El pleno del Congreso aprobó hoy la ley que prohíbe condicionar la evaluación de los alumnos, así como la asistencia a clases, al pago de las pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades y escuelas de postgrado públicas y privadas.
La norma precisa que las instituciones educativas pueden retener los certificados correspondientes al periodo no pagado siempre que haya informado adecuadamente de esto a los usuarios al momento de la matrícula.
Asimismo, se señala que los alumnos serán matriculados en el próximo ciclo, sólo si cancela la deuda pendiente.
De acuerdo a la ley aprobada, no se podrá condicionar la rendición de evaluaciones del ciclo lectivo a alumnos que estén desempeñándose como deportistas calificados de alto nivel; a la asistencia presencial a clases que colisionen con las horas de entrenamiento; o con eventos deportivos acreditados por el Instituto Peruano del Deporte (IPD).
También se prohíbe las prácticas intimidatorias para el cobro de pensiones en estas instituciones educativas y se establece sanciones contra quienes incumplen lo planteado en la norma.
El presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Daniel Mora Zevallos (GPPP), sustentó la propuesta en la protección a la economía familiar respecto al pago de pensiones en institutos, universidades y escuelas de postgrado.
El texto fue aprobado por 66 votos a favor, cuatro abstenciones y fue exonerado del trámite de la segunda votación.
Por otro lado, el Pleno del Congreso aprobó también la ley que establece un archivo administrativo unificado para el registro y la propiedad de las comunidades nativas, que dependerá del Ministerio de Cultura, el que deberá actualizarlo en forma permanente.
El proyecto fue sustentado por el vicepresidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, Eduardo Nayap, quien destacó la importancia de contar con información unificada respecto a las comunidades nativas para poder adoptar adecuadas políticas de desarrollo de la zona.
Este archivo estará a disposición de autoridades y comunidades nativas y contará con el apoyo para su actualización por entidades que generen o administren dicha información como las direcciones regionales del Ministerio de Agricultura, los Registros Públicos y los gobiernos regionales.
Durante la sesión, también se aprobó la ley que establece nuevos plazos para el ejercicio del derecho de adquisición preferente, por parte de los trabajadores azucareros, de las acciones del Estado en empresas agrarias azucareras, y para actualizar el cronograma de pagos.
Fuente: Andina
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