miércoles, 15 de septiembre de 2010

COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ (CPPe): OTRO VORAZ APETITO DE PATRIA ROJA (FRAGMA)



El deseo desenfrenado echado a correr detrás de un propósito, hace que uno muchas veces pierda la ecuanimidad y se vea obligado a tragarse cuantiosos sapos sin el más mínimo gesto de asco. Esto es lo que refleja una vez más Patria Roja al querer hacerse del Colegio de Profesores del Perú (CPPe).

Este partido político, experto en camuflaje, en esta ocasión se ha puesto el rótulo de FRAGMA (Frente Amplio Gremial Magisterial y postula con la lista 3) ; y con este forro quiere pasar piola en el proceso eleccionario magisterial que ha de ejecutarse este 12 de setiembre.

Aquí algunos de los sapos que sin empacho alguno se está tragando Patria Roja, con tal de timar una vez más la voluntad del magisterio nacional:
La cúpula del SUTEP (o sea Patria Roja = FRAGMA) siempre desconoció al actual decano del CPPe, Carlos Gallardo, y proclamaba a todo pulmón a Soledad Lozano como decana; sin embargo, a la hora de convocar a elecciones para la renovación, abandonó el grito estridente de “Soledad Lozano, decana”, y reconoció el proceso convocado por Gallardo. ¿Y Soledad Lozano por qué no convocó a elecciones? Por la simple razón que nunca fue decana. Y ello confirma que los más de tres años en que actuaron en paralelo con su “decana” Soledad, sólo tuvo como fin bloquear el trabajo del legítimo decano.


Patria Roja y la lista Nº 3, en su campaña al CPPe, sin una pizca de rubor, vienen agitando la consigna de ¡Un maestro, un voto! Cuando es justamente esta bandera la que siempre despreciaron ¡Cómo han cambiado pelonas…! Este sapo sí que les está haciendo blanquear los ojos, ¿no? ¿Y por qué no la ejercitan al renovar las dirigencias del SUTEP?


No al continuismo en el CPPe, dicen éstos chicos. O sea: no al continuismo en el CPPe, de sólo tres años de vida institucional, y donde ellos no son dirigentes; pero sí al continuismo en las dirigencias del SUTEP donde Patria Roja está más de 35 años. ¿Qué hilarante, no?


Otra de sus banderas es: por un colegio democrático, autónomo y al servicio del magisterio. Qué irónico. Cuando esta cúpula conduce a su sindicato por más de 35 años, en forma antidemocrática; privilegiando, además, sus intereses políticos partidarios.


Nos dicen que, de llegar al colegio, someterán a consulta para determinar el aporte de los colegiados. ¿Y, acaso, los de Patria Roja (Fragma) sometieron a consulta democrática el monto que descuenta la Derrama Magisterial (Acaso consultaron la indexación de los aportes a la UIT), así como la elección de los miembros de su directorio?


Por último, dicen que la conformación y respaldo a la lista Nº 3 es un acuerdo de gremio; como si las otras listas fueran ajenas al magisterio. ¿Pero qué chanfaina es ésta? El SUTEP como tal no puede presentar lista al CPPe, porque en las otras listas también hay integrantes que son del SUTEP; y éstos tienen que luchar contra su propio gremio, dado que su dirigencia patrocina a una determinada lista. Esto se llama manipulación. Que Patria Roja saque sus pies de la contienda y que los maestros libremente elijan a su nuevo decano.

Fuente: Sute Huaycán/Colaboración de Dante Cruz Rodríguez

viernes, 10 de septiembre de 2010

PROPUESTAS DEL FREDUM Y MAESTRO POR EL CAMBIO REPRESENTADO CON EL MAESTRO PEDRO JULIO ARMACANQUI


PATRIA ROJA=FRAGMA=MNI, EMPIEZAN A DESESPERARSE ANTE EVIDENTE DERROTA DE LA LISTA Nº 3 EN ELECCIONES PARA EL COLEGIO DE PROFESORES


Una vez más queda evidenciado que Patria Roja - Fragma le tiene miedo a las elecciones universales, pues cuando no controla el Comite Electoral todo es fraudulento e irregular lleno de vicios; es decir sólo ellos son los únicos perfectos que hacen "bien las cosas", sino recordemos en los sectores que tienen el control del Sute y Comité Electoral. Cuando pierden hacen fraude, desconocen, paralelizan y dividen el sindicato como los casos del sute IV sector, Sute XII, Sute XIII, Sute XV, Sute XVI entre otros a nivel nacional.


En este proceso electoral la lista Nº 3, patrocinada y financiada por Patria Roja-MNI- FRAGMA, viene haciendo un derroche de recursos, pues con el dinero de los maestros aportantes a la DERRAMA MAGISTERIAL solventan los gastos de la millonaria campaña; por consiguiente, el repudio de los maestros a este grupete de parásitos del Fragma es evidente, por lo tanto sólo les queda desprestigiar al Comité Electoral del CPPe para justificar su derrota anunciada.



Los maestros del sector 17 estamos en el deber de denunciar a los arribistas que candidatean para el CPPe, en especial nos referimos al oportunista David Palomino Mallqui, integrante de la lista Nº 2, pues no debemos olvidar que cuando fue Secretario General del 9º Sector trabajó de la mano con su compañero de aventura, el actual Secretario del mencionado sector, Joe Ricci, para paralelizar a nuestro sector y aliarse con la fenecida Coordinadora Magisterial, alentada y patrocinada por el CEN-Patria Roja-MNI. Su pretensión de desconocer a los legítimos dirigentes elegidos en elecciones democráticas y su fracaso al tratar de hacer una elección fraudulenta, con sus “ánforas rodantes”, así como el rechazo de la bases, liquidó sus pretensiones de controlar nuestro sector.



LISTA Nº 1: FREDUM Y MAESTROS POR EL CAMBIO

http://mpcmaestrosporelcambio.blogspot.com/



LISTA Nº 2: UNIDAD MAGISTERIAL

http://umaperu.org/index.php/



LISTA Nº 3: FRAGMA-PATRIA ROJALista 3 FRAGMA:


Fuente: SUTE 17 SECTOR

DESEPERACIÓN APRISTA POR RECHAZO DE LOS MAESTROS A INCORPORARSE A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL


De manera desesperada el gobierno aprista a convocado a cuatro exámenes para incorporar docentes a la ley Nº 29062, los que se efectuarán en no más de cuatro meses continuos.(Del 27 de Junio a 22 de Octubre de 2010).


A la fecha se han administrado tres exámenes: La del 27 de Junio, 8 y 22 de Agosto. Las dos primeras, dirigidas a captar a quienes se encuentran en la Ley del Profesorado Nº 24029 y la última, a docentes contratados y/o desocupados.


Falta aún el examen de incorporación programado para el mes de Octubre, nuevamente dirigido a quienes estén regulados por la Ley Nº 24029.


¿Qué se desprende de todo esto? La inocultable obsesión de incrementar la escasa proporción de maestros captados de la Ley 24029, que sumados a los docentes que por primera vez inician carrera magisterial sean significativas, y dar la sensación ante sus amos, llámese BM, FMI, etc, de estar cumpliendo de algún modo con las metas impuestas por éstos.


El afán desmedido por debilitar la Ley Nº 24029 ha generado al interior del SUTEP, dos reacciones opuestas entre sí. Una, de resistencia firme, plasmada en la combinación de lucha directa y jurídica, que de no haber surgido desavenencias en su dirección hubiese desembocado en huelga general indefinida. Nos estamos refiriendo a las bases del SUTEP, organizadas en el CONARE.


La otra postura, es la siempre conocida posición del usurpador CEN (Patria Roja), del doble lenguaje, que en ocasiones se pronuncia por la defensa de la ley 24029 y en otras proclama, por una Ley de carrera publica renovada, dice defender la estabilidad laboral, pero al mismo tiempo plantea la reconversión laboral, mismo lenguaje de los neoliberales; dicen luchar por la derogatoria de la ley 29062, pero realizan seminarios de capacitación docente en todas las regiones y sectores que controlan burocráticamente, exclusivo para preparar nombramiento e incorporación a la ley 29062. Es decir honran su compromiso de convivencia con el régimen, como antes lo hicieron, por eso es que quienes califican al partido de Patria Roja que controla el CEN, de formar parte del engranaje neoliberal, no se equivocan.


Ciertamente, urge en el CONARE, entender de una vez por todas: Desechar todo vestigio de sectarismo, infantilismo, de creerse los iluminados y dueños de la verdad, de confundir instancias que tienen objetivos diferentes, de persistir en la confrontación de ideas con altura, de mostrar voluntad de diálogo en un único espacio la del CONARE, deponiendo ambiciones sea personales o de grupo. Si para ello hay que recurrir sacrificar “imposibles” habrá que hacerlo. Las bases, han mostrado bastante tolerancia con los responsable de haber paralizado momentáneamente el proceso de reconstitución del SUTEP. Es hora de revertir los errores en que hemos incurrido.

Fuente: Conare Sute Lima.

DECRETOS LEGISLATIVOS BUSCAN IMPUNIDAD EN DERECHOS HUMANOS Y CRIMINALIZAN MÁS LA PROTESTA SOCIAL


En conferencia de prensa realizada en el local de la CNDDHH, los organismos de derechos humanos expresaron su rechazo a los decretos legislativos recientemente aprobados por el Ejecutivo que criminalizan aún más la protesta social y buscan impunidad en casos de violaciones de derechos humanos.


Representantes de los organismos alertaron sobre las implicancias que ya están teniendo estos decretos legislativos. Precisamente hoy, el abogado del general Noriega, implicado en el caso de Mariela Barreto, pidió el archivamiento del caso basándose en los respectivos decretos. Además, señalaron que estos decretos podrían, en el escenario más próximo, absolver y poner en libertad a Santiago Martin Rivas, al igual que podrían servir como andamiaje para poner en libertad al ex presidente Alberto Fujimori.


VER:


Procesados que se benefician con libertad o sobreseimientos
Casos mas saltantes de graves violaciones a derechos humanos en proceso


Los organismos de derechos humanos expresaron públicamente su rechazo a gran parte del contenido de los decretos legislativos aprobados por el Ejecutivo por las razones siguientes:



Sobre el decreto legislativo Nº 1097


1. Respecto al decreto legislativo Nº 1097, referido a la aplicación de normas procesales por delitos que implican violaciones de derechos humanos, resulta inaceptable que la Primera Disposición Complementaria y Final señale que la convención internacional sobre la imprescriptibilidad de los crímenes contra los derechos humanos sólo surte efecto recién a partir de noviembre del 2003, contradiciendo así sentencias de la Corte Interamericana de derechos humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta, la sentencia de la Corte Suprema en el caso de Alberto Fujimori y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la materia, en el caso Villegas Namuche, entre otros.Sin duda constituye un serio retroceso que va en contra de la Convención americana y que pretende la impunidad de graves violaciones de derechos humanos perpetradas durante el conflicto armado interno en las décadas de los ochenta y noventa en el Perú. Inclusive, esta norma podría terminar beneficiando a los terroristas que perpetraron crímenes de lesa humanidad.


2. Por otro lado, el decreto legislativo Nº 1097, adelanta la aplicación de algunos artículos del nuevo Código Procesal Penal, con un afán supuestamente garantista, pero que en el fondo lo que pretende es beneficiar indebidamente a personal militar y policial acusado de crímenes contra los derechos humanos, afectando seriamente la igualdad ante la ley consagrada en el artículo 2.2º de la Constitución, pues son beneficios concedidos con nombre propio a un grupo determinado a pesar de la gravedad de los crímenes perpetrados.


Por ejemplo, en virtud de esta nueva norma, los militares o policías acusados de violaciones de derechos humanos podrán cumplir arresto domiciliario en “instalaciones militares o policiales”, esto es, no sólo cuarteles sino hasta centros recreacionales de las fuerzas armadas o la policía nacional. Asimismo, se aplica el plazo máximo de 36 meses de detención previsto en el antiguo Código procesal penal, sin tomar en cuenta la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Constitucional que consideró válido extender dicho plazo más allá de los 36 meses en el caso de delitos complejos como lo son, evidentemente, los crímenes de derechos humanos.



Sobre el decreto legislativo Nº 1095


3. En relación al decreto legislativo Nº 1095, referido a reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las fuerzas armadas en el territorio nacional, preocupa la definición contenida en el artículo 3.f) sobre “grupo hostil”, pues es tan amplia que podría ser instrumentalizada para criminalizar aún más algunas protestas sociales, específicamente, las protestas de los pueblos indígenas.


4. A su vez, resulta inaceptable la modificación del artículo 27º de este decreto legislativo Nº 1095, en comparación con el artículo 13º de la derogada ley Nº 29166 y con los proyectos de ley sobre la materia consensuados en el seno de la Comisión Nacional de derecho internacional humanitario (Conadih), que hacían referencia exclusivamente a los “delitos de función” cometidos por personal militar. En cambio ahora, el referido artículo 27º se refiere genéricamente a “conductas ilícitas atribuibles al personal militar”, en una clara intención de abarcar los delitos comunes que pudiera cometer el personal militar en el marco de esta norma.


Cabe señalar, que este cuestionable artículo 27º remite al personal militar al fuero militar policial, con lo cual, la intención sería extender la competencia de este fuero al juzgamiento de delitos comunes, lo que constituiría una grave afectación a la Constitución y la Convención americana.



Sobre el decreto legislativo Nº 1094


5. En el caso del decreto legislativo Nº 1094, que aprueba un nuevo e innecesario Código penal militar policial, es muy grave que se haya vuelto a incorporar y tipificar supuestos de delito de función que en el año 2006 fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional y expulsados del ordenamiento jurídico.


En efecto, el nuevo Código penal militar policial tipifica los delitos contra operaciones humanitarias (artículo 95º), de utilización indebida de signos protectores (artículo 96º), daños extensos y graves al medio ambiente natural (artículo 97º) y delito contra las personas protegidas por el derecho internacional humanitario (artículo 88º y ss.), que fueron declarados inconstitucionales y expulsados del ordenamientos por la sentencia de fecha 15 de diciembre del 2006 recaída en el Expediente Nº 0012-2006-PI/TC.


De esta manera, queda en evidencia que fue tan sólo un pretexto la justificación para la delegación de funciones legislativas aprobada por la Ley Nº 29548, que mencionaba la necesidad de adecuar este código a lo dispuesto por la jurisprudencia del TC; justificación que inclusive fue esgrimida públicamente por el presidente del tribunal supremo de justicia militar.



Sobre el decreto legislativo Nº 1096


6. En el caso del decreto legislativo Nº 1096, que modifica la ley de organización y funciones del fuero militar policial Ley Nº 29182, e Gobierno reitera un modelo de organización de la justicia militar policial contrario a lo desarrollado por la jurisprudencia de la Comisión y la Corte interamericanas sobre la materia.


Inclusive, este decreto legislativo es muestra de la grave inconsistencia de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente 00001-2009-PI/TC que a fines de diciembre del año 2009, sostuvo que los jueces y fiscales militares podían ser —a la vez— oficiales en situación de actividad, sin restricción alguna.


En cambio ahora, la norma en referencia establece que tanto el tribunal supremo de justicia militar policial como el consejo ejecutivo del fuero militar policial, tendrán una composición mixta de oficiales en retiro y en actividad.

Fuente: arte-nuevo.blogspot

DECRETO 1097: EL NUEVO TÚNEL A LA IMPUNIDAD



Miserables: El gobierno de Alan García pretende total impunidad para los acusados de cometer violaciones de derechos humanos


Plan maestro para la impunidad: el gobierno de García acaba de promulgar una serie de decretos ley (1094, 1095, 1096, 1097) que, dicho sucintamente, pretenden que las violaciones a los derechos humanos que fueron cometidas por el Estado durante 1980 y 2000 (los años de la guerra) tengan un plazo de prescripción, abriendo via libre para la impunidad máxima. La estrategia estaba cantada, la premura en promulgar estos decretos que no solo agreden la jurisdicción del Tribunal Constitucional, sino que buscan de forma vergonzosa y ruin el archivamiento sistemático de un gran número de casos no resueltos por violaciones de derechos humanos, muchas de ellas ejecutadas --obviamente-- durante el primer gobierno de García (1985-1990) pero también durante la dictadura de Fujimori-Montesinos, como las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta (ver el títular en el post anterior).

Jugada maestra ciertamente del aprismo y del fujimorismo coludidos casi coreográficamente. La movida magistral de esta acción fue la inaudita entrega de facultades legislativas en materia procesal al Poder Ejecutivo, que acaba de legislar, por la puerta de atrás, estos decretos a todas luces inconstitucionales (como el DL 1097). Otro detalle más: quien lo impulsó fue precisamente el fujimorista Rolando Sousa, quien presidía la Comisión de Justicia. Y como lo indicó el congresista Daniel Abugattás, Sousa es nada más y nada menos quien comparte un estudio de abogados con César Nakazaki (estudio Sousa & Nakazaki) que defiende a decenas de militares procesadores por violación de derechos humanos (y también a Fujimori) que serán beneficiados de forma directa. Pero al margen de la posible corrupción -que ya es pan de cada día-, lo alarmante y escandaloso de estos decretos es la manera miserable en la cual se busca limpiar la responsabilidad de los mandos del Estado, burlándose de la memoria irresuelta de miles de desaparecidos y víctimas de la violencia ilegal militar durante el conflicto.

Leyes que pueden desatar un efecto dominó de impunidad: no casualmente ya el mismo viernes, el ex jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINTE), general Juan Rivero Lazo, solicitó acogerse al DL 1097 para el archivamiento del proceso judicial en el caso de Barrios Altos. Nada mejor que aprovechar la atención mediática sobre las elecciones municipales para este aberrante proceso de lavado de manos, presidida por el Ministro Rafael Rey.


Reproduzco información sobre ello. Un primer artículo (en Ideeleradio) de hace algunos días atrás -anterior a la promulgación de estos decretos- donde un acertado Salomon Lerner Febres, ex presidente de la CVR, pedía estar atentos a esta última etapa del régimen aprista y su posible intención (hoy confirmada) de dar amnistía en favor de militares. Una segunda nota con el pronunciamiento de la Coordinadora Nacional de los Derechos Humanos sobre las implicancias de la promulgación de estos derechos. Y un tercer artículo publicado hoy en La República ya sobre el primer intento de archivar casos de violación de derechos humanos.


ES URGENTE UNA MOVILIZACIÓN. QUE NO PASE LA IMPUNIDAD Y EL INCONSTITUCIONAL DL.1097 QUE QUIERE LIMPIAR A LOS RESPONSABLES DE LA VIOLENCIA ILEGAL POR PARTE DEL ESTADO.


Fuente: http://arte-nuevo.blogspot.com/

jueves, 9 de septiembre de 2010

ESTE ES EL FRAGMA=PATRIA ROJA ---CARIDAD MONTES Y SU SUEÑO CUMPLIDO --- ULTIMOS DIAS ACUDA A DERRAMA MAGISTERIAL Y HAGA COMO CARIDAD MONTES










Ex secretaria Gral. del CEN SUTEP (PATRIA ROJA-FRAGMA) adquiere propiedad valorizada en la suma de US $ 187.038.00 en Tacna (Ver Partida registral Nº 11008834).





AHORA





Pretenden capturar el CPPe, enfeudarse y seguir medrando de los recursos del magisterio peruano, como lo hacen con los fondos de la DERRAMA MAGISTERIAL.





NO PERMITAMOS QUE LA COSTRA MAFIOSA DE PATRIA ROJA (FRAGMA) SE ENCAPSULE POR DECADAS EN EL CPPe.

CONTRA LA EMBESTIDA CORRUPTA DEL FRAGMA (PATRIA ROJA).

FUENTE: SUTE IV SECTOR