PRONAFCAP: ESTRATEGIA SUTIL Y PSICOLOGICA PARA QUEBRAR AL MAGISTERIO PRINCIPALMENTE LIMEÑO E IMPONER LA IMPLEMENTACIÓN Y APLICACIÓN DE LA NUEVA LEY 29062 DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL LLEVANDOLOS CON ENGAÑOS.
¿Por qué EL GOBIERNO ACTUAL INSISTE EN CAMBIARNOS DE REGIMEN LABORAL IMPONIENDONOS LA LEY 29062 DE CPM A LOS MAESTROS NOMBRADOS CON LA LEY 24029 LEY DEL PROFESORADO?
Por que es política de estado flexibilizar la relación laboral, eliminando los derechos de los trabajadores, maestros, etc. Y privatizar los sectores de educación y salud entre otros; como parte DEL COMPROMISO DEL ESTADO PERUANO para cumplir las recomendaciones de los organismos internacionales llámese Consenso de Washington, Banco Mundial, FMI, BID entre otros.
¿Cuál ES LA RESPONSABILIDAD QUE HA ASUMIDO EL CEN DEL SUTEP ANTE LA RREMETIDA DEL ESTADO Y SU GOBIERNO DE TURNO ANTE LA APROBACIÓN Y PROMULGACION DE UN PAQUETE DE LEYES QUE VAN CONTRA EL MAGISTERIO NACIONAL QUE REGULAN UN NUEVO REGIMEN LABORAL?
Si bien es cierto el enemigo principal de los trabajadores y maestros es el Estado a través de sus gobiernos de turno, pero no podemos dejar de mencionar que LAMENTABLEMENTE Hay gran responsabilidad política sindical de la Cúpula mafiosa de Patria Roja =MNI que usurpa el CEN del SUTEP al haber tenido conocimiento pleno de todo este engranaje legal contra el magisterio nacional a través de su participación en los diferentes organismos de concertación y mesas de dialogo que lejos de luchar por la defensa de los derechos de los maestros han terminado por aceptar y ser coautores de la promulgación de las leyes en educación.
Aquí mencionamos el proceso de traición de los usurpadores del CEN del SUTEP:
En el año 2001 con R.S Nº 030-2001 Olmedo Auris en calidad de Secretario General del SUTEP participa del Acuerdo Nacional por la educación, Cesar Barrera Bazán en representación del SUTEP participa en el Consejo Nacional de Educación, Luis Muñoz, Caridad Montes, Soledad Lozano (hoy estas últimas candidatas al CPPe y CNM dizque en representación del SUTEP, será de Patria Roja=MNI) entre otros participan del Pacto Social de Compromisos Recíprocos y firman las actas de Racionalización con el MED afirmando que son para la mejora de la Calidad del Gasto en educación(actualmente a consecuencia de estas actas las UGELs están llenas de excedentes), Participación del SUTEP en el PEN, Ley General de Educación 28044, Ley 29062 de Carrera Publica Magisterial entre otros.
Como verán los maestros la cúpula mafiosa de Patria Roja =MNI enquistada en el CEN del SUTEP no le interesan los derechos de los maestros solo les interesan los cargos para negociar con el gobierno sus interese políticos partidarios coma la inscripción de su partido MNI=Patria Roja y le sigan dando el control dela Derrama Magisterial de ahí Uds. maestros podrán darse cuenta por que no quieren aplicar la Democracia sindical en la Elección de los dirigentes Nacionales, Regionales, Distritales, Sectoriales y de base peor aun si las bases plantean ELECCIONES UNIVERSALES UN MAESTRO UN VOTO les causa pánico y alarma, pero los maestros de base no debemos perder el horizonte y trabajar desde nuestras base para recuperar y devolverle la confianza y lo principal los principios primigenios y fundacionales de nuestro glorioso SUTEP.
Queda un ejemplo claro de lucha y consecuencia que nos dejaron los maestros de provincias organizados en el CONARE SUTEP quienes han dado la iniciativa de lucha con las Huelgas Nacionales del 2003, 2004, 2007 para hacer sentir que el magisterio todavía esta fuerte y organizado pero a Patria Roja solo le quedo entrar a las Huelgas Nacionales para apagarlas y traicionarlas para continuar su compromiso con el estado patrón y sus gobiernos de turno.
