El gobierno aprista, cegado por sus propias vendas y encaprichado en su política educativa, nuevamente se expone a otra derrota.
Recientemente sin tener en cuenta el nuevo escenario político ha publicado el D.S. Nº 022-2010-ED, mediante el cual incorporan 606 municipios al Plan de Municipalización Educativa.
Conocida es nuestra posición, en el CONARE SUTEP, respecto al proceso de la municipalización de la gestión educativa, de rechazo abierto en cuanto a fondo y forma.
Sin embargo, algunos meses atrás el propio CNE y la Defensoría del Pueblo venían haciendo ciertas observaciones a dicho proceso, que los “gurús” del Ministerio de Educación tampoco escucharon.
Hoy, de manera contundente son los propios municipios que lo rechazan. El pronunciamiento del REMURPE (Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú), que adjuntamos, habla por si solo.
PRONUNCIAMIENTO
Exigimos pronta derogatoria del D.S. Nº 002-2010-ED
La Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú, rechaza y exige la derogatoria del Decreto Supremo Nº 022-2010-ED, sobre los fundamentos siguientes:
1.- La ampliación del Plan de Municipalización a 606 municipalidades debe ser producto de un acuerdo entre las nuevas autoridades regionales y locales y el Ministerio de Educación, de esta manera evitaremos los conflictos sociales entre las autoridades, la población y el gobierno central.
2.- Según el principio de subsidiariedad esta decisión debe ser equilibrada y adecuada a la mejor prestación de los servicios del Estado a la comunidad. Ello supone tener un diagnóstico y evaluación serios de lo que ha significado los planes pilotos de municipalización de la educación, y la implementación de mecanismos de evaluación que nos permitan tener un criterio de la calidad, eficacia y eficiencia con que se viene aplicando. Recomendación brindada por la Defensoría del Pueblo en el informe Nº 148: Primera Supervisión del Plan de Municipalización de la Gestión Educativa: aportes para su implementación, que pese a ser mencionada como referencia en este Decreto, no se ha tomado debidamente en consideración las recomendaciones y observaciones.
3.- No se ha estimado como criterio de selección la heterogeneidad de las municipalidades del país, pues que no todas están en la misma capacidad de asumir más funciones y competencias sin proveerlas de recursos, este hecho dejaría en clara desventaja a las municipalidades rurales, lugares donde se concentra la mayor pobreza e impidiendo el avance de la descentralización; ya que en la Ley de Bases de la Descentralización, en el art. 14 en su inc. c) referida al criterio de provisión, señala que toda transferencia o delegación de competencias deberá ser acompañada necesariamente de recursos financieros, técnicos, materiales y humanos directamente vinculados a los servicios transferidos, que aseguren su continuidad y eficiencia.
Octubre 2010
Junta Directiva Nacional REMURPE
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