. Elvira Rodríguez S. – Base “José Martí”
MOVILIZACIÓN SECTORIAL
"LAS BASES YA LO SABEN SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS"
¡¡¡ POR NUEVAS ELECCIONES VERDADERAMENTE LIMPIAS Y TRANSPARENTES CON PRESENCIA DE TRANSPARENCIA, LA ONPE Y EL CNE SIN EXCLUIR A NINGÚN MAESTRO NI SUTE BASE,
UN MAESTRO UN VOTO !!!
¡ EN DEFENSA DE LA UNIDAD DE NUESTRO GLORIOSO SUTEP
EN TORNO A LOS PRINCIPIOS DEL SINDICALISMO CLASISTA y PROGRAMA DE LUCHA !
¡ ABAJO LOS USURPADORES DEL CEN DEL SUTEP !
¡ CONTRA EL SECTARISMO, LA PREPOTENCIA, AUTORITARISMO E IMPOSICIÓN DE UN ESPURIO COMITÉ EJECUTIVO SECTORIAL MEDIANTE FRAUDE ELECTORAL !
¡ LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN DIGNIFICA AL MAESTRO!
¡ NO AL FRAUDE ELECTORAL !
¡AFIRMAR LA DEMOCRACIA DIRECTA DE LAS BASES !
¡EL SUTE XII ES DE LAS BASES Y NO DE LOS CORRUPTOS !
¡VIVA LA REORIENTACIÓN Y RECONSTITUCIÓN CLASISTA DEL SUTEP DESDE LAS BASES HASTA EL CEN!
ESENCIA VENENOSA DE LA LEY Nº 29062
LOS MAESTROS DEBEMOS DENUNCIAR A AQUELLOS DIRECTORES QUE PRETENDER IMPONER ESTAS CAPACITACIONES A LOS DOCENTES.
Y ALGUNOS OTROS DIRECTORES SUTILMENTE DICEN NO TIENE NADA QUE VER CON LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL YA ESTAN AVISADOS COLEGAS MAESTROS.
CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL
La NCPM 29062 pretende embaucar a los maestros en general, de la siguiente manera:
SEXTA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA:
“Los profesores de la Ley del Profesorado Nº 24029 se encuentran comprendidos en los alcances de los artículos 28º y 65º de la presente Ley (29062)”. Nos vamos hasta el Articulo 28º: “Evaluación del desempeño del profesor: … es permanente… obligatorio… de dos tipos:
a) Ordinaria … cada tres años
b) Extraordinaria, para quienes desaprueban la evaluación de desempeño… al año siguiente. (hasta aquí no dice más, parece inofensivo); pero demos un salto al articulo 65º: “Termino de la relación laboral: c) No haber aprobado la evaluación de desempeño laboral en tres oportunidades…”. Resumimos con un ejemplo: hoy desaprobamos la ordinaria (1), el año 2010, en enero, desaprobamos la extraordinaria (2), la siguiente extraordinaria puede ser en el mismo año, si volvemos a desaprobar (3), nos retiran del magisterio sin posibilidad de reingreso.
Siguiendo con la misma malévola táctica. Véase el articulo 35º: Causales de suspensión: h): No presentarse a la evaluación de desempeño docente… Rematando su negra faena en el presente articulo 36º: “Causales de destitución: h) Reincidencia en faltas por las que recibió sanción de suspensión”. Es decir, si no asistimos a dos evaluaciones de desempeño, nos aplican estos dispositivos y nos despiden; y si asistimos estamos aceptando la NLCPM 29062, precisamente en los puntos que más le interesa al gobierno, por que el resto es pura cháchara.
Por lo tanto, maestros, sin necesidad de que nos inscribamos para el llamado concurso de incorporación, estos y otros Artículos de la NPCM 29062 y su madre Ley 28044, ilegales e inconstitucionales violatorias del articulo 103 de la constitución, ya de hecho están agrediendo (no es amenaza) nuestros derechos cumplidos.
Pero, el gobierno a sabiendas de esto se ve en la encrucijada de llamarla “Voluntaria”, para saldar o justificar ante y sobre todo el orden jurídico internacional: hacer pasar que los maestros por su propia voluntad la han consentido.
En este sentido, los maestros esclarecidos, están dando un paso hacia delante al no asistir ni a las capacitaciones ni menos a la inscripción, que parte de los principal, pero no es suficiente, es pertinente realizar acciones de mayor envergadura y necesaria y complementariamente se requiere neutralizar legalmente su propia ley, lo que ya se viene haciendo bajo la orientación firme del CONARE SUTEP, que a nivel general ha presentado su acción legal (DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD) AL Tribunal Constitucional (TC) exigiendo la derogatoria de la NLCPM (Nueva Ley de Carrera Publica Magisterial) 29062 y ACCIONES DE AMPARO contra la INAPLICABILIDAD DEL ARTICULADO ATENTATORIO CONTRA LOS DERECHOS CUMPLIDOS, de manera individual.
La actitud cómplice de los usurpadores del CEN del SUTEP, calla y avala en todos los idiomas esta realidad, haciendo un gran favor al gobierno, obstaculizando el trabajo justo y correcto que ha planteado el CONARE SUTEP en defensa de los derechos de los maestros en el marco de la Ley del Profesorado no participando en la implementación de la Ley 29062 exigiendo su derogatoria, defensa de la escuela publica rechazando la municipalización = privatización de la educación y defensa de nuestro glorioso SUTEP.
Incluso exprofesamente el “nuevo” pseudo secretario general del CEN del SUTEP ha bajado a las bases a plantear que las “CAPACITACIONES” no son vinculantes a la NLCPM 29062, para (igual que Caridad Montes, en las evaluaciones censales) empujar a que los maestros asistan a dichas “capacitaciones”.
En tal sentido corresponde recordar a los maestros lo que señala el articulo 56° de la Ley de Educación 28044, madre de la NLCPM 29062: Al maestro… le corresponde (literal h) “…asistir a las capacitaciones que son prerrequisito a las evaluaciones..”
Por tanto, estamos avisados nada con los TRAFICANTES DEL SUTEP Y SU CUPULA TRAIDORA DEL CEN DEL SUTEP, que bajo el pretexto de lo “orgánico” (que el gobierno aplaude) y la “unidad” de lobos y corderos (sin principios), que son los “argumentos” de que se valen para liquidar los Derechos del Magisterio.
(TRAICION DE LA HUELGA DEL 2007)
¡DEFENDER LA ESCUELA PUBLICA, DERECHO DE LOS HIJOS DEL PUEBLO!
¡FRACASO DE LA INCORPORACION A LA RETROACTIVA E INCONSTITUCIONAL CPM 29062, TRIUNFO DE LAS BASES!
¡ABAJO LA EVALUACION DEL DESEMPEÑO LABORAL EN EL MARCO DE LA LEY 29062 DE CPM!
¡EVALUACION DEL DESEMPEÑO LABORAL: SI; PERO EN EL MARCO DE LA LEY DEL PROFESORADO 24029!
¡ABAJO LA RECONVERSION LABORAL=PROPOSITIVO!
(PASAR DE MAESTROS A PERSONAL ADMINISTRATIVO O DE SERVICIO, PROPUESTA DE LOS USURPADORES DEL CEN DEL SUTEP)
NO PARTCIPAR EN LAS CAPACITACIONES DEL PRONACAF
VIVA EL PARO DE 48 HORAS
(Miércoles y Jueves de Octubre: EN FUNCION A LA FECHA DE LA EVALUACION DEL DESEMPEÑO LABORAL DEL MED)
¡PREPARAR LA HUELGA NACIONAL INDEFINIDA!
Fuente: http://farmsutepconosur.blogspot.com/
lunes, 5 de octubre de 2009
lunes, 28 de septiembre de 2009
DENUNCIA PARA TENER EN CUENTA.
“SI LOS PERROS LADRAN ES SEÑAL QUE AVANZAMOS, SI EL ENEMIGO NOS PINTA DE NEGRO ES BUENO, SEÑAL QUE HEMOS DESLINDADO CAMPOS”