¿Cuáles son los pasos que viene realizando el estado peruano para ejecutar los compromisos con los organismos internacionales?
Haber promulgado la Ley General de Educación Nº 28044 base legal para sacar el paquete de leyes en educación que faciliten y precisen lo mecanismos para cambiar de régimen laboral a los trabajadores y docentes. Pues esta ley cambia el derecho de todo ciudadano a la educación pública y la reemplaza por servicio público, da paso a la participación de la empresa privada en la inversión de la escuela pública.
La ley 29062 de Carrera Pública Magisterial que elimina y desconoce lo derechos fundamentales del maestro como la estabilidad laboral, el debido proceso y derecho a la defensa, recorte de bonificaciones entre otros aspectos. Al pretender aplicar a los maestros de la Ley del Profesorado Nº 24029 (Nombrados) una ley de manera retroactiva contraviniendo el Art.103 de la Constitución Política del Perú.
La Municipalización de la educación es preparar las condiciones para privatizar la educación, prueba de ello es el traslado solamente de las funciones administrativas de las UGELs a los Municipios convirtiéndolo en una mesa de partes. La partida económica no es trasladada a los municipios por que el estado simplemente no es su interés invertir en educación mas bien es desatenderse de esta responsabilidad. Tendrán que buscar los mecanismos de financiar las escuelas públicas municipalizadas y la manera mas fácil es trasladándoles la responsabilidad al padre de familia quien al final tendrá que pagar una pensión si quiere que su hijo continúe estudiando. Los genios y especialistas en educación han reconocido el fracaso de este proyecto pero insisten en aplicarlo ¿Por qué será?
¿Las UGELs están respetando la vigencia de la Ley del Profesorado Nº 24029?
Actualmente no, por el contrario viene implementando de manera sutil la aplicación de la Ley 29062 de Carrera Pública Magisterial teniendo claro que los maestros nombrados de la Ley 24029 somos de otro régimen laboral. Ejemplo de casos:
- Al solicitar ascenso de nivel, manifiestan que el maestro tiene que postular a la ley 29062.
- Interinos que solicitan incorporación a la carrera magisterial de la Ley del profesorado Nº 24029.
- La Racionalización aplicando la RM 101 considerando criterios de la Ley 29062, tratando de aplicar la R.M que tiene menor jerarquía sobre la Ley del profesorado y su reglamento en el caso de racionalización. Etc.
Todos estos casos son evidencia de la arremetida del gobierno por aplicar al caballazo la Ley 29062 CPM vulnerando el derecho de los maestros a su régimen laboral de la Ley del profesorado 24029, ¿Qué DICE La dirigencia nacional del SUTEP? bien gracias, no dice absolutamente nada, SERÁ POR QUE SON LOS COAUTORES DE ESTAS LEYES; Los maestros nombrados no lo debemos permitir y cuando nos rechacen apelemos hasta agotar la vía administrativa en fiel cumplimiento de nuestra ley del Profesorado sin perder de vista organizarnos en nuestros colegios para iniciar una medida de lucha contundente (HUELGA NACIONAL 2010) para frenar este abuso y desbaratar el plan del estado y su gobierno de turno.
¿Al estado peruano y su gobierno de turno a través del ministerio de educación le interesa la educación pública?
No, prueba de ello es que durante el 2009 ha designado solo el 2.7% del PBI del presupuesto para educación; este año 2010 no llega ni al 3% del PBI en Educación. No hay interés de invertir en educación por el contrario el estado no ve mejor manera ya de deshacerse de esta responsabilidad social lo mas pronto. Y trasladárselas a los padres de familia para que sean los que mantengan la escuela publica a través de la Municipalización de la Educación.
¿SI AL ESTADO A TRAVES DE SU GOBIERNO DE TURNO LE INTERESA LA CALIDAD EDUCATIVA, ACTUALIZANDO Y CAPACITANDO A SUS MAESTROS CON SU PRONAFCAP POR QUE ACABA DE APROBAR CON FECHA 7 DE MARZO LA LIBERALIZACIÓN DE LA DOCENCIA EN LA I.E. PÚBLICAS, ES DECIR CUALQUIER PROFESIONAL PUEDE EJERCER LA DOCENCIAEN EL PERÚ?
Esta es una muestra que al estado y su gobierno de turno no le interesa en lo más mínimo la calidad educativa peor aun la educación de los hijos del pueblo al haber aprobado la norma que autoriza a todos los profesionales de otras carreras a ejercer la docencia. Como si educación fuese una agencia de empleos.
Para conocimiento general cada año muchos maestros Titulados en Educación se quedan sin ejercer la docencia por falta de plazas y presupuesto. Ahora imagínese cuantos desempleados mas serán si le sumamos a todos los profesionales de otras carreras.
Entonces para que supuestamente el estado y su gobierno de turno capacitan a los maestros en su PRONAFCAP. La respuesta es sencilla, que solo le interesa al gobierno CAMBIAR DE REGIMEN LABORAL A LOS MAESTROS NOMBRADOS CON LA LEY DEL PROFESORADO Nº 24029, y ha visto que el mejor dulce o ganchito ha sido el PRONAFCAP para atraerlos y que vayan sometiéndose poco a poco la nueva Ley 29062 de CPM para posteriormente comprometerlos y presionarlos para que acepten totalmente la ley 29062 y vayan dejando plazas para los profesionales de otras carreras.
¿Qué sucede con los maestros que han presentado su Acción de Amparo si se presentan al PRONAFCAP?
Le estarían dando argumento y pruebas al gobierno a través del Ministerio de Educación para dejar sin efecto la Acción de Amparo planteada por el demandante.
Teniendo en cuenta que el PRONAFCAP es un programa de capacitaciones bajo el marco de las leyes 28044 y 29062 y si yo asisto estoy sometiéndome y aceptando las condiciones de esta ley, sin ser parte de este régimen laboral.
Debemos precisar también que con fecha 3 de marzo del 2010 se ha presentado la Apelación de la Demanda Tribunal Constitucional a nivel Internacional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Todas las Acciones de Amparo con su respectiva Resolución del TC han sido adjuntadas a la Demanda internacional por ser parte de la Fundamentación.
Los maestros que deseen presentar sus acciones de amparo todavía pueden hacerlo.
¿EL PRONAFCAP ES VOLUNTARIO?
No, por que estaba dirigido solamente a los que habían rendido la Evaluación Censal, pero ante el fracaso de la convocatoria de estos docentes, han tenido que ampliar la convocatoria de todos los maestros que lo deseen; teniendo en cuenta que en algunos colegios directores y profesores están presionando para que se inscriban. Para esto vienen aplicando una política de sensibilización utilizando la propaganda bemba, para decir que Ud. Profesor es el único que no va ir, que su colegio es el único que esta dejando de asistir y se están quedando solos o que usted es incapaz y le corre a las capacitaciones;
Otro argumento: es el Ministerio de Educación les va reconocer S/. 200 a S/. 300 por asistir, El Ministerio esta invirtiendo en los maestros para que se capaciten no hay que desaprovechar esta oportunidad, esta capacitación te da bonificación y prioridad para que puedas realizar tramites administrativos es decir puedas reasignarte, cuadro de horas, excedencia, etc. Imagínese esa campaña sutil, baja mediante el chisme, el condicionamiento, el cuchicheo, etc. Para reducirlo hasta hacerlo sentir mal y al final Ud. todo amilanado y desmoralizado pensando que va ser el único, el que dirán los colegas que se resiste, termine aceptando inscribirse al PRONAFCAP, es decir todo un ablandamiento psicológico por no decir guerra psicológica.
Hammer Villena al ser preguntado en algunos colegios que ha visitado ¿Cuál es la posición del SUTEP sobre el PRONAFCAP? Ha respondido que el maestro que desea asistir va y el que no simplemente no va, al mismo estilo de la tristemente celebre Caridad Montes sobre la Evaluación Censal.
Patria Roja enquistado en el CEN del SUTEP siempre pidió capacitaciones del PRONAFCAP (ver volantes del SUTEP), por que nunca fue claro en decir actualizaciones y capacitaciones en el marco de la Ley del profesorado 24029.
¿Si asisto al PRONAFCAP ESTOY INCORPORANDOME A LA LEY 29062 DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL?
El PRONAFCAP no incorpora a la Ley 29062, pero le prepara el terreno legal al Ministerio de educación para comprometer y obligar a presentarse a las Evaluaciones de Desempeño Laboral- Permanencia y de Incorporación a la Ley 29062. En cumplimiento del art. 56 inciso “d” de la Ley General de Educación Nº 28044.
¿Tiene algo que ver el PRONAFCAP con la Ley 29062 de Carrera Pública Magisterial?
Si, aquí debemos precisar que tanto la Ley 29062 y el PRONAFCAP tienen en común a la Ley General de Educación 28044 como base legal, pero el lenguaje de todos los vendedores del PRONAFCAP que dicen en todos los idiomas que no tiene nada que ver con la LEY 29062; esto es solo una capacitación académica y pedagógica netamente este es un trabajo técnico. Pretenden desligar la Política de Estado en educación SOMETIDA AL MODELO NEOLIBERAL para sorprender a los maestros y seguir aplicando la ley 29062.
Por que los maestros saben que esta ley 29062 vulnera, elimina y desconoce muchos derechos, tal es así que si promocionan PRONAFCAP es parte de la Ley 29062, estamos seguros que ni un maestro caería fácilmente ni se inscribiría. Por eso el gobierno ha preparado una estrategia sutil de dorar la píldora para llevarlos con engaños a implementar la nueva Ley 29062 de CPM.
¿Qué artículos de la Ley 29062 CPM estarían aplicando a los maestros de la Ley del profesorado 24029?
Si leemos el Art. 32 inciso h de la Ley 29062 CPM que textualmente dice son deberes de los Profesores:
“Participar, cuando sean seleccionados, en el Programa de Formación y Capacitación Permanente (PRONAFCAP) que se desarrolle en las Instituciones Educativas, Unidades de Gestión educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación”.
Esto demuestra claramente que los maestros de la Ley del profesorado 24029 sin estar todavía incorporados a la Ley 29062 están sometiéndose a la aplicación e implementación de este nuevo régimen laboral, y si estoy dando mi aceptación implícita de este nuevo régimen laboral estoy aceptando también cualquier convocatoria posterior bajo este régimen.
¿Los maestros estamos obligados a asistir a las convocatorias de Evaluación del Ministerio de Educación?
En cumplimiento de la SEXTA DISPOSCION, COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Y FINAL de la Ley 29062 que textualmente dice:
“Los Profesores que están bajo el régimen de la Ley 24029, Ley del Profesorado, se encuentran comprendidos en los alcances de los artículos 28 y 65 de la presente Ley”
Esto desnuda una vez la clara intención del Estado su gobierno de turno a través del Ministerio de Educación de aplicarnos compulsivamente la Ley 29062 de Carrera Pública Magisterial a todos los maestros nombrados de la Ley del profesorado 24029 sin habernos incorporado al nuevo régimen.
Pero la posición del magisterio nacional principalmente de provincias organizadas en el CONARE SUTEP sigue firme, CON LA FRENTE EN ALTO, CON DIGNIDAD PROFESIONAL Y MORAL QUE CARACTERIZA A UN MAESTRO HONRADO QUE NO SE VENDE POR UN PLATO DE LENTEJA .
¿Por qué EL GOBIERNO ACTUAL INSISTE EN CAMBIARNOS DE REGIMEN LABORAL IMPONIENDONOS LA LEY 29062 DE CPM A LOS MAESTROS NOMBRADOS CON LA LEY 24029 LEY DEL PROFESORADO?
Por que es política de estado flexibilizar la relación laboral, eliminando los derechos de los trabajadores, maestros, etc. Y privatizar los sectores de educación y salud entre otros; como parte DEL COMPROMISO DEL ESTADO PERUANO para cumplir las recomendaciones de los organismos internacionales llámese Consenso de Washington, Banco Mundial, FMI, BID entre otros.
¿Cuál ES LA RESPONSABILIDAD QUE HA ASUMIDO EL CEN DEL SUTEP ANTE LA RREMETIDA DEL ESTADO Y SU GOBIERNO DE TURNO ANTE LA APROBACIÓN Y PROMULGACION DE UN PAQUETE DE LEYES QUE VAN CONTRA EL MAGISTERIO NACIONAL QUE REGULAN UN NUEVO REGIMEN LABORAL?
Si bien es cierto el enemigo principal de los trabajadores y maestros es el Estado a través de sus gobiernos de turno, pero no podemos dejar de mencionar que LAMENTABLEMENTE Hay gran responsabilidad política sindical de la Cúpula mafiosa de Patria Roja =MNI que usurpa el CEN del SUTEP al haber tenido conocimiento pleno de todo este engranaje legal contra el magisterio nacional a través de su participación en los diferentes organismos de concertación y mesas de dialogo que lejos de luchar por la defensa de los derechos de los maestros han terminado por aceptar y ser coautores de la promulgación de las leyes en educación.
Aquí mencionamos el proceso de traición de los usurpadores del CEN del SUTEP:
En el año 2001 con R.S Nº 030-2001 Olmedo Auris en calidad de Secretario General del SUTEP participa del Acuerdo Nacional por la educación, Cesar Barrera Bazán en representación del SUTEP participa en el Consejo Nacional de Educación, Luis Muñoz, Caridad Montes, Soledad Lozano (hoy estas últimas candidatas al CPPe y CNM dizque en representación del SUTEP, será de Patria Roja=MNI) entre otros participan del Pacto Social de Compromisos Recíprocos y firman las actas de Racionalización con el MED afirmando que son para la mejora de la Calidad del Gasto en educación(actualmente a consecuencia de estas actas las UGELs están llenas de excedentes), Participación del SUTEP en el PEN, Ley General de Educación 28044, Ley 29062 de Carrera Publica Magisterial entre otros.
Como verán los maestros la cúpula mafiosa de Patria Roja =MNI enquistada en el CEN del SUTEP no le interesan los derechos de los maestros solo les interesan los cargos para negociar con el gobierno sus interese políticos partidarios coma la inscripción de su partido MNI=Patria Roja y le sigan dando el control dela Derrama Magisterial de ahí Uds. maestros podrán darse cuenta por que no quieren aplicar la Democracia sindical en la Elección de los dirigentes Nacionales, Regionales, Distritales, Sectoriales y de base peor aun si las bases plantean ELECCIONES UNIVERSALES UN MAESTRO UN VOTO les causa pánico y alarma, pero los maestros de base no debemos perder el horizonte y trabajar desde nuestras base para recuperar y devolverle la confianza y lo principal los principios primigenios y fundacionales de nuestro glorioso SUTEP.
Queda un ejemplo claro de lucha y consecuencia que nos dejaron los maestros de provincias organizados en el CONARE SUTEP quienes han dado la iniciativa de lucha con las Huelgas Nacionales del 2003, 2004, 2007 para hacer sentir que el magisterio todavía esta fuerte y organizado pero a Patria Roja solo le quedo entrar a las Huelgas Nacionales para apagarlas y traicionarlas para continuar su compromiso con el estado patrón y sus gobiernos de turno.
¿Cuáles son los pasos que viene realizando el estado peruano para ejecutar los compromisos con los organismos internacionales?
Haber promulgado la Ley General de Educación Nº 28044 base legal para sacar el paquete de leyes en educación que faciliten y precisen lo mecanismos para cambiar de régimen laboral a los trabajadores y docentes. Pues esta ley cambia el derecho de todo ciudadano a la educación pública y la reemplaza por servicio público, da paso a la participación de la empresa privada en la inversión de la escuela pública.
La ley 29062 de Carrera Pública Magisterial que elimina y desconoce lo derechos fundamentales del maestro como la estabilidad laboral, el debido proceso y derecho a la defensa, recorte de bonificaciones entre otros aspectos. Al pretender aplicar a los maestros de la Ley del Profesorado Nº 24029 (Nombrados) una ley de manera retroactiva contraviniendo el Art.103 de la Constitución Política del Perú.
La Municipalización de la educación es preparar las condiciones para privatizar la educación, prueba de ello es el traslado solamente de las funciones administrativas de las UGELs a los Municipios convirtiéndolo en una mesa de partes. La partida económica no es trasladada a los municipios por que el estado simplemente no es su interés invertir en educación mas bien es desatenderse de esta responsabilidad. Tendrán que buscar los mecanismos de financiar las escuelas públicas municipalizadas y la manera mas fácil es trasladándoles la responsabilidad al padre de familia quien al final tendrá que pagar una pensión si quiere que su hijo continúe estudiando. Los genios y especialistas en educación han reconocido el fracaso de este proyecto pero insisten en aplicarlo ¿Por qué será?
¿Las UGELs están respetando la vigencia de la Ley del Profesorado Nº 24029?
Actualmente no, por el contrario viene implementando de manera sutil la aplicación de la Ley 29062 de Carrera Pública Magisterial teniendo claro que los maestros nombrados de la Ley 24029 somos de otro régimen laboral. Ejemplo de casos:
- Al solicitar ascenso de nivel, manifiestan que el maestro tiene que postular a la ley 29062.
- Interinos que solicitan incorporación a la carrera magisterial de la Ley del profesorado Nº 24029.
- La Racionalización aplicando la RM 101 considerando criterios de la Ley 29062, tratando de aplicar la R.M que tiene menor jerarquía sobre la Ley del profesorado y su reglamento en el caso de racionalización. Etc.
Todos estos casos son evidencia de la arremetida del gobierno por aplicar al caballazo la Ley 29062 CPM vulnerando el derecho de los maestros a su régimen laboral de la Ley del profesorado 24029, ¿Qué DICE La dirigencia nacional del SUTEP? bien gracias, no dice absolutamente nada, SERÁ POR QUE SON LOS COAUTORES DE ESTAS LEYES; Los maestros nombrados no lo debemos permitir y cuando nos rechacen apelemos hasta agotar la vía administrativa en fiel cumplimiento de nuestra ley del Profesorado sin perder de vista organizarnos en nuestros colegios para iniciar una medida de lucha contundente (HUELGA NACIONAL 2010) para frenar este abuso y desbaratar el plan del estado y su gobierno de turno.
¿Al estado peruano y su gobierno de turno a través del ministerio de educación le interesa la educación pública?
No, prueba de ello es que durante el 2009 ha designado solo el 2.7% del PBI del presupuesto para educación; este año 2010 no llega ni al 3% del PBI en Educación. No hay interés de invertir en educación por el contrario el estado no ve mejor manera ya de deshacerse de esta responsabilidad social lo mas pronto. Y trasladárselas a los padres de familia para que sean los que mantengan la escuela publica a través de la Municipalización de la Educación.
¿SI AL ESTADO A TRAVES DE SU GOBIERNO DE TURNO LE INTERESA LA CALIDAD EDUCATIVA, ACTUALIZANDO Y CAPACITANDO A SUS MAESTROS CON SU PRONAFCAP POR QUE ACABA DE APROBAR CON FECHA 7 DE MARZO LA LIBERALIZACIÓN DE LA DOCENCIA EN LA I.E. PÚBLICAS, ES DECIR CUALQUIER PROFESIONAL PUEDE EJERCER LA DOCENCIAEN EL PERÚ?
Esta es una muestra que al estado y su gobierno de turno no le interesa en lo más mínimo la calidad educativa peor aun la educación de los hijos del pueblo al haber aprobado la norma que autoriza a todos los profesionales de otras carreras a ejercer la docencia. Como si educación fuese una agencia de empleos.
Para conocimiento general cada año muchos maestros Titulados en Educación se quedan sin ejercer la docencia por falta de plazas y presupuesto. Ahora imagínese cuantos desempleados mas serán si le sumamos a todos los profesionales de otras carreras.
Entonces para que supuestamente el estado y su gobierno de turno capacitan a los maestros en su PRONAFCAP. La respuesta es sencilla, que solo le interesa al gobierno CAMBIAR DE REGIMEN LABORAL A LOS MAESTROS NOMBRADOS CON LA LEY DEL PROFESORADO Nº 24029, y ha visto que el mejor dulce o ganchito ha sido el PRONAFCAP para atraerlos y que vayan sometiéndose poco a poco la nueva Ley 29062 de CPM para posteriormente comprometerlos y presionarlos para que acepten totalmente la ley 29062 y vayan dejando plazas para los profesionales de otras carreras.
¿Qué sucede con los maestros que han presentado su Acción de Amparo si se presentan al PRONAFCAP?
Le estarían dando argumento y pruebas al gobierno a través del Ministerio de Educación para dejar sin efecto la Acción de Amparo planteada por el demandante.
Teniendo en cuenta que el PRONAFCAP es un programa de capacitaciones bajo el marco de las leyes 28044 y 29062 y si yo asisto estoy sometiéndome y aceptando las condiciones de esta ley, sin ser parte de este régimen laboral.
Debemos precisar también que con fecha 3 de marzo del 2010 se ha presentado la Apelación de la Demanda Tribunal Constitucional a nivel Internacional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Todas las Acciones de Amparo con su respectiva Resolución del TC han sido adjuntadas a la Demanda internacional por ser parte de la Fundamentación.
Los maestros que deseen presentar sus acciones de amparo todavía pueden hacerlo.
¿EL PRONAFCAP ES VOLUNTARIO?
No, por que estaba dirigido solamente a los que habían rendido la Evaluación Censal, pero ante el fracaso de la convocatoria de estos docentes, han tenido que ampliar la convocatoria de todos los maestros que lo deseen; teniendo en cuenta que en algunos colegios directores y profesores están presionando para que se inscriban. Para esto vienen aplicando una política de sensibilización utilizando la propaganda bemba, para decir que Ud. Profesor es el único que no va ir, que su colegio es el único que esta dejando de asistir y se están quedando solos o que usted es incapaz y le corre a las capacitaciones;
Otro argumento: es el Ministerio de Educación les va reconocer S/. 200 a S/. 300 por asistir, El Ministerio esta invirtiendo en los maestros para que se capaciten no hay que desaprovechar esta oportunidad, esta capacitación te da bonificación y prioridad para que puedas realizar tramites administrativos es decir puedas reasignarte, cuadro de horas, excedencia, etc. Imagínese esa campaña sutil, baja mediante el chisme, el condicionamiento, el cuchicheo, etc. Para reducirlo hasta hacerlo sentir mal y al final Ud. todo amilanado y desmoralizado pensando que va ser el único, el que dirán los colegas que se resiste, termine aceptando inscribirse al PRONAFCAP, es decir todo un ablandamiento psicológico por no decir guerra psicológica.
Hammer Villena al ser preguntado en algunos colegios que ha visitado ¿Cuál es la posición del SUTEP sobre el PRONAFCAP? Ha respondido que el maestro que desea asistir va y el que no simplemente no va, al mismo estilo de la tristemente celebre Caridad Montes sobre la Evaluación Censal.
Patria Roja enquistado en el CEN del SUTEP siempre pidió capacitaciones del PRONAFCAP (ver volantes del SUTEP), por que nunca fue claro en decir actualizaciones y capacitaciones en el marco de la Ley del profesorado 24029.
¿Si asisto al PRONAFCAP ESTOY INCORPORANDOME A LA LEY 29062 DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL?
El PRONAFCAP no incorpora a la Ley 29062, pero le prepara el terreno legal al Ministerio de educación para comprometer y obligar a presentarse a las Evaluaciones de Desempeño Laboral- Permanencia y de Incorporación a la Ley 29062. En cumplimiento del art. 56 inciso “d” de la Ley General de Educación Nº 28044.
¿Tiene algo que ver el PRONAFCAP con la Ley 29062 de Carrera Pública Magisterial?
Si, aquí debemos precisar que tanto la Ley 29062 y el PRONAFCAP tienen en común a la Ley General de Educación 28044 como base legal, pero el lenguaje de todos los vendedores del PRONAFCAP que dicen en todos los idiomas que no tiene nada que ver con la LEY 29062; esto es solo una capacitación académica y pedagógica netamente este es un trabajo técnico. Pretenden desligar la Política de Estado en educación SOMETIDA AL MODELO NEOLIBERAL para sorprender a los maestros y seguir aplicando la ley 29062.
Por que los maestros saben que esta ley 29062 vulnera, elimina y desconoce muchos derechos, tal es así que si promocionan PRONAFCAP es parte de la Ley 29062, estamos seguros que ni un maestro caería fácilmente ni se inscribiría. Por eso el gobierno ha preparado una estrategia sutil de dorar la píldora para llevarlos con engaños a implementar la nueva Ley 29062 de CPM.
¿Qué artículos de la Ley 29062 CPM estarían aplicando a los maestros de la Ley del profesorado 24029?
Si leemos el Art. 32 inciso h de la Ley 29062 CPM que textualmente dice son deberes de los Profesores:
“Participar, cuando sean seleccionados, en el Programa de Formación y Capacitación Permanente (PRONAFCAP) que se desarrolle en las Instituciones Educativas, Unidades de Gestión educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación”.
Esto demuestra claramente que los maestros de la Ley del profesorado 24029 sin estar todavía incorporados a la Ley 29062 están sometiéndose a la aplicación e implementación de este nuevo régimen laboral, y si estoy dando mi aceptación implícita de este nuevo régimen laboral estoy aceptando también cualquier convocatoria posterior bajo este régimen.
¿Los maestros estamos obligados a asistir a las convocatorias de Evaluación del Ministerio de Educación?
En cumplimiento de la SEXTA DISPOSCION, COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Y FINAL de la Ley 29062 que textualmente dice:
“Los Profesores que están bajo el régimen de la Ley 24029, Ley del Profesorado, se encuentran comprendidos en los alcances de los artículos 28 y 65 de la presente Ley”
Esto desnuda una vez la clara intención del Estado su gobierno de turno a través del Ministerio de Educación de aplicarnos compulsivamente la Ley 29062 de Carrera Pública Magisterial a todos los maestros nombrados de la Ley del profesorado 24029 sin habernos incorporado al nuevo régimen.
Pero la posición del magisterio nacional principalmente de provincias organizadas en el CONARE SUTEP sigue firme, CON LA FRENTE EN ALTO, CON DIGNIDAD PROFESIONAL Y MORAL QUE CARACTERIZA A UN MAESTRO HONRADO QUE NO SE VENDE POR UN PLATO DE LENTEJA .
MAESTRO ESTAS AVISADO LA DECISION DEPENDE DE TI
MAESTRO NO TE VENDAS POR UN PLATO DE LENTEJAS
NUESTRA POSICIÓN SIGUE FIRME RECHAZANDO LAS CONVOCATORIA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO LABORAL, PERMANENCIA Y DE INCORPORACION BAJO EL MARCO DE LA LEY 29062 CPM.
RECHAZAR Y RENUNCIAR AL PRONAFCAP POR SER COMPLEMENTO DE LA LEY 29062 DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL
LUCHAR POR LA DEROGATORIA DE LA LEY 29062 CPM
RECHAZO ALA MUNICIPALIZACIÓN = PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN
REINICIAR LA HUELGA NACIONAL 2010
VIVA LA ASAMBLEA REGIONAL DEL CONARE SUTE LIMA DEL 27 DE MARZO
HORA 9.00 AM LOCAL SINATTBAN – JR. Madre de Dios Nº 261 - Lima
VIVA LA ASAMBLEA NACIONAL DEL CONARE SUTEP DEL 3 DE ABRIL EN HUANCAYO
VIVA EL 3 DE MARZO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE APELACIÓN A NIVEL INTERNACIONAL ANTE LA CIDH CONTRA LA INSCONSTITUCIONAL LEY 29062 CPM Y 28988 QUE DECLARA LA EDUCACION SERVICIO PÚBLICO ESENCIAL
(TODOS LOS MAESTROS QUE HAN PRESENTADO DEMANDAS DE AMPARO CON SENTENCIA DEL TC HAN SIDO ADJUNTADOS, Y LOS MAESTROS QUE DESEAN PRESENTAR SU DEMANDA DE AMPARO PUEDEN HACERLO)
MAESTRO NO TE VENDAS POR UN PLATO DE LENTEJAS
NUESTRA POSICIÓN SIGUE FIRME RECHAZANDO LAS CONVOCATORIA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO LABORAL, PERMANENCIA Y DE INCORPORACION BAJO EL MARCO DE LA LEY 29062 CPM.
RECHAZAR Y RENUNCIAR AL PRONAFCAP POR SER COMPLEMENTO DE LA LEY 29062 DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL
LUCHAR POR LA DEROGATORIA DE LA LEY 29062 CPM
RECHAZO ALA MUNICIPALIZACIÓN = PRIVATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN
REINICIAR LA HUELGA NACIONAL 2010
VIVA LA ASAMBLEA REGIONAL DEL CONARE SUTE LIMA DEL 27 DE MARZO
HORA 9.00 AM LOCAL SINATTBAN – JR. Madre de Dios Nº 261 - Lima
VIVA LA ASAMBLEA NACIONAL DEL CONARE SUTEP DEL 3 DE ABRIL EN HUANCAYO
VIVA EL 3 DE MARZO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE APELACIÓN A NIVEL INTERNACIONAL ANTE LA CIDH CONTRA LA INSCONSTITUCIONAL LEY 29062 CPM Y 28988 QUE DECLARA LA EDUCACION SERVICIO PÚBLICO ESENCIAL
(TODOS LOS MAESTROS QUE HAN PRESENTADO DEMANDAS DE AMPARO CON SENTENCIA DEL TC HAN SIDO ADJUNTADOS, Y LOS MAESTROS QUE DESEAN PRESENTAR SU DEMANDA DE AMPARO PUEDEN HACERLO)
Publicado por CONARE SUTE LIMA
